JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA

Y

SECRETARÍA DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN PÚBLICA

Resolución Conjunta 1/2021

RESFC-2021-1-APN-SMYCP#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 20/05/2021

VISTO el EX-2021-33827294- -APN-DRRHHMYCP#JGM, los Decretos Nros. 50 del 19 de diciembre de 2019, sus modificatorios y complementarios, el CONVE-2021-16338185-APN-SMYCP#JGM y el IF-2021-42631019-APN-SMYCP#JGM, y

CONSIDERANDO:

Que entre los objetivos asignados por el Poder Ejecutivo Nacional en el Decreto N° 50/19 sus modificatorios y complementarios a la SECRETARÍA DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN PÚBLICA se encuentra el de “(…) Intervenir en la planificación y elaboración de contenidos audiovisuales y digitales, e impulsar el uso de herramientas tecnológicas (…)”.

Que la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS de la NACIÓN ARGENTINA, es el organismo responsable de elaborar políticas y planificar estrategias nacionales que tengan como eje principal el cuidado de las personas, a través de la atención, la prevención y la capacitación en materia de consumo problemático de estupefacientes y sustancias psicoactivas.

Que entre sus objetivos primordiales se encuentra el de coordinar acciones relativas al diseño y ejecución de políticas y estrategias para la prevención, capacitación y tratamiento en materia de consumo problemático de estupefacientes y sustancias psicoactivas con las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

Que las partes han celebrado un Convenio Marco de Colaboración identificado como CONVE-2021-16338185-APN-SMYCP#JGM con el objeto de establecer mecanismos de cooperación y asistencia técnica recíproca institucional, con la finalidad de producir y/o coproducir y/o difundir en conjunto o asociados a terceros, programas de fomento y contenidos audiovisuales de carácter social, cultural, y educativos que permitan generar conciencia en temas sensibles para la sociedad, contribuir a la construcción de un discurso orgánico y fortalecer la libertad de expresión y la pluralidad cultural e informativa, procurando una comunicación más federal e inclusiva.

Que por un lado la Cláusula Tercera del precitado Convenio Marco establece que se podrán suscribir Actas Complementarias al mismo donde desarrollarán las prestaciones, el modo, plazo y costo de ejecución de las mismas, definición de las obligaciones y contribuciones de cada uno de los Organismos, el monto y forma de financiación y/o retribución y la indicación de los responsables de la dirección y la ejecución de los trabajos.

Que en dicho contexto las partes han celebrado un Acta Complementaria N° 1 al Convenio Marco de Colaboración identificado como IF-2021-42631019-APN-SMYCP#JGM con el objeto de establecer un ámbito de colaboración, cooperación y asistencia mutua a fin de coordinar las actividades y el desarrollo del llamado a Concurso de Guionistas, a fin de fomentar el desarrollo de proyectos de guiones originales que definan de manera novedosa y creativa las temáticas relativas a drogas en relación a contenidos referidos a los consumos problemáticos bajo la modalidad de documental y serie de ficción.

Que en la Cláusula Décima del Acta ut supra mencionada las partes se comprometieron a aprobar el llamado a Concurso, el dictado del Reglamento de las Bases y Condiciones y su correspondiente Declaración Jurada a través de una Resolución conjunta.

Que la presente convocatoria buscar propender la generación de guiones originales e inéditos de series de ficción diagramados en cuatro (4) capítulos de una hora de duración y de documental de acuerdo a ocho (8) capítulos de media hora de duración, y en ambos casos en torno a contenidos referidos a los consumos problemáticos.

Que la convocatoria que se propone ha requerido la confección de un reglamento técnico de bases y condiciones, donde se define con precisión el marco general y los objetivos de la misma, los requisitos para participantes, la forma y plazos de inscripción, el proceso de evaluación y selección, las obligaciones de los participantes y los términos relativos a la difusión, publicidad y derechos intelectuales de los contenidos generados.

Que SECRETARÍA DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN PÚBLICA y la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS de la NACIÓN ARGENTINA han seleccionado a los integrantes de los dos (2) jurados integrados por tres titulares y tres suplentes que atenderán cada uno de ellos a la evaluación de los proyectos presentados a las categorías documental y serie de ficción.

Que la SECRETARÍA DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN PÚBLICA y la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS de la NACIÓN ARGENTINA han convenido destinar cada una de ellas un aporte igual de PESOS DOSCIENTOS MIL CON 00/100 ($200.000,00) en concepto de apoyos financieros, los cuales se distribuirán en partes iguales para premiar los dos proyectos ganadores, uno para de cada categoría.

Que la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS de la NACIÓN ARGENTINA también otorgará dos premios honoríficos para cada categoría, los cuales no demandarán gasto alguno.

Que, por ello, resulta oportuno aprobar el llamado a la convocatoria para el CONCURSO DE GUIONISTAS conjuntamente con el reglamento de bases y condiciones y su Declaración Jurada.

Que la DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD Y FINANZAS de la SECRETARÍA DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN PÚBLICA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN PÚBLICA de la SECRETARÍA DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN PÚBLICA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la COORDINACION DE CONTABILIDAD Y FINANZAS de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS de la NACIÓN ARGENTINA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS de la NACIÓN ARGENTINA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y facultades otorgada por el Decreto Nº 50/2019 y sus modificatorios.

Por ello,

La SECRETARIA DE POLITICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACION ARGENTINA

y

El SECRETARIO DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN PUBLICA

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1°. – Apruébase el Reglamento de bases y condiciones correspondiente al concurso GUIONISTAS conjuntamente a su declaración jurada que, como Anexo I (IF-2021-42828574-APN-DGCEIG#JGM), y ANEXO II (IF-2021-42831286-APN-DGCEIG#JGM), respectivamente, forman parte de la presente resolución.

ARTÍCULO 2°. – Apruébase la convocatoria para la realización del CONCURSO DE GUIONISTAS, de conformidad con su reglamento técnico de bases y condiciones.

ARTICULO 3º. - Destínase la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL ($200.000,00) por parte de la SECRETARÍA DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN PUBLICA y de PESOS DOSCIENTOS MIL ($200.000,00) por parte de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA, a la atención del pago de los premios y menciones especiales detallados en el punto V del reglamento de bases y condiciones.

ARTICULO 4°. – Designase a la SUBSECRETARÍA DE MEDIOS PÚBLICOS de la SECRETARÍA DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN PUBLICA y a la DIRECCIÓN NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CUIDADO EN MATERIA DE DROGAS de la SECRETARIA DE POLITICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACION ARGENTINA, como autoridades de aplicación e interpretación del reglamento técnico de bases y condiciones, y facúltaselas para dictar las normas de carácter operativo y/o interpretativo que resulten necesarias para su implementación, con intervención de las áreas técnicas pertinentes de cada Organismo.

ARTICULO 5°. –La SECRETARIA DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN PÚBLICA atenderá el gasto que demande la presente medida con cargo a la Partida 5.1.4 – Ayudas sociales a personas, del Programa 75 - Acciones para la federalización de la comunicación pública y de los contenidos, de este SAF 347 – Secretaría de Medios y Comunicación Pública del presente ejercicio.

ARTÍCULO 6°. - La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 7°. – Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.

Gabriela Andrea Torres - Juan Francisco Meritello

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución Conjunta se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)



CONVOCATORIA GUIONISTAS

REGLAMENTO DE BASES Y CONDICIONES

INDICE.

I. MARCO GENERAL Y OBJETIVOS

II. MARCO NORMATIVO

III. PERSONAS DESTINATARIAS

IV. IMPEDIMENTOS DE PARTICIPACIÓN

V. PRESUPUESTO

VI. FORMA DE INSCRIPCIÓN Y PLAZOS DE LA CONVOCATORIA

VII. CAPACITACION PREVIA

VIII. CONSULTAS

IX- CARPETA A PRESENTAR

X. ADMISIBILIDAD, EVALUACIÓN Y SELECCIÓN

XI. OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS SELECCIONADAS

XII. JURADO

XIII- DIFUSIÓN, PUBLICIDAD Y DERECHOS INTELECTUALES

XIV- DISPOSICIONES GENERALES

XV- ACEPTACIÓN DE LAS BASES Y CONDICIONES.

I.-MARCO GENERAL Y OBJETIVOS

Entre la SECRETARÍA DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN PÚBLICA, (en adelante La SECRETARÍA) a través de la SUBSECRETARÍA DE MEDIOS PÚBLICOS, (en adelante La SUBSECRETARÍA) y la SECRETARIA DE POLITICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACION ARGENTINA (en adelante SEDRONAR) invitan a la presente convocatoria con el fin de promover y fomentar la creación de guiones originales e inéditos de series de Ficción o Documental en el que participen autores o autoras asociado/as a la Sociedad General de Autores de la Argentina -ARGENTORES-, de Protección Recíproca. El objetivo es fomentar el desarrollo de proyectos de guiones originales que encaren de manera novedosa y creativa las temáticas relativas a drogas de modo documental o serie de ficción y en torno a contenidos referidos a los consumos problemáticos mediante guiones.

La metodología para la aplicación del apoyo será la del concurso de propuestas abierto y público, debiendo cumplir las personas interesadas con los requisitos y requerimientos específicos de participación.

No podrán presentarse proyectos que simultáneamente se encuentren concursando por otros medios para la obtención de un premio en dinero que permita su posterior producción.

Un autor/a podrá presentar hasta UN (1) proyecto por categoría. Idéntico criterio se utilizará en caso de encontrarse combinado con proyectos grupales.

Los proyectos deberán estar comprendidos exclusivamente dentro de alguna de las siguientes categorías temáticas:

• Serie de ficción

• Serie de documental

No se admitirán adaptaciones de obras originales preexistentes.

Para la categoría serie de ficción, los proyectos deberán ser de cuatro (4) capítulos de una hora de duración.

Para la categoría serie documental deberán ser ocho (8) capítulos de media hora de duración.

II. MARCO NORMATIVO:

Para superar la etapa de evaluación, los guiones deberán respetar los principios, objetivos y fundamentos que rigen las siguientes normativas:

Ley Nacional de Salud Mental 26.657,

Ley 26.934 Plan IACOP (Plan Integral para el Abordaje de los Consumos Problemáticos),

Ley Nacional 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes,

Ley Nacional de Lucha contra el Alcoholismo N°24.788, Artículo 6°

Ley Nacional 26.743 de Identidad de Género,

Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual N°26.522, Artículo 71

Ley N°23.344 sobre publicidad de tabacos, entre otras.

Resolución ENACOM N° 1634/2019,

Ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes N° 26.061,

Convención Americana sobre Derechos Humanos, Pacto de San José de Costa Rica.

No será evaluado el proyecto que a criterio del Jurado se encuentre en conflicto con los principios y valores referentes a las personas que atraviesan problemas de consumo de sustancias, en cuyo supuesto se expondrá los extremos que generan la calificación desfavorable en el Acta de Evaluación de proyectos.

III.-PERSONAS DESTINATARIAS

Los proyectos podrán ser presentados por un autor/a de manera individual o por grupo de ellos, en cualquier supuesto es requisito excluyente que los mismos se encuentren asociados a ARGENTORES, para cualquiera de sus tres categorías (socios honorarios, socios activos, o socios Administrativos “A” o “B”).

El número máximo de integrantes de un proyecto grupal será de tres (3) autores/as.

Para el caso de proyecto grupal, todos sus integrantes deberán estar asociados a ARGENTORES, bajo cualquiera de las tres modalidades de asociación.

En el caso de proyecto grupal, sólo una de ellas se inscribirá en representación del grupo, debiendo detallar a los integrantes del proyecto y su función dentro del mismo. Será obligatorio para adquirir el apoyo que el/ la presentante se encuentre inscripto/a ante la Administración Federal de Impuestos Públicos (AFIP). A su vez, se exige que cuente con cuenta bancaria a su nombre, al momento de la inscripción y posterior asignación del apoyo financiero.

IV.- IMPEDIMENTOS DE PARTICIPACIÓN.

No se admitirán proyectos presentados por autores que se encuentren comprendidos dentro de las siguientes circunstancias:

• Ser miembro titular o suplente de los órganos de gerenciamiento o fiscalización de ARGENTORES.

• Estar directamente vinculados a la SEDRONAR o a la SECRETARÍA o la SUBSECRETARÍA mediante relación laboral bajo cualquier modalidad, o que hayan participado en la organización, ejecución o desarrollo del presente concurso, sea que esta vinculación se produzca antes, durante o al momento de la evaluación de los proyectos.

• Funcionarias y Funcionarios del Poder Ejecutivo Nacional y Provincial y municipal y comunal.

• Quien tenga parentesco por consanguinidad dentro del cuarto y segundo grado de afinidad de las personas mencionadas en los tres párrafos anteriores.

• Quien sea acreedor, deudor, fiador, socio, colaborador, tener relación laboral, contratado y/o comercial con algún miembro del Jurado.

• El personal directivo y empleados de sociedades del estado.

• Diputadas y diputados nacionales y provinciales; senadoras y senadores nacionales y provinciales y municipales; Concejalas y Concejales; funcionarias y funcionarios del orden legislativo municipal.

• Funcionarias y Funcionarios del Poder Judicial nacional, provincial, municipal y federal.

V.- PRESUPUESTO

El presupuesto total de esta convocatoria asciende a la suma de PESOS CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 ($ 400.000,00), distribuido de la siguiente manera:

Para Serie de Ficción

• Un premio de PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000)

• Dos menciones honoríficas

Para Serie Documental:

• Un premio de PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000)

• Dos menciones honoríficas.

Las dos menciones honoríficas por categoría recibirán una distinción de calidad otorgada por SEDRONAR.

VI.- FORMA DE INSCRIPCIÓN Y PLAZOS DE LA CONVOCATORIA.

La presente convocatoria comenzará el 1 de junio de 2021 y finalizará el 16 de agosto de 2021 a las 23:59 horas. (Plazo sustituido por art. 2° de la Resolución Conjunta N° 2/2021 de la Secretaría de Políticas Integrales sobre Drogas de la Nación Argentina y la Secretaría de Medios y Comunicación Pública B.O. 19/7/2021. Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.)

Para aplicar a la presente convocatoria, se deberá realizar la inscripción en https://tramitesadistancia.gob.ar/tramitesadistancia/detalle-tipo?id=5425 y completar el formulario online habilitado a tal efecto acompañando copia del DNI, comprobante de inscripción por ante la administración federal de ingresos públicos (AFIP), correo electrónico donde se tendrán por válidas todas las notificaciones del presente llamado, declaración jurada suscripta por todos los participantes del equipo inscripto y demás datos información correspondiente al proyecto.

La Declaración Jurada se encontrará disponible en el sitio web de la convocatoria “GUIONISTAS” alojado en https://www.argentina.gob.ar/jefatura/mediosycomunicacion/guionistas-profesionales

En el caso de que la inscripción sea grupal, se requiere contar con una copia del DNI de cada una de las personas integrantes.

No se admitirán inscripciones por fuera del formato mencionado, ni tampoco fuera del plazo establecido.

VII. CAPACITACIÓN PREVIA:

SEDRONAR realizará una capacitación virtual, la cual podrá efectuarse en un único encuentro o en diversas fechas, de acuerdo a la cantidad de presentantes de proyectos durante la inscripción.

En ella se expondrán los extremos que deben respetar los proyectos en cuanto al abordaje y tratamiento de consumos problemáticos en los medios de difusión.

La participación en dicha capacitación es un requisito excluyente para la presentación del proyecto, y el mismo deberá reflejar de alguna manera los contenidos aportados en la capacitación. En caso de proyectos grupales, todos sus integrantes deben cumplir con la capacitación.

La fecha para la capacitación será entre los días 14 de julio y 13 de agosto de 2021 de manera virtual, las fechas serán publicadas en el portal de ARGENTORES y en https://www.argentina.gob.ar/jefatura/mediosycomunicacion/guionistas-profesionales. (Párrafo sustituido por art. 3° de la Resolución Conjunta N° 2/2021 de la Secretaría de Políticas Integrales sobre Drogas de la Nación Argentina y la Secretaría de Medios y Comunicación Pública B.O. 19/7/2021. Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.)

La capacitación no tendrá costo alguno.

VIII. CONSULTAS:

Durante la etapa de presentación de proyectos los interesados podrán realizar las siguientes consultas:

Para el caso de consultas sobre el tratamiento de contenidos se podrán realizar consultas al SEDRONAR contenidos@sedronar.gov.ar o a ARGENTORES concursosedronar@argentores.org.ar.

Para diferentes tipos de consultas en relación al concurso se podrán realizar consultas a la SMCP concursoguionistas@jefatura.gob.ar

IX. CARPETA A PRESENTAR

Además de la documentación descripta anteriormente, se deberá presentar la siguiente información de acuerdo a la categoría de proyecto al que se refiera.

Para los proyectos de serie de ficción deberá presentarse obligatoriamente la siguiente documentación:

• Carátula que contenga: título del proyecto, nombre del presentante.

• Índice

• Logline: Un breve resumen (logline) de la serie, que exponga la esencia de la historia, y de cuenta del interés emocional y dramática que pretende a fin de estimular el interés (máximo 300 caracteres con espacio),

• Sinopsis: máximo 1500 caracteres con espacio,

• Tratamiento argumental: desde el comienzo hasta su resolución o desenlace (Máximo 12.000 caracteres con espacio),

• Perfil de personajes principales. Máximo 2000 caracteres con espacio

• Guión completo del primer capítulo y todas las escaletas de los episodios restantes.

• En el caso que corresponda: autorización con firma legalizada de los derechos de autor y cualquier otro derecho intelectual y de reproducción para la utilización de obras protegidas que no pertenezcan al presentante o participantes del grupo.

Para los proyectos de serie documental deberá presentarse obligatoriamente la siguiente documentación:

• Carátula que contenga: título del proyecto, nombre del presentante.

• Índice

• Logline: Un breve resumen (logline) de la serie, que exponga la esencia de la historia, y de cuenta del interés emocional y dramática que pretende a fin de estimular el interés (máximo 300 caracteres con espacio),

• Sinopsis: máximo 1500 caracteres con espacio,

• Tratamiento argumental: desde el comienzo hasta su resolución o desenlace (Máximo 12.000 caracteres con espacio),

• Escaletas de todos los episodios de la serie (ocho capítulos).

• En el caso que corresponda: autorización con firma legalizada de los derechos de autor y cualquier otro derecho intelectual y de reproducción para la utilización de obras protegidas que no pertenezcan al presentante o participantes del grupo.

X. ADMISIBILIDAD, EVALUACIÓN Y SELECCIÓN:

ADMISIBILIDAD:

Al vencimiento de la fecha para la presentación de proyectos, se constituirá una Comisión de Admisión integrada por La SECRETARÍA y SEDRONAR.

El resultado de dicha etapa será informado a cada autor/a al correo electrónico declarado en la etapa de registración y será publicada en la página web de ARGENTORES.

Para que un proyecto sea considerado admisible, deberá satisfacer los requisitos de tener completa la información requerida y presentada en tiempo y forma.

Para la subsanación de errores u omisiones, los autores/as contarán con un plazo de cinco días hábiles para presentar la documentación requerida, contados a partir del día siguiente de su notificación.

• Será CAUSAL DE NO ADMISION y no podrá continuar el proceso de evaluación aquel proyecto que INCURRA EN UNA O MAS DE LAS SIGUIENTES: Presentación extemporánea más allá del día y hora límite para la presentación de proyectos.

• No haber realizado la capacitación on line dictada por SEDRONAR a la que se refiere el punto CAPACITACIÓN PREVIA

• Incurrir en alguna de las incompatibilidades detalladas en el Artículo INCOMPATIBILIDADES

• No presentar en tiempo y forma la documentación completa requerida en la etapa de ADMISIBILIDAD.

Aquellos proyectos que hayan superado la instancia de admisión pasarán a la etapa de Evaluación.

EVALUACION:

Los Jurados estarán integradas por SEDRONAR, La SECRETARÍA y ARGENTORES quienes procederán a evaluar la calidad, factibilidad, viabilidad técnica, social y creativa de cada propuesta y se constituirán como Jurado.

Evaluación de la factibilidad y calidad del proyecto:

• La formulación del proyecto debe permitir ser evaluado, para ello debe contar con la información necesaria de manera completa, de acuerdo a un orden lógico, y estar presentado prolijamente.

• Los distintos documentos deben estar redactados con claridad y deben ser precisos en cuanto a la definición de cada componente del argumento.

• El proyecto debe estar debidamente encuadrado en relación a los objetivos que persigue.

• Debe permitir una ejecución exitosa del guión, desde el punto de vista de su consistencia argumental.

• Debe existir una racionalidad y definición de cada etapa del relato.

• La propuesta debe demostrar su originalidad y creatividad.

• La propuesta debe ser viable desde el punto de vista presupuestario.

De acuerdo a la disponibilidad presupuestaria de la SECRETARÍA y la SEDRONAR, las mismas podrán cofinanciar la producción de los guiones que hayan recibido los apoyos financieros correspondientes a los primeros premios de ambas categorías.

Evaluación del impacto social del proyecto:

Se analizarán los siguientes aspectos:

• Claridad en la definición de los grupos etarios, sectores sociales o ámbitos alcanzados por el proyecto y factibilidad del logro de los resultados.

• Impacto proyectado de acuerdo a los recursos elegidos.

• Creación o fortalecimiento de un discurso social acorde a la problemática abordada.

• Claridad del enfoque social buscado y de sus objetivos generales y particulares.

• Los proyectos que superen la etapa de la admisibilidad formal y la evaluación del jurado pasarán a la fase de la preselección.

• Los jurados podrán optar por realizar una entrevista con los/las preseleccionados/as para lo cual serán notificados con una antelación mínima de CINCO días hábiles a los correos electrónicos declarados al momento de la inscripción. Aquellos que no se presenten a la entrevista quedarán automáticamente descalificados de la convocatoria. Luego de realizadas las entrevistas.

• Los Jurados comunicarán a LAS PARTES quiénes serán las seleccionadas/os beneficiarios/as del apoyo.

El resultado de dicha etapa será informado a cada autor/a al correo electrónico declarado en la etapa de registración y será publicada en la página web de ARGENTORES y en https://www.argentina.gob.ar/jefatura/mediosycomunicacion/guionistas-profesionales

La decisión del jurado estará fundamentada y su resolución no podrá ser recurrible.

XI. OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS PARTICIPANTES

La/el presentante y las personas participantes del equipo deberán suscribir la declaración jurada que se encuentra alojada en https://www.argentina.gob.ar/jefatura/mediosycomunicacion/guionistas-profesionales

La/el presentante será la/el responsable legal del cumplimiento de las bases y condiciones de la convocatoria establecidas en este reglamento.

Deberán incluir el logo de la convocatoria “GUIONISTAS” y el de La SECRETARÍA y SEDRONAR en los afiches, flyers, créditos y/o cualquier otro medio gráfico por el cual se publicite lo realizado mediante el apoyo de esta convocatoria.

Es requisito excluyente que los proyectos que se presenten estén completamente disponibles en español.

La participación en la presente Convocatoria queda confirmada con la carga de manera satisfactoria de los documentos requeridos en el presente reglamento en la plataforma de https://tramitesadistancia.gob.ar/tramitesadistancia/detalle-tipo?id=5425 siendo la fecha límite el 16 de agosto de 2021 a las 23.59 horas. (Párrafo sustituido por art. 4° de la Resolución Conjunta N° 2/2021 de la Secretaría de Políticas Integrales sobre Drogas de la Nación Argentina y la Secretaría de Medios y Comunicación Pública B.O. 19/7/2021. Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.)

XII. JURADO

Se integrarán dos (2) jurados, integrados por TRES (3) titulares y TRES (3) suplentes, en cada caso un titular y un suplente correspondiente a SEDRONAR, a LA SECRETARIA y a ARGENTORES. Uno destinado a evaluar los proyectos admitidos de Serie Documental y otro destinado a evaluar los proyectos admitidos de Serie de Ficción.

El resultado de la evaluación será comunicado en el plazo máximo de CUARENTA (45) días corridos a partir del cierre de la etapa de presentación de proyectos y será labrada un acta a tales fines, en la que figurarán los proyectos GANADORES y los acreedores a Menciones Honoríficas.

La selección de los proyectos ganadores para ambas categorías deberá ser por unanimidad o mayoría absoluta.

El jurado podrá dictarse un reglamento interno, el cual será aprobado por unanimidad, para el caso de suscitarse circunstancias no previstas en las presentes Bases.

Integrantes de los Jurados:

Para serie documental. Titulares: María Soledad GIRARDI DNI 17.699.697 por la Secretaría, Gustavo Adrián MAGGI DNI 17.810.363 por Sedronar, Guillermo Hardwick DNI 7.699.130 por Argentores. Suplentes: Lucas Nazareno TURTURRO DNI 30.354.005 por la Secretaría, Rosario CASTELLI DNI 32.191.537 por Sedronar y Clara ZAPETTINI DNI 3.975.896 por Argentores.

Para serie de ficción. Titulares: Martiniano CARDOSO DNI 27.668.191 por la Secretaría, Rosario CASTELLI DNI 32.191.537 por Sedronar, Jorge Leonardo MORDKOWICZ DNI 8.659.509 por Argentores. Suplentes: Gonzalo TOSO DNI 23.102.903 por la Secretaría, Gustavo Adrián MAGGI DNI 17.810.363 por Sedronar y Ricardo RODRIGUEZ DNI 12.791.292 por Argentores.

(Integrante por Argentores para serie documental y ficción sustituido por art. 5° de la Resolución Conjunta N° 2/2021 de la Secretaría de Políticas Integrales sobre Drogas de la Nación Argentina y la Secretaría de Medios y Comunicación Pública B.O. 19/7/2021. Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.)

XIII.- DIFUSIÓN, PUBLICIDAD Y DERECHOS INTELECTUALES

Por participar con la presentación de proyectos en este Concurso, los postulantes prestan su conformidad, en caso de resultar seleccionados, para que se difunda su nombre, apellido, DNI, lugar de residencia, título del proyecto y de ser necesario una breve sinopsis del mismo, en el modo, lugar, formato, soporte y/o cualquier medio que determinen la SECRETARÍA o SEDRONAR por tiempo indefinido, excluyendo toda otra utilización que persiga fines comerciales, sin que ello implique el derecho de pago de honorarios y/o importe alguno por cualquier concepto.

En todos los casos se mencionará el nombre de/lal/los autor/a/res.

Las y los presentantes autorizan a La SECRETARÍA y a SEDRONAR a producir actos de comunicación pública en las etapas de entrega, producción o finalización de los apoyos.

Asimismo, los participantes seleccionados deberán prestan su conformidad a fin de autorizar el uso de la obra para producir, realizar y emitir el proyecto en los medios públicos y/ o plataformas nacionales.

Las seleccionadas y los seleccionados conservarán el Derecho de Propiedad Intelectual de sus obras, de acuerdo a la Ley 11723.

XIV.- DISPOSICIONES GENERALES

La SECRETARÍA y SEDRONAR no se constituyen como productoras de ninguno de los bienes culturales resultantes de la presente convocatoria, con lo cual queda exceptuado de cualquier tipo de responsabilidad vinculada a propiedades intelectuales o artísticas, derechos de autoras o autores y compositoras o compositores o de reproducción, obligaciones laborales o comerciales derivados de la producción de las obras y que pudieran generar circunstancias litigiosas. El aporte de los apoyos se harán efectivos, una vez que la seleccionada o el seleccionado hayan formalizado la firma de la declaración jurada correspondiente, en el que se ratificarán los términos y condiciones establecidos en las presentes bases. Las seleccionadas y los seleccionados que incumplan cualquiera de las normas establecidas en el presente reglamento, no podrán presentarse a futuras convocatorias de cualquier tipo de las realizadas por la la SECRETARÍA o SEDRONAR, hasta no efectivizar su correspondiente cumplimiento.

XV.- ACEPTACIÓN DE LAS BASES Y CONDICIONES.

El hecho de inscribirse y participar de la presente convocatoria implica la aceptación y conocimiento de las presentes Bases y Condiciones en todas sus cláusulas. Toda la documentación relativa a la presentación de las propuestas de trabajo, por parte de los interesados tendrá un carácter confidencial, teniendo acceso a la misma solamente, el personal autorizado, y los miembros del jurado.





Declaración Jurada

Por la presente, declaramos en carácter de declaración jurada y dejamos constancia que:

1- Que soy/somos el/la/les autor/a/es (tachar lo que no corresponda) del guion “………………………………………………………..………………....” y, como tal, titular/es de todos los derechos de propiedad intelectual sobre el mismo.

2- Que cedo/cedemos y transfiero/transferimos a los organizadores de la presente convocatoria el derecho de exponer en público el guion en el marco del presente concurso.

3- Que cedo/cedemos y transfiero/transferimos a los organizadores el derecho exclusivo de reproducir el guion seleccionado en el catálogo de la convocatoria y el derecho no exclusivo de reproducirlo, en todo tipo de evento, publicación y o medio con fines educativos y de concientización.

4- Que prestamos nuestro consentimiento para que en caso de que eventualmente el equipo resulte seleccionado, los apoyos brindados por parte de la SECRETARÍA DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN PÚBLICA y LA SECRETARIA DE POLITICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACION sean transferidos en la cuenta bancaria de titularidad del presentante del equipo de conformidad a los datos proporcionados en el formulario de inscripción.

Por la presente ratificamos que conocemos, comprendemos y aceptamos todos los términos y condiciones fijados en el reglamento de la Convocatoria GUIONISTAS.

Firma del/la/los autor/a/es/xs

Aclaración del/la/los autor/a/es/xs