MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Resolución 689/2021
RESOL-2021-689-APN-MDS
Ciudad de Buenos Aires, 27/05/2021
VISTO el Expediente EX-2021-31122246-APN-CSP#MDS, la Resolución N°
RESOL-2020-121-APN# MDS, la Resolución N° RESOL-2021-419-APN-MDS y su
modificatoria N° RESOL-2021-438-APN-MDS; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N° RESOL-2020-121-APN#MDS, se creó el
PROGRAMA NACIONAL DE INCLUSIÓN SOCIO-PRODUCTIVA Y DESARROLLO LOCAL –”
POTENCIAR TRABAJO” y que por la Resolución N° RESOL-2020-285-APN#MDS se
aprobaron los Lineamientos Operativos, del mencionado Programa.
Que por la Resolución N° RESOL-2021-419-APN-MDS y su modificatoria N°
RESOL-2021-438-APN-MDS, se aprobó el PROCEDIMIENTO DE ACTUALIZACIÓN DE
DATOS del PROGRAMA NACIONAL DE INCLUSIÓN SOCIO-PRODUCTIVA Y DESARROLLO
LOCAL –”POTENCIAR TRABAJO”.
Que el Procedimiento al que se hace referencia en el considerando,
establecía que la actualización de datos estaría disponible hasta el 15
de mayo de 2021.
Que, ante la necesidad de llevar a cabo el procesamiento de la
información resultante de dicho proceso, y con motivo de la emergencia
pública en materia sanitaria, ampliada por el Decreto N° 260/20 y sus
normas modificatorias en virtud de la Pandemia declarada por la
ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) con relación al coronavirus
COVID-19, resulta pertinente extender el plazo previsto para el
cumplimiento del mencionado procedimiento.
Qué, asimismo, en virtud de la prórroga referida en el considerando
anterior, resulta necesario suspender respecto de la liquidación del
mes de mayo de 2021, el descuento del 50% del Salario Social
Complementario de los y las titulares del Programa que no cumplieron
con la actualización de datos.
Que adicionalmente, habida cuenta de la migración de titulares entre
Unidades de Gestión conformadas en el marco del PROGRAMA NACIONAL DE
INCLUSIÓN SOCIO-PRODUCTIVA Y DESARROLLO LOCAL –”POTENCIAR TRABAJO”, con
las consecuentes dificultades operativas para la certificación de
participación de los y las titulares, como criterio excepcional,
resulta conveniente que dicha certificación no sea tomada en cuenta
para la liquidación del Salario Social Complementario, hasta tanto se
definan en forma definitiva las nóminas de titulares vinculadas a cada
Unidad de Gestión.
Que la COORDINACIÓN DE SEGUIMIENTO DE PROGRAMAS propicia el dictado de la presente medida.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha intervenido en el marco de su competencia.
Que la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA ha intervenido conforme sus competencias.
Que el presente acto se dicta en virtud de lo dispuesto en la Ley de
Ministerios y sus normas modificatorias y complementarias, y el Decreto
Nº 14 de fecha 10 de diciembre de 2019.
Por ello,
EL MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Prorrógase hasta el 18 de junio de 2021, el plazo para
llevar a cabo la actualización de datos en el marco del PROCEDIMIENTO
DE ACTUALIZACION DE DATOS del PROGRAMA NACIONAL DE INCLUSIÓN
SOCIO-PRODUCTIVA Y DESARROLLO LOCAL – “POTENCIAR TRABAJO”, aprobado
mediante RESOL-2021-419-APN#MDS y su modificatoria
RESOL-2021-438-APN-MDS.
ARTICULO 2°.- Establécese que en virtud de la prórroga otorgada por el
artículo 1° de la presente, en la liquidación relativa al mes de mayo
de 2021, no se procederá al descuento del 50% del Salario Social
Complementario de los y las titulares del Programa, que no cumplieron
con la actualización de datos.
ARTICULO 3°.- Establécese con carácter de excepción que, hasta tanto se
definan en forma definitiva las nóminas de titulares vinculadas a cada
Unidad de Gestión, no se tomara en cuenta para la liquidación del
Salario Social Complementario, la certificación de participación de los
y las titulares del PROGRAMA NACIONAL DE INCLUSIÓN SOCIO-PRODUCTIVA Y
DESARROLLO LOCAL –”POTENCIAR TRABAJO”.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese.
Daniel Fernando Arroyo
e. 31/05/2021 N° 36197/21 v. 31/05/2021