MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 1501/2020
RESOL-2020-1501-APN-ST#MT
Ciudad de Buenos Aires, 17/11/2020
VISTO el EX-2019-91054097- -APN-DGDMT#MPYT del Registro del MINISTERIO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURUIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004),
la Ley N° 20.744, (t.o.1.976) y sus modificatorias, la Ley N° 23.546
(t.o.2.004) y
CONSIDERANDO:
Que en la página 3 del IF-2019-91093778-DGDMT#MPYT del
EX-2019-91054097- -APN-DGDMT#MPYT, obra agregado el acuerdo suscripto
entre el SINDICATO DE EMPLEADOS TEXTILES DE LA INDUSTRIA Y AFINES DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la FEDERACIÓN ARGENTINA
DE LA INDUSTRIA DE LA INDUMENTARIA Y AFINES, por el sector empleador,
conforme lo dispuesto por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que el mentado instrumento ha sido suscripto en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 501/07.
Que mediante dicho acuerdo las partes pactan la instrumentación del
pago de la asignación prevista en el Decreto N° 665/19, conforme los
detalles allí impuestos.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando sus personerías y facultades para negociar
colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.
Que el ámbito de aplicación del mentado instrumento se circunscribe a
la estricta correspondencia entre la actividad de la empleadora
firmante, y los ámbitos de representación personal y actuación
territorial de la entidad sindical de marras, emergentes de su
Personería Gremial.
Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que, por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO
-2019-75-APN-PTE
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Declarase homologados el acuerdo suscripto entre el
SINDICATO DE EMPLEADOS TEXTILES DE LA INDUSTRIA Y AFINES DE LA
REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la FEDERACION ARGENTINA
DE LA INDUSTRIA DE LA INDUMENTARIA Y AFINES por el sector empleador,
obrante en la página 3 del IF-2019-91093778-DGDMT#MPYT perteneciente al
EX-2019-91054097- -APN-DGDMT#MPYT, conforme lo dispuesto por la Ley N°
14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin del registro del
instrumento obrante en la página 3 del IF-2019-91093778-DGDMT#MPYT.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
procédase a la reserva conjuntamente con el legajo del Convenio
Colectivo de Trabajo N° 501/07.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del instrumento homologado, y de esta Resolución, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de
la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Marcelo Claudio Bellotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 01/06/2021 N° 35780/21 v. 01/06/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)