MERCOSUR/GMC/RES. N° 32/20

REQUISITOS DE BUENAS PRÁCTICAS PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE SALUD

(DEROGACIÓN DE LA RESOLUCIÓN GMC N° 01/15)

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución N° 01/15 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que es necesario actualizar los Reuqisitos de Buenas Prácticas para el funcionamiento de los servicios de salud.

EL GRUPO MERCADO COMÚN

RESUELVE:

Art. 1 - Aprobar los "Requisitos de Buenas Prácticas para el funcionamiento de los servicios de salud", que constan como Anexo y forman parte de la presente Resolución.

Art. 2 - Los Requisitos de Buenas Prácticas establecidos en la presente Resolución deben ser incluidos en las normas de organización y funcionamiento de los servicios de salud de cada Estado Parte, pudiendo agregarse otros requisitos a la normativa nacional o local de acuerdo con la necesidad de cada Estado Parte.

Art. 3 - Los Estados Partes indicarán, en el ámbito del Subgrupo de Trabajo N° 11 "Salud" (SGT N° 11), los organismos nacionales competentes para la implementación de la presente Resolución.

Art. 4 - Derogar la Resolución GMC N° 01/15.

Art. 5 - Esta Resolución deberá ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, antes del 25/VII/2021.

GMC (Dec. CMC N° 20/02, Art. 6) - Montevideo, 26/I/21.