MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 1488/2020
RESOL-2020-1488-APN-ST#MT
Ciudad de Buenos Aires, 12/11/2020
VISTO el EX-2020-71979178- -APN-DGD#MT, del registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley N° 23.546,
CONSIDERANDO:
Que en el RE-2020-71978668-APN-DGD#MT del EX-2020-71979178-
-APN-DGD#MT, obra un acuerdo celebrado entre la UNIÓN OBREROS Y
EMPLEADOS PLÁSTICOS, por la parte sindical, y la CÁMARA ARGENTINA DE LA
INDUSTRIA PLÁSTICA, por el sector empleador, conforme lo dispuesto por
la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que a través de dicho acuerdo las partes pactan el pago extraordinario
de una suma no remunerativa, en el marco del Convenio Colectivo de
Trabajo Nº 419/05, en virtud de los términos y condiciones allí
establecidas.
Que, en relación con el carácter atribuido a las asignaciones no
remunerativas pactadas, corresponde hacer saber a las partes lo
establecido en el Artículo 103 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976).
Que el ámbito de aplicación de dicho instrumento se circunscribe a la
correspondencia entre el objeto de la representación empleadora
firmante, y el ámbito de la entidad sindical signataria, emergente de
su personería gremial.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención
que le compete.
Que a su vez se deja indicado – atento a la referencia efectuada al
Artículo 15 de la Ley N° 20.744 - que la presente homologación es
dictada en los términos de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que, en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto
administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el
DECTO-2019-75-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la UNIÒN
OBREROS Y EMPLEADOS PLASTICOS, por la parte sindical, y la CAMARA
ARGENTINA DE LA INDUSTRIA PLASTICA, por el sector empleador, que luce
en el RE-2020-71978668-APN-DGD#MT del EX-2020-71979178- -APN-DGD#MT,
conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250
(p.o. 2004).
ARTÍCULO 2°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del
acuerdo obrante a en el RE-2020-71978668-APN-DGD#MT del
EX-2020-71979178- -APN-DGD#MT.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido ello,
procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio
Colectivo de Trabajo Nº 419/05.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo y de esta Resolución, resultará aplicable
lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley N° 14.250
(t.o. 2004).
ARTÍCULO 5.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Marcelo Claudio Bellotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 31/05/2021 N° 35762/21 v. 31/05/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)