MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 290/2021
RESOL-2021-290-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 20/05/2021
Visto el expediente EX-2021-13701698-APN-DGDA#MEC, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del Plan
de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2021 formulado por el
Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM), ente de Derecho Público no
Estatal con jurisdicción en todo el territorio de la República
Argentina.
Que el artículo 33 del decreto 1240 del 12 de julio de 2002 establece
que el presupuesto del Instituto Nacional de la Yerba Mate será
remitido para su aprobación por parte del Poder Ejecutivo Nacional en
los términos establecidos para las instituciones del Sector Público
Nacional definidas en el inciso c del artículo 8° de la ley 24.156.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la Oficina
Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto
de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, sobre la
medida propiciada.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta resolución se dicta en virtud de las facultades previstas en
el artículo 49 de la ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344 del
4 de octubre de 2007.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprúebase el Plan de Acción y Presupuesto para el
ejercicio 2021 del Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM), ente de
Derecho Público no Estatal con jurisdicción en todo el territorio de la
República Argentina, de acuerdo con el detalle obrante en los anexos I
(IF-2021-17852226-APN-SSP#MEC) y II (IF-2021-17852247-APN-SSP#MEC), que
integran esta medida.
ARTÍCULO 2º.- Estímanse en la suma de quinientos cincuenta y un
millones seiscientos dos mil doscientos treinta y cinco pesos ($
551.602.235) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de
seiscientos veinte millones quinientos veintiséis mil trescientos nueve
pesos ($ 620.526.309), los gastos corrientes, y como consecuencia de
ello, aprúebase el Resultado Económico (Desahorro) estimado en sesenta
y ocho millones novecientos veinticuatro mil setenta y cuatro pesos ($
68.924.074), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del
anexo II (IF-2021-17852247-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 3º.- Estímanse en la suma de catorce millones quinientos mil
pesos ($ 14.500.000) los recursos de capital y fíjanse en la suma de
cuarenta y tres millones setecientos noventa y dos mil doscientos
cincuenta y tres pesos ($ 43.792.253) los gastos de capital, y como
consecuencia de ello aprúebase el Resultado Financiero (Déficit)
estimado en noventa y ocho millones doscientos dieciséis mil
trescientos veintisiete pesos ($ 98.216.327), de acuerdo con el detalle
que figura en las planillas del anexo II (IF-2021-17852247-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Martín Guzmán
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 26/05/2021 N° 34868/21 v. 26/05/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)