Disposición 82/2021
DI-2021-82-APN-SSGA#MS
Ciudad de Buenos Aires, 18/03/2021
VISTO el expediente EX-2021-01680620- -APN-DD#MS del registro de este Ministerio, y
CONSIDERANDO:
Que el 21 de diciembre de 2019 se sancionó la Ley de Solidaridad Social
y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública N°
27.541, que contempla, entre otras, la Emergencia Sanitaria.
Que por el Decreto N° 260 del 12 de marzo de 2020 y normas
modificatorias se amplió, hasta el 31 de diciembre de 2021, la
emergencia pública en materia sanitaria establecida por la citada ley,
en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA
SALUD (OMS) en relación con el SARS-Cov-19 (COVID-19).
Que en este marco, el MINISTERIO DE SALUD, en ejercicio de su rol de
rectoría, se encuentra coordinando la implementación de acciones a fin
de fortalecer el sistema nacional de preparación y respuesta de salud
pública frente a la emergencia y reforzar la preparación del sistema de
salud para la atención de pacientes con COVID-19.
Que la velocidad en el agravamiento de la situación epidemiológica a
escala internacional requirió la adopción en pocos días de medidas
inmediatas para hacer frente a la emergencia, dando lugar al dictado de
los Decretos N° 260/2020 y N° 287 del 17 de marzo de 2020, por los que
se facultó a la Autoridad Sanitaria, entre otras atribuciones, a
efectuar la adquisición directa de bienes, servicios o equipamiento que
sean necesarios para atender la emergencia, sin sujeción al régimen de
contrataciones de la Administración Pública Nacional o a sus regímenes
de contrataciones específicos.
Que la pandemia global provocó la necesidad de reforzar los equipos
provinciales de salud, lo que implicó el traslado de personal esencial
a distintas jurisdicciones utilizando para ello la aerolínea de bandera.
Que por las presentes actuaciones tramita el pago de la Factura “B” N°
0062-00005623 por la suma total DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOCE MIL
QUINIENTOS UNO CON CINCO CENTAVOS (USD 12.501,05) presentada por
AEROLÍNEAS ARGENTINAS S.A. (CUIT 30- 64140555-4) por el servicio de
transporte de pasajeros en los vuelos AR2954/2955 cuya salida fue el
día 15 de octubre 2020.
Que la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD informó que AEROLÍNEAS ARGENTINAS
S.A. dio cumplimiento con los servicios requeridos y prestó conformidad
al pago de la factura.
Que la prestadora requirió facturar el servicio en DÓLARES
ESTADOUNIDENSES, lo que fue aceptado por esta Subsecretaría, sin
perjuicio del pago efectivo en pesos.
Que en consecuencia, corresponde la prosecución del trámite para proceder al pago de que se trata.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO y la
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este MINISTERIO DE SALUD han
tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta conforme lo previsto en el artículo 35
del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas
de Control del Sector Público Nacional N° 24.156, aprobado por el
Decreto N° 1.344 del 4 de octubre de 2007, en el marco de lo
establecido por la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación
Productiva y por el artículo 2° del Decreto N° 260 del 12 de marzo de
2020.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar el pago de la Factura “B” N° 0062-00005623 a
AEROLÍNEAS ARGENTINAS S.A. por la cantidad de PESOS equivalentes a la
suma total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOCE MIL QUINIENTOS UNO CON CINCO
CENTAVOS (USD 12.501,05), al tipo de cambio billete vendedor de Banco
de la Nación Argentina del día previo al efectivo devengamiento del
gasto.
ARTÍCULO 2°.- La suma requerida para el pago autorizado en el artículo
precedente deberá ser afectada con cargo al Programa 41 Actividad 1 IPP
3.7.1. del presente ejercicio
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL, gírese a la DIRECCIÓN DE TESORERÍA Y CONTABILIDAD y
cumplido, archívese.
Mauricio Alberto Monsalvo
e. 26/05/2021 N° 35145/21 v. 26/05/2021