AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
Resolución 162/2021
RESOL-2021-162-APN-D#ARN
Ciudad de Buenos Aires, 24/05/2021
VISTO el Expediente EX-2021-44217063-APN-GLYCRN#ARN que tramita en la
GERENCIA LICENCIAMIENTO Y CONTROL DE REACTORES NUCLEARES, la Ley
Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804 y su Decreto Reglamentario
N° 1390/98, la Norma AR 0.0.1: “Licenciamiento de Instalaciones Clase
I”; las Resoluciones del Directorio de la Autoridad Regulatoria Nuclear
N° 302/16 y RESOL-2021-157-APN-D#ARN, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a) de la Ley N°
24.804, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad
nuclear en la REPÚBLICA ARGENTINA, deberá ajustarse a las regulaciones
que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su
competencia y solicitar el otorgamiento de la Licencia, Permiso o
Autorización respectiva que la habilite para su ejercicio.
Que la referida Ley en su Artículo 16, Inciso b) establece que es
facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar las licencias de
construcción, puesta en marcha, operación y retiro de servicio de
centrales de generación nucleoeléctrica.
Que la Norma AR 0.0.1: “Licenciamiento de Instalaciones Clase I”
establece las condiciones generales a las que deben ajustarse la
construcción, la puesta en marcha, la operación y el retiro de servicio
de Instalaciones Clase I, así como el alcance de la responsabilidad de
la Entidad Responsable.
Que a través de la Resolución del Directorio de la ARN N° 302 de fecha
26 de mayo de 2016, se otorgó a la empresa NUCLEOELÉCTRICA ARGENTINA
S.A. (NA-SA), en su carácter de Entidad Responsable, la Licencia de
Operación de la CENTRAL NUCLEAR “PRESIDENTE DR. NÉSTOR CARLOS KIRCHNER”
- CENTRAL NUCLEAR ATUCHA UNIDAD II, en adelante “CNA-UII”, con vigencia
de CINCO (5) años calendario a partir de la fecha de emisión, operando
su vencimiento el 26 de mayo de 2021.
Que mediante Nota NO-2021-00000548-NASA-D#NASA de fecha 17 de mayo de
2021, la empresa NA-SA solicitó a la ARN la Renovación de la Licencia
de Operación de la CNA-UII.
Que, la GERENCIA LICENCIAMIENTO Y CONTROL DE REACTORES NUCLEARES
(GLYCRN) dio intervención a las áreas pertinentes de la Autoridad
Regulatoria Nuclear a fin de verificar los términos y condiciones de
carácter técnico, legal y administrativo para dar cumplimiento al
respectivo licenciamiento, habiéndose evaluado los aspectos
regulatorios de seguridad radiológica y nuclear, protección física,
salvaguardias, protección radiológica, así como aspectos de emergencias
radiológicas y nucleares.
Que, a través del Informe de Trabajo de la GLYCRN “LCRN-IT-10-2021”, se
evaluó el cumplimiento de los requisitos regulatorios que fueron
definidos como condición necesaria para la renovación de la Licencia de
Operación de la CNA-UII, y de otros aspectos relevantes para la
seguridad de la Central, entre los que se puede mencionar la
experiencia operativa.
Que, de la evaluación realizada, la GLYCRN concluyó que la instalación
se encuentra en condiciones para seguir operando de forma segura.
Que, asimismo, la GLYCRN ha analizado los resultados de la experiencia
operativa, y ha verificado que existen actividades pendientes de
mejoras de las condiciones de algunos sistemas, que fueron establecidas
en diferentes programas de trabajo presentados por NA-SA.
Que por lo expuesto y a fin de que NA-SA implemente las actividades de
mejora arriba mencionadas, la GLYCRN recomienda que se otorgue una
extensión de la vigencia de la Licencia de Operación por el término de
DOS (2) años calendario, autorizando así a que la instalación continúe
en operación hasta el 26 de mayo de 2023, en los mismos términos y
condiciones de la licencia de operación vigente.
Que el CONSEJO ASESOR PARA EL LICENCIAMIENTO DE REACTORES NUCLEARES, ha
tomado la intervención que le compete, conforme a lo establecido en la
Resolución N° 157/21 y acuerda con lo expuesto por la GLYCRN, por lo
que recomienda al Directorio autorizar a que la instalación continúe
con su operación comercial a través de la extensión de la vigencia de
dicha Licencia hasta el 26 de mayo de 2023.
Que las GERENCIAS SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS,
MEDICIONES Y EVALUACIONES EN PROTECCIÓN RADIOLÓGICA, ASUNTOS
ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS y ASUNTOS JURÍDICOS y la SUBGERENCIA
INTERVENCIÓN EN EMERGENCIAS RADIOLÓGICAS Y NUCLEARES, han tomado en el
trámite la intervención correspondiente.
Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente
para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en los
Artículos 9°, Inciso a), 16 Inciso b) y 22, Inciso a) de la Ley N°
24.804.
Por ello, en su reunión de fecha 24 de mayo de 2021 (Acta N° 21),
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESOLVIÓ:
ARTÍCULO 1°.- Otórguese a la empresa NUCLEOLÉCTRICA ARGENTINA S.A., en
su carácter de Entidad Responsable, una extensión de la vigencia de la
Licencia de Operación de la CENTRAL NUCLEAR “PRESIDENTE DR. NÉSTOR
CARLOS KIRCHNER” -CENTRAL NUCLEAR ATUCHA UNIDAD II (CNA-UII),hasta el
26 de mayo de 2023.
ARTÍCULO 2°.- Modifíquese el Punto 9 de la Licencia de Operación de la
CENTRAL NUCLEAR “PRESIDENTE DR. NÉSTOR CARLOS KIRCHNER” –CNA-UII, por
el siguiente:
“9. La presente Licencia de Operación tiene vigencia hasta el 26 de mayo de 2023”.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL, al CONSEJO ASESOR
PARA EL LICENCIAMIENTO DE REACTORES NUCLEARES, a las GERENCIAS
LICENCIAMIENTO Y CONTROL DE REACTORES NUCLEARES, SEGURIDAD RADIOLÓGICA,
FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, MEDICIONES Y EVALUACIONES EN PROTECCIÓN
RADIOLÓGICA y a la SUBGERENCIA INTERVENCIÓN EN EMERGENCIAS RADIOLÓGICAS
Y NUCLEARES.
ARTÍCULO 4°.- Notifíquese a la empresa NUCLEOELÉCTRICA ARGENTINA S.A.,
a través de la GERENCIA LICENCIAMIENTO Y CONTROL DE REACTORES NUCLEARES
a los fines correspondientes. Dese a la Dirección Nacional del Registro
Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA
ARGENTINA y archívese.
Agustin Arbor Gonzalez
e. 27/05/2021 N° 35484/21 v. 27/05/2021