MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 656/2021

RESOL-2021-656-APN-MC

Ciudad de Buenos Aires, 27/05/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2021-34616105- -APN-DGD#MC del registro del MINISTERIO DE CULTURA, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado Decreto Nº 438/92 y sus modificatorias), el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, la Decisión Administrativa Nº 1428 de fecha 7 de agosto de 2020, la Resolución Nº 2532 de fecha 13 de agosto de 2004 de la entonces SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, la Resolución Nº 90 de fecha 10 de febrero de 2021 del MINISTERIO DE CULTURA, y

CONSIDERANDO:

Que el PROGRAMA SOCIAL DE ORQUESTAS INFANTILES Y JUVENILES fue creado por Resolución S.C. Nº 2532/04, y recientemente se reordenó integralmente su diseño y la mecánica de su implementación mediante Resolución M.C. Nº 90/21 (RESOL-2021-90-APN-MC).

Que, de conformidad con lo establecido en el ANEXO I de la Resolución M.C. Nº 90/21 (RESOL-2021-90-APN-MC), son objetivos centrales del programa “(…) Promover la enseñanza musical, sin necesidad de aptitudes previas, entre las niñas, niños y jóvenes de todo el territorio nacional, especialmente aquellos cuya realidad se encuentra atravesada por escenarios de vulnerabilidad o postergación, asociada a factores socio-económicos (…)” ; “(…)” Fomentar la creación de lazos entre las niñas, niños y jóvenes que integran las orquestas ligadas al programa, contribuyendo al desarrollo de vínculos comunitarios y promoviendo la solidaridad a través del aprendizaje colectivo (...)”. ; “(...) Promover el trabajo colaborativo entre las provincias, municipios u organizaciones con orquestas ligadas al programa, apoyando el intercambio de saberes, prácticas y experiencias vinculadas al cumplimiento de sus metas (…)” “y (…) Fomentar y apoyar la creación de talleres de iniciación musical, teniendo en cuenta la particular conformación de cada una de las orquestas (…)”, entro otros relacionados.

Que, adicionalmente y para la consecución de los objetivos reseñados, se han diseñado herramientas entre las que pueden destacarse el “(…)aporte total o parcial de instrumentos para la conformación de nuevas orquestas infantiles y juveniles, y/o reposición gradual de instrumentos para orquestas ligadas al programa (…)” ; “(…) Organización de jornadas nacionales y regionales de capacitación dirigidas a directores, directoras y docentes de las orquestas ligadas al programa (…)” ; (…) Organización de Encuentros entra las Orquestas Infantiles y Juveniles de un territorio, con formatos diversos, incluyendo clases, charlas, talleres para niños, niñas, jóvenes y adultos/as ligados a cada experiencia (…) ; “ (…) Talleres orientados a favorecer la práctica docente, que fomenten y estimulen la creatividad individual y colectiva dentro de la orquesta (…)” y “(…) Becas orientadas a incentivar la formación de integrantes destacados dentro de cada ensamble u orquesta, que, más allá de los objetivos iniciales del programa, tenga aptitudes y voluntad para profundizar su aprendizaje orientándolo a un ejercicio más permanente, y, eventualmente, más profesional (…)”, entre otras relacionadas.

Que, en ese marco, la COORDINACIÓN DE PROGRAMAS DE CULTURA POPULAR, ORQUESTAS INFANTILES Y JUVENILES, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DIVERSIDAD Y CULTURA COMUNITARIA de la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL, propone la implementación de la PRIMERA CONVOCATORIA PARA EL OTORGAMIENTO DE LAS BECAS DE FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO “MARTHA ARGERICH”.

Que esta herramienta se encuentra orientada a reconocer la experiencia acumulada por los/as jóvenes que han participado desde niños/as en orquestas ancladas en los barrios populares y han vivenciado los beneficios que genera la participación en proyectos culturales artísticos, grupales, inclusivos, no competitivos, expresivos e igualadores.

Que, adicionalmente, se pretende consolidar la posibilidad de que los destinatarios/as puedan convertirse, en el futuro, en profesores de esas mismas orquestas.

Que, al mismo tiempo, se procura sostener, en el presente, la relación de los potenciales becarios/as con la música, dado que, a partir de los DIECIOCHO (18) años de edad -e incluso antes-, en los barrios populares, buena parte de los/as jóvenes deben buscar trabajo y dedicarle al mismo todo el tiempo vital, procurando el sostenimiento material, personal y familiar.

Que la situación descripta deriva en el abandono o la disminución notoria del tiempo vital dedicado al estudio musical, y a la participación en los conciertos de las orquestas que integran, por su incompatibilidad con el trabajo conseguido, extremo que podría verse atenuado con el otorgamiento de las presentes becas.

Que entre los objetivos asignados al MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN por la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorios) se encuentra el de “(…) Entender en la formulación y ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos de la jurisdicción destinadas a estimular y favorecer a las culturas en todas sus formas. “ así como “(…) ejecutar políticas públicas tendientes a reconocer y fortalecer la diversidad cultural, integrar las diferentes expresiones que conforman la identidad nacional y ampliar la participación y organización popular garantizando el acceso igualitario a bienes y medios de producción cultural.”

Que, de conformidad con las disposiciones del Decreto Nº 50/19, modificado por su similar Nº 335/20, la SECRETARIA DE GESTIÓN CULTURAL tiene entre sus objetivos los de “(…) Entender en la planificación y ejecución de políticas públicas destinadas al reconocimiento y fortalecimiento de la diversidad cultural en todas sus formas, así como a favorecer la integración y acceso de todos los sectores la producción y consumo de bienes y servicios culturales.(…)” e “(…) impulsar programas y acciones que tienen por objeto fomentar el desarrollo de proyectos culturales, populares y comunitarios capaces de promover la recuperación del entramado social y el pleno ejercicio de los derechos culturales.(…)”.

Que, finalmente y en los términos de la Decisión Administrativa Nº 1428/20, la DIRECCIÓN NACIONAL DE DIVERSIDAD Y CULTURA COMUNITARIA tiene la responsabilidad primaria de “(…) Impulsar y promover acciones conducentes a generar un marco de plena vigencia de los derechos culturales en el territorio nacional, garantizando la pluralidad de expresiones culturales y respetando la diversidad cultural de las comunidades y pueblos (…)” y de “(…) Formalizar acciones culturales concertadas en torno a los diversos grupos sociales que por sus características presentan particularidades identitarias que deben ser atendidas con políticas específicas. (…)”.

Que, a los efectos de facilitar la instrumentación de la convocatoria, la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL será la autoridad de aplicación facultada para dictar normas interpretativas u operativas en relación con el reglamento técnico aprobado en esta resolución.

Que la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y CONTABILIDAD y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de su competencia.

Que el gasto que demande la presente, será imputado con cargo a las partidas presupuestarias asignadas mediante la Ley Nº 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021 y distribuido por la Decisión Administrativa N° 4 de fecha 15 de enero de 2021 (DECAD-2021-4-APN-JGM).

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y facultades otorgadas mediante la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorios) y los Decretos Nº 101/85, artículo 1°, inciso g) y Nº 1344/07 y sus modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar la PRIMERA CONVOCATORIA PARA EL OTORGAMIENTO DE LAS BECAS DE FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO “MARTHA ARGERICH”, en el marco del PROGRAMA SOCIAL DE ORQUESTAS INFANTILES Y JUVENILES, de la COORDINACIÓN DE PROGRAMAS DE CULTURA POPULAR, ORQUESTAS INFANTILES Y JUVENILES, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DIVERSIDAD Y CULTURA COMUNITARIA de la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL.

ARTÍCULO 2°.- Aprobar el Reglamento técnico de Bases y Condiciones ANEXO I (IF- 2021-35008275-APN-DNDYCC#MC) que forma parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3°.- Destinar la suma de PESOS TRES MILLONES SETECIENTOS OCHENTA MIL ($3.780.000.-) para atender la erogación generada por las becas que serán otorgadas en el marco de la presente convocatoria.

(Nota Infoleg: por art. 3° de la Resolución N° 31/2022 del Ministerio de Cultura B.O. 16/03/2022 se destina la suma de PESOS NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTICUATRO MIL OCHOCIENTOS ($ 9.424.800.-) para atender la erogación generada por el pago a los becarios.)

ARTÍCULO 4°.- Establecer que la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL, será la autoridad de aplicación e interpretación del Reglamento de Bases y Condiciones, aprobado en el Artículo 2º y se encuentra facultada para dictar las normas de carácter operativo y/o interpretativo que resulten necesarias para su implementación, con intervención de las áreas técnicas pertinentes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.

ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente medida se atenderá con cargo a las partidas Presupuestarias del presente ejercicio correspondiente a la JURISDICCIÓN 72 - MINISTERIO DE CULTURA – PROGRAMA 16.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.

Tristán Bauer

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 31/05/2021 N° 36186/21 v. 31/05/2021

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)


ANEXO I

PROGRAMA SOCIAL DE ORQUESTAS INFANTILES Y JUVENILES

PRIMERA CONVOCATORIA PARA EL OTORGAMIENTO DE LAS BECAS DE FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO "MARTHA ARGERICH": REGLAMENTO TÉCNICO DE BASES Y CONDICIONES.

ÍNDICE

1- MARCO GENERAL

2- OBJETO

3- DESTINATARIOS

4- FORMA Y PLAZO DE INSCRIPCIÓN

5- FORMA Y ALCANCE DE LA AYUDA OTORGADA

6- EVALUACIÓN Y SELECCIÓN

7- DOCUMENTACIÓN FORMAL, MATERIAL DE POSTULACIÓN Y PAUTAS TÉCNICAS DE PRESENTACIÓN

8- OBLIGACIONES DE LOS/AS BECARIOS/AS SELECCIONADOS/AS

9- PROPIEDAD INTELECTUAL Y DERECHOS DE IMAGEN

10- DECLARACIÓN JURADA

11- INCUMPLIMIENTOS.

1) MARCO GENERAL.

El MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN, a través de la COORDINACIÓN DE ORQUESTAS INFANTILES, JUVENILES y PROGRAMAS DE CULTURA POPULAR, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DIVERSIDAD Y CULTURA COMUNITARIA de la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL, convoca a jóvenes músicos y músicas, integrantes de las orquestas vinculadas al PROGRAMA SOCIAL DE ORQUESTAS INFANTILES Y JUVENILES (PSOIJ), a participar de la PRIMERA CONVOCATORIA PARA EL OTORGAMIENTO DE LAS BECAS DE FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO, "MARTHA ARGERICH"

El PROGRAMA SOCIAL DE ORQUESTAS INFANTILES Y JUVENILES fue creado por Resolución (EX) SC 2532/04, y recientemente se reordenó integralmente su diseño y mecánica de su implementación mediante RESOL-2021-90-APN-MC.

De conformidad con lo establecido en el anexo I de la citada norma, son objetivos centrales del programa "(...) Promover la enseñanza musical, sin necesidad de aptitudes previas, entre las niñas, niños y jóvenes de todo el territorio nacional, especialmente aquellos cuya realidad se encuentra atravesada por escenarios de vulnerabilidad o postergación, asociada a factores socio-económicos (...) " ; "(...) " Fomentar la creación de lazos entre las niñas, niños y jóvenes que integran las orquestas ligadas al programa, contribuyendo al desarrollo de vínculos comunitarios y promoviendo la solidaridad a través del aprendizaje colectivo (...)". ; "(...) Promover el trabajo colaborativo entre las provincias, municipios u organizaciones con orquestas ligadas al programa, apoyando el intercambio de saberes, prácticas y experiencias vinculadas al cumplimiento de sus metas (...)" y (...) Fomentar y apoyar la creación de talleres de iniciación musical, teniendo en cuenta la particular conformación de cada una de las orquestas (...), entro otros relacionados.

Adicionalmente y para la consecución de los objetivos reseñados, se han diseñando herramientas entre las que pueden destacarse el "(...)aporte total o parcial de instrumentos para la conformación de nuevas orquestas infantiles y juveniles, y/o reposición gradual de instrumentos para orquestas ligadas al programa (...)" ; "(...) Organización de jornadas nacionales y regionales de capacitación dirigidas a directores, directoras y docentes de las orquestas ligadas al programa (...)" ; (...) Organización de Encuentros entra las Orquestas Infantiles y Juveniles de un territorio, con formatos diversos, incluyendo clases, charlas, talleres para niños, niñas, jóvenes y adultos/as ligados a cada experiencia (...) ; " (...) Talleres orientados a favorecer la práctica docente, que fomenten y estimulen la creatividad individual y colectiva dentro de la orquesta (..)" y"(...) Becas orientadas a incentivar la formación de integrantes destacados dentro de cada ensamble u orquesta, que, más allá de los objetivos iniciales del programa, tenga aptitudes y voluntad para profundizar su aprendizaje orientándolo a un ejercicio más permanente, y, eventualmente, mas profesional (...)", entre otras relacionadas.

El estímulo y la promoción de los jóvenes más avanzados/as, que hayan realizado un recorrido constante en su participación dentro de la orquesta de cada barrio, y que eventualmente pueden convertirse en profesores/as de esas u otras orquestas, considerando el aprendizaje y la experiencia acumulada durante tantos años, se constituye como objetivo principal de esta primera convocatoria a las becas "Martha Argerich". Se considera también, de vital importancia, el conocimiento de estos/as jóvenes acerca de la situación social y comunitaria que se vive en los barrios donde residen.

Por otra parte, en el marco del objetivo general señalado, se abordarán los siguientes objetivos específicos, ligados con las problemáticas que han surgido en cada orquesta a través de los años:

Reconocer la experiencia acumulada por jóvenes que, al haber participado desde niños/as de un proyecto cultural como son las orquestas ancladas en los barrios populares, han podido vivenciar los beneficios reales que genera la participación en proyectos culturales artísticos, grupales, inclusivos, no competitivos, expresivos e igualadores. De este modo se revalorizan los años de estudio y práctica de uno o más instrumentos que conforman la planta orgánica de la orquesta en la que participan, interpretando repertorio especialmente arreglado para esa formación instrumental.

Sostener en el presente la relación con la música, dado que a partir de los 18 años de edad -e incluso antes-, en los barrios populares, buena parte de los/as jóvenes deben buscar trabajo y dedicarle al mismo todo el tiempo vital, procurando el sostenimiento material, personal y familiar. Esta situación deriva en el abandono o la disminución notoria del tiempo dedicado al estudio musical, y a la participación en los conciertos de las orquestas que integran, por su incompatibilidad con el trabajo conseguido.

Durante el período de duración de las beca los/as jóvenes becarios/as contarán con un/a tutor/a músico/a integrante del equipo de trabajo del Programa Social de Orquestas Infantiles y Juveniles que hará el seguimiento de todo el trayecto, a nivel musical, y ligado al aprendizaje en los talleres de formación pedagógico-musical.

Los/as tutores se asegurarán de que la comunicación sobre el calendario de actividades (reuniones, ensayos, talleres) sea recibida correctamente y se encuentre actualizada, y realizarán el seguimiento de la asistencia y/o presentación de videos o trabajos prácticos según la propuesta de cada docente, para evaluar los contenidos.

Finalmente, es oportuno destacar que la denominación de la presente convocatoria, se debe a la enorme representatividad y prestigio de la concertista Martha Argerich en el plano local e internacional, pero también a su propia historia de vida, que ha demostrado la importancia que puede alcanzar el apoyo del Estado en el desarrollo cultural de los/as jóvenes.

Es oportuno recordar que en el año 1954, habiendo demostrado sus extraordinarias virtudes para la música e interpretación del piano, y con sólo 12 años de edad, Martha Argerich recibe, a través del Estado Nacional, el apoyo para continuar sus estudios en Austria. Debemos destacar, que en reconocimiento a ese apoyo fundamental en un momento de inflexión durante su vida, que le permitió perfeccionar sus estudios desde temprana edad, y con el consentimiento y aval de la artista, que esta convocatoria lleva su nombre.

2) OBJETO

Las Becas Martha Argerich están orientadas a profundizar la formación musical y promover la formación como docentes de orquesta , a través de dos mecanismos: a) la participación en talleres que abordan contenidos pedagógicos y musicales esenciales y b) la participación en una orquesta conformada por los y las jóvenes que accedan a la beca.

En esta primera convocatoria, se otorgarán hasta 35 (TREINTA Y CINCO) becas, con arreglo a los diferentes instrumentos que se ejecutan dentro de las orquestas ligadas a las dos ramas del programa ("Celia Torrá" y "Andrés Chazarreta"). La distribución será la siguiente:

2 (dos) becas de flauta traversa, a jóvenes que en sus orquestas de origen interpreten dicho instrumento.

2 (dos) becas de clarinete, a jóvenes que en sus orquestas de origen interpreten dicho instrumento.

3 (tres) becas de aerófono de caña (deben tocar quena y sikus), a jóvenes que en sus orquestas de origen interpreten dichos instrumentos.

1 (una) beca de bandoneón u acordeón, a un/a jóven que en su orquesta de origen interprete algunos de dichos instrumentos.

3 (tres) becas de percusión, a jóvenes que en sus orquestas de origen interpreten este tipo de instrumentos.

4 (cuatro) guitarras, a jóvenes que en sus orquestas de origen interpreten dicho instrumento.

3 (tres) becas de charango /ronroco, a jóvenes que en sus orquestas de origen interpreten dichos instrumentos. 8 (ocho) becas de violín, a jóvenes que en sus orquestas de origen interpreten dicho instrumento. 3 (tres) becas de viola, a jóvenes que en sus orquestas de origen interpreten dicho instrumento. 3 (tres) becas de violonchelo, a jóvenes que en sus orquestas de origen interpreten dicho instrumento. 3 (tres) becas de contrabajo, a jóvenes que en sus orquestas de origen interpreten dicho instrumento.

3) DESTINATARIO/AS.

Podrán aplicar a la PRIMERA CONVOCATORIA PARA EL OTORGAMIENTO DE LAS BECAS DE FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO, "MARTHA ARGERICH" todos/as aquellos/as jóvenes músicos/as, entre dieciocho (18) y veintiséis (26) años de edad, que pertenezcan a una orquesta o ensamble vinculado al PROGRAMA SOCIAL DE ORQUESTAS INFANTILES Y JUVENILES, de conformidad con las disposiciones de la RESOL-2021-90-APN-MC,y normas complementarias vigentes.

La pertenencia estará certificada por la autoridad competente del área gobierno y/o ente provincial o municipal responsable, y/o autoridad o representante legal de la entidad civil a cargo de cada agrupación, o, en su defecto, por el/la director/a de la orquesta o ensamble. La certificación será ratificada por la COORDINACIÓN DE ORQUESTAS INFANTILES, JUVENILES Y CULTURA POPULAR, durante la secuencia administrativa necesaria para el efectivo otorgamiento de las becas a los/as ganadores.

No podrán participar de la presente convocatoria personas vinculadas al MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN, bajo cualquier modalidad de contratación o empleo público.

3.

4) FORMA Y PLAZO DE INSCRIPCIÓN.

La inscripción dará comienzo el día de la publicación del presente reglamento en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA y se extenderá durante quince (15) días corridos.

De resultar necesario, la autoridad de aplicación establecida en el artículo 4° de la presente Resolución, podrá prorrogar el plazo de inscripción, mediante el dictado del acto administrativo pertinente.

Para aplicar a la presente convocatoria, se utilizará la plataforma digital habilitada a tal efecto mediante hipervínculo institucional. Sin perjuicio de lo anterior, la documentación formal, así como el material de postulación y las pautas técnicas de presentación que serán exigidos en dicha plataforma, se encuentran descriptos en el apartado 7) de este reglamento.

Aquellos/as postulantes que dentro de sus orquestas ejecuten mas de un instrumento, y deseen aplicar para ambos de acuerdo con la nómina mencionada en el apartado 2) del presente reglamento, podrán hacerlo completando en la plataforma dos secuencias de inscripción independientes. Sin embargo, en ningún caso, se otorgará más de una (1) beca por postulante.

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 31/2022 del Ministerio de Cultura B.O. 16/03/2022 se prorroga la implementación de las BECAS DE FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO "MARTHA ARGERICH" para el período comprendido entre el 1° de febrero al 31 de diciembre de 2022.)

5) FORMA Y ALCANCE DE LA AYUDA OTORGADA

La beca se hará efectiva mediante acto administrativo dictado por la autoridad de aplicación de la convocatoria. Tendrá frecuencia mensual, en el período comprendido entre los meses de julio y diciembre de 2021 y el estipendio será de PESOS DIECIOCHO MIL ($ 18.000.-) por becario/a y por mes.

(
Nota Infoleg: por art. 2° de la Resolución N° 31/2022 del Ministerio de Cultura B.O. 16/03/2022 se incrementa en PESOS SIETE MIL DOSCIENTOS ($ 7200,00) el monto del estipendio, resultando el monto total a abonar a los becarios, de PESOS VEINTICINCO MIL DOSCIENTOS ($ 25.200.-) mensuales.)

Para la efectiva percepción del beneficio, los becarios/as deberán completar el trámite de "alta de beneficiario", conforme a las instrucciones impartidas por el equipo a cargo de la convocatoria y/o la autoridad técnica competente del MINISTERIO DE CULTURA.

Durante el mes de diciembre del corriente año, la COORDINACIÓN DE ORQUESTAS INFANTILES, JUVENILES, Y CULTURA POPULAR, elevará un circunstanciado informe sobre el nivel de cumplimiento de los objetivos generales y específicos que se han previsto, contemplado la participación, compromiso y evolución pedagógico-musical de cada becario/a, teniendo en cuenta las obligaciones que se consignan en el apartado 8) de este reglamento.

En ese marco, la citada Coordinación podrá proponer la prórroga del estipendio de todos/as o alguno/as de los becarios/as, para el período comprendido entre los meses de enero y diciembre del año 2022 (y/o para un período parcial comprendido dentro de ese lapso de tiempo). La autoridad de aplicación, en caso de otorgar curso positivo a la solicitud, dictará el acto administrativo pertinente de conformidad con las facultades delegadas por Decreto N.° 101/85, artículo 1°, inciso g), ejerciendo el rol conferido en la presente Resolución.

6) EVALUACIÓN Y SELECCIÓN.

La evaluación del material de postulación incorporado a la plataforma por los/as aspirantes (ver apartado 8) será evaluado por un jurado de especialistas de probada idoneidad y trayectoria. Dicho cuerpo estará integrado por:

1) Eduardo Hubert (DNI 7.602.282): Pianista, compositor, director de orquesta, profesor y organizador de eventos y festivales Internacionales. Profesor de piano y música de cámara en Musikhochschule de Karlsruhe y Freiburg (Alemania), en los Conservatorios de Sta Cecilia, Pesaro y Pescara (Italia), y Conservatorio di Lausanne (Suiza).

2) Gustavo Daniel Spatocco (DNI 17.378.799), Productor, arreglador y director musical.

3) Lucía Zicos (DNI 25.545.518), directora de orquesta. Docente y coordinadora académica en la Facultad de Artes y Ciencias Musicales de la UCA. Docente de dirección orquestal en el Conservatorio Manuel de Falla.

El jurado evaluará, en primer término, la documentación y el material de postulación contenido en cada presentación verificando que se encuentre completa, con el formato y la información exigida en el presente reglamento. Los/as aspirantes que no superen la etapa de admisibilidad formal no serán evaluados/as en lo sustancial.

En segundo lugar, el jurado realizará un análisis cualitativo del material audiovisual de postulación y tendrá en cuenta los siguientes factores de ponderación:

• Conocimientos musicales generales

• Conocimientos técnicos del instrumento

• Recursos expresivos y pedagógicos

Sí el jurado lo estima necesario, podrá concretar entrevistas en línea para entablar una conversación directa con alguno/as de los/as postulantes, a los efectos de conocer más sobre su proyecto personal, aspiraciones, situación familiar, escolar, condiciones de vida u otros aspectos relevantes.

Adicionalmente, para concretar la selección de los becarios/as, el jurado tendrá en cuenta el criterio de proporcionalidad territorial razonable, procurando representatividad de las diferentes regiones del país.

De igual modo, deberá considerar el criterio de proporcionalidad razonable en materia de género.

El jurado podrá otorgar las treinta y cinco (35) becas previstas, o declarar alguna/s de ellas desierta/s, en caso de no existir postulaciones que satisfagan de modo suficiente los factores de ponderación mencionados.

Por otra parte, ese órgano evaluador seleccionará hasta ocho (8) aspirantes en carácter de suplentes, estableciendo un orden de mérito entre ellos/as. Los/as suplentes serán convocados por su orden, cuando alguno/a de los postulantes ganadores declinase la aceptación de la beca, o no se encontrase en condiciones de percibirla por cualquier inhabilidad legal o motivo reglamentario.

La decisión del jurado estará fundamentada, y a tal efecto se labrará el acta pertinente. La decisión no será revisada a solicitud de las personas postulantes en el aspecto conceptual, sin perjuicio de los recursos que, con carácter general, se encuentran habilitados en los términos de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos y su reglamento, con relación al acto administrativo que ratifique su decisión.

La autoridad de aplicación dictará el acto administrativo que apruebe el acta del jurado. Sí por cualquier razón, alguno de los jurados/as designados en esta norma, se viera impedido de participar en la evaluación, esta última podrá sustituirlo por un/a especialista de igual trayectoria y probada idoneidad, con saberes y experiencias afines a la persona que se reemplaza. De tal circunstanncia se dejará constancia en ese mismo acto adminstrativo.

7) DOCUMENTACIÓN FORMAL, MATERIAL DE POSTULACIÓN Y PAUTAS TÉCNICAS DE PRESENTACIÓN.

Todos los/as postulantes que apliquen a la convocatoria, deberán incorporar en la plataforma digital de inscripción, utilizando los formularios, modelos, y/o campos de datos disponibles:

• Nombre y apellido, datos de contacto, y fotografía del DNI (frente y dorso).

• Información relativa a su trayectoria en la orquesta de pertenencia y formación musical.

• Nota que certifique su pertenencia a una orquesta o ensamble vinculado al PROGRAMA SOCIAL DE ORQUESTAS INFANTILES Y JUVENILES, del modo indicado en el apartado 3) de este reglamento

Adicionalmente, la plataforma requerirá incorporar cuatro videos, de acuerdo con el siguiente detalle:

• Un video ejecutando el instrumento con el que aplican en el que interpretarán una obra de su elección, de modo individual, para que el jurado pueda observar y escuchar el nivel técnico y musical alcanzado, con un tiempo mínimo de dos (2) minutos y máximo de cinco (5) minutos. Sin pista de audio

• Un Video ejecutando el instrumento con el que aplican a la convocatoria en el que se interpretará una obra con arreglos de dificultad moderada. Deberán ejecutar las líneas correspondientes al instrumento de postulación, optando entre: a) "Canción y Huayno" (Huayno) de Mauro Núñez. Arreglo: Gustavo Popi Spatocco ; b) "Desde el puente carretero" (Chacarera) de Peteco Carabajal. Arreglo: Gustavo Popi Spatocco ; c) Gabán" (Golpe de joropo) de Néstor Viloria. Arreglo: Néstor Viloria ; d) "Trío para un bolsillo" (Chamarrita) de Rita del Prado. Arreglo: Néstor Viloria y e) Brook Green Suite" de Gustavo Holst. Adaptación: Eduardo Hubert. A tal efecto, en la plataforma de inscripción, encontrarán todo el material e información necesaria para la realización (partituras orquestales completas, partituras por instrumento, audios de referencia por cada instrumento y audios de base para utilizar como pista)

• Un video de carácter didáctico, que incorpore una exposición oral dirigida a niñas y niños, desarrollando un aspecto ligado a la enseñanza del instrumento que ejecuta el postulante. La explicación podrá versar sobre: a) la escala mayor o menor, b) el acompañamiento rítmico y/o armónico de una especie musical de raíz folklórica, c) los diferentes usos del arco en los instrumentos de cuerdas frotadas, d) posturas corporales y posiciones de las manos derecha e izquierda, para la ejecución correcta del instrumento. Duración entre 3 y 8 minutos.

• Un video con un breve relato que aborde distintos aspectos de la vida de los/as postulantes sobre los siguientes aspectos: a) Edad de incorporación a la orquesta de pertenencia. Cuál es su instrumento principal de ejecución y si domina otro/s ; b) Qué importancia tiene la música dentro de su proyecto de vida y qué cree poder aportar a la orquesta donde se ha formado ; c) Comentarios sobre la experiencia durante el año de pandemia respecto de su educación u otra/as actividad/es que haya desarrollado (participación en la orquesta, trabajo, estudios superiores, etc.) ; d) Cómo se conforma su familia y con quienes comparte la vivienda y e) Descripción del barrio y/o comunidad de residencia. Este video tendrá una duración mínima de tres (3) minutos y máxima de ocho (8) minutos

8) OBLIGACIONES DE LOS/AS BECARIOS/AS SELECCIONADOS/AS

Aquellos/as postulantes que accedan a la beca quedan comprometidos a completar el ciclo de formación previsto, participando de los talleres virtuales, con requisitos de asistencia mínima y evaluación periódica. Asimismo, deberán continuar con su participación dentro de su orquesta de pertenencia, vinculada al PROGRAMA SOCIAL DE ORQUESTAS INFANTILES Y JUVENILES, que origina la presente postulación, de acuerdo con su régimen de estudio musical, ensayos y conciertos.

Por último, se prevé la conformación de una "orquesta de jóvenes becarios" generando un espacio para la práctica orquestal de todos/as quienes resulten seleccionados en la presente convocatoria, que permitirá profundizar la formación. Durante el tiempo que de efectiva percepció n de la beca los becarios/as deberán participar de la misma.

Se brindará a sus integrantes formación más específica en materia artística y pedagógica, amplificando sus perspectivas formativas a través del intercambio con pares y con profesionales, y accediendo a distintos niveles técnicos de arreglos y obras para interpretar, ampliando el repertorio, y fomentando una actividad de presentaciones y conciertos de mayor envergadura y compromiso artístico.

El funcionamiento de la orquesta de jóvenes becarios podrá ser virtual y/o presencial o semipresencial (ligado a la evolución del contexto sanitario y los protocolos aprobados en cada momento), así como a las consideraciones de carácter logístico, y no implicará para los becarios/as la imposibilidad de conservar su participación en la orquesta de origen por razones de tiempo, ni erogaciones que deban asumir en materia de traslados.

Los Talleres previstos para el ciclo de formación de la beca serán:

Talleres de Análisis de arreglo y escritura musical:

Segmentación del discurso: Sección-Oración-Frase. Componentes texturales: Figura, Fondo, melodía acompañada. Escucha y comparación con versiones originales de los temas. Reconocimiento estructural a través de los cambios en la instrumentación. Búsqueda estética en el arreglo y elementos del sonido: timbre, intensidad, duración, altura. Notación de elementos expresivos. Reconocimiento de características que conforman el discurso musical. (Duración: 2 meses, con 1 encuentro virtual por semana)

Taller de técnica del instrumento:

Se dividirá por familias de instrumentos: cuerdas frotadas, cuerdas pulsadas, vientos y percusión. Los/as jóvenes se dividirán de acuerdo al instrumento que ejecuten. (Duración: 3 meses con 1 o 2 encuentros virtuales por semana)

Cuerdas frotadas: Toma y posición correcta del instrumento. Digitaciones. Cuidado de musculatura y articulaciones involucradas. Posibilidades tímbricas con el arco y pulsado. Cuerda simple y doble cuerda. Recursos para la expresividad. Adornos. Manejo de dinámicas y escucha del contexto sonoro. Herramientas pedagógicas para la enseñanza. Técnicas para el desarrollo de la afinación. División de voces. Rango de alturas o tonalidades según nivel técnico. Medidas óptimas según edad y contextura. Mantenimiento básico y utilización de accesorios.

Cuerdas pulsadas: Toma y posición correcta del instrumento. Digitaciones alternativas y adaptaciones dentro del diapasón. Cuidado de musculatura y articulaciones involucradas. Posibilidades tímbricas. Diversas técnicas para rasgueo, punteo y bordoneo. Combinaciones. Recursos para la expresividad. Adornos. Manejo de dinámicas y escucha del contexto sonoro. Herramientas pedagógicas para la enseñanza. Rango de alturas o tonalidades según nivel técnico. Medidas óptimas según edad y contextura. Mantenimiento básico y utilización de accesorios.

Vientos: Toma y posición correcta del instrumento. Digitaciones alternativas. Cuidado de musculatura y articulaciones involucradas. Respiración y aprovechamiento de la columna de aire. Técnicas para afinar notas, recursos alternativos para el soplido según búsqueda tímbrica. Recursos para la expresividad. Adornos. Manejo de dinámicas y escucha del contexto sonoro. Herramientas pedagógicas para la enseñanza. Lectura transpuesta. Rango de alturas o tonalidades según nivel técnico. Mantenimiento básico y utilización de accesorios.

Percusión: Toma y posición correcta del instrumento. Técnica de percusión con palillos (baquetas rígidas, baquetas blandas, escobillas, mazos) y con las manos. Cuidado de musculatura y articulaciones involucradas. Exploración y aprovechamiento tímbrico. Combinaciones. Manejo de dinámicas y escucha del contexto sonoro. Herramientas pedagógicas para la enseñanza. Armado de patrones rítmicos y combinaciones tímbricas para ser ejecutados por varias personas. Elusión de sobrecarga rítmica. Incorporación de instrumentos de percusión de altura definida. Mantenimiento básico y utilización de accesorios.

Taller de didáctica de la música y formación docente:

Apropiación del pensamiento didáctico. Contextualización de clases. Observación de las posibilidades técnicas y musicales de cada alumno/a. Secuenciación de la enseñanza. Recursos prácticos para la adaptación de secciones. Diversas formas de presentación de un contenido. Docente que estimula, propone y escucha. Concientización y apoyo grupal para la superación de dificultades. Relación del grupo y la orquesta completa. La orquesta como vehículo para la expresión artística, de identidades y de realidades sociales. (Duración: 2 meses con 1 encuentro virtual por semana)

Taller de técnica vocal y canto

Cuidado del aparato fonador. Respiración. Técnicas para proyección de la voz, afinación y dicción. Concientización del nivel sonoro en clases grupales y recursos para la higiene vocal. El canto como herramienta pedagógica. Cantar melodías de otros instrumentos. Cantar con notas. Cantar onomatopeyas. Cantar frases. Incentivar el canto grupal en alumnos y alumnas. Desarrollo de la expresión. La voz como un instrumento dentro de la orquesta. Texto y contexto de las letras. (Duración: 1 mes con 1 encuentro virtual por semana)

Taller de edición de partituras y recursos digitales:

Introducción y presentación de diferentes programas de edición de partituras. Herramientas de configuración de sonido, edición y aspecto. Creación y exportación de partes solistas y de conjunto. Conversión de formatos de archivo (.XML, .SIB, PDF, .MID, MP3, etc.). Transcripción y escritura orquestal. Notación musical y manejo de programas como herramienta pedagógica. Creación de bases y pistas. Afinación por imitación. Estudio y ejercicio de la audiopercepción. (Duración: 1 mes con 1 encuentro virtual por semana)

La asistencia mínima para los talleres será del 80%.

9) PROPIEDAD INTELECTUAL Y DERECHOS DE IMAGEN.

Los/as becarios/as seleccionados/as, autorizan al MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN, a generar el registro audiovisual de las actividades que se realicen en el marco de las becas otorgadas. En ese marco, el MINISTERIO podrá reproducir el registro generando copias en cualquier soporte idóneo a tal efecto, y adicionalmente, efectuar actos de comunicación pública del material a través de cualquier entorno o plataforma comunicacional, analógica o digital, incluida la facultad de alojar el registro en un servidor de internet, su comunicación mediante portales, sitios web, plataformas digitales, o redes sociales de carácter institucional. EL MINISTERIO podrá generar formatos adaptados del material, cuando la plataforma comunicacional utilizada así lo requiera. La autorización conferida se otorga sin límites temporales y territoriales de ninguna naturaleza y posee carácter gratuito y no exclusivo.

10) DECLARACIÓN JURADA

Los/as jóvenes músicos/as inscriptos/as en la presente convocatoria deben descargar la declaración jurada incluida a continuación, firmarla, y alojarla nuevamente en la plataforma de inscripción mediante una imagen escaneada o fotografía legible.

Nombre completo y apellido, DNI, _, habiéndome inscripto a la PRIMERA CONVOCATORIA PARA EL OTORGAMIENTO DE LAS BECAS DE FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO "MARTHA ARGERICH", declaro bajo juramento que he leído, comprendo y acepto en todos sus términos el reglamento técnico de la convocatoria. Específicamente, en caso de ser seleccionado, declaro que:

1) Cumpliré cabalmente todas las obligaciones previstas en el apartado 9) del reglamento de convocatoria. Entiendo que esta circunstancia es condición insoslayable para la percepción del estipendio económico mensual asociado a la beca.

2) Confiero al MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN autorización para registrar, reproducir y comunicar el material producido durante las actividades asociadas a la beca, en los términos del apartado 10) de este reglamento. De igual modo, autorizo el uso de mi imagen personal con fines de divulgación institucional.

3) Debo completar el trámite de "alta de beneficiario" de acuerdo a las instrucciones que reciba, para posibilitar la efectiva percepción del estipendio económico mensual asociado a la beca.

4) Las notificaciones que me sean cursadas al correo electrónico declarado en el formulario de inscripción, serán suficientes y válidas a todos los efectos de la presente convocatoria, y durante el período de duración de la beca.

11- INCUMPLIMIENTOS.

Cuando la autoridad de aplicación tome conocimiento sobre el incumplimiento de cualquier obligación derivada del presente reglamento, se intimará a los becarios/as para su inmediata regularización. Dicha intimación se hará llegar al correo electrónico constituido en el proceso de inscripción.

De no regularizarse la situación planteada, se conformarán actuaciones que serán giradas a la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN, junto a un circunstanciado informe que permita evaluar los niveles de responsabilidad implicados, y arbitrar las acciones que se estimen conducentes. Los incumplimientos podrían derivar en la suspensión y/o exigencia de restitución del estipendio mensual asociado a la beca, y/o inhabilitación para recibir futuras ayudas por parte del MINISTERIO DE CULTURA.

CONSULTAS: Las personas interesadas podrán efectuar cualquier consulta relacionada con las disposiciones del presente reglamento, recibir soporte durante el proceso de inscripción, y/o en forma posterior a la publicación de los resultados, en: programasocialchazarreta@gmail.com y programaorquestastorra@gmail.com (en Asunto colocar: "Becas Martha Argerich").