Que por las presentes actuaciones tramita el pago de la Factura “E”
0411-00011446 de AEROLÍNEAS ARGENTINAS S.A. (CUIT 30- 64140555-4), por
el servicio de flete aéreo vuelo N° 1501 del 25 de febrero de 2021,
desde la República Popular China, hasta nuestro país, por la suma total
de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUATROCIENTOS VEINTIOCHO MIL (USD
428.000,00).
Que de acuerdo a lo expresado por la SECRETARÍA DE ACCESO A LA SALUD,
el monto facturado se encuentra dentro de los valores de mercado.
Que en consecuencia, corresponde la prosecución del trámite para proceder al pago de que se trata.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO y la
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este MINISTERIO DE SALUD han
tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta conforme a la Resolución N° 985 del 2
de junio de 2020, el artículo 35 del Reglamento de la Ley de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional N° 24.156, aprobado por el Decreto N° 1.344 del 4 de
octubre de 2007, en el marco de lo establecido por la Ley N° 27.541 de
Solidaridad Social y Reactivación Productiva, por el artículo 2° del
Decreto N° 260 del 12 de marzo de 2020 y su modificatorio, el Decreto
N° 167 del 11 de marzo de 2021.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar el pago de la Factura “E” 0411-00011446 a
AEROLÍNEAS ARGENTINAS S.A., por la suma total de PESOS equivalentes a
la suma total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUATROCIENTOS VEINTIOCHO MIL
(USD 428.000,00) al tipo de cambio billete vendedor del Banco de la
Nación Argentina al día previo al del efectivo devengamiento del gasto.
ARTÍCULO 2°.- La suma requerida para el pago autorizado en el artículo
precedente deberá ser afectada con cargo a las partidas presupuestarias
de este MINISTERIO DE SALUD para el ejercicio 2021.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL, gírese a la DIRECCIÓN DE TESORERÍA Y CONTABILIDAD y
cumplido, archívese
Mauricio Alberto Monsalvo
e. 27/05/2021 N° 35471/21 v. 27/05/2021