MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
Resolución 73/2021
RESOL-2021-73-APN-SGA#MS
Ciudad de Buenos Aires, 27/05/2021
VISTO el Expediente EX-2021-44681129-APN-SGA#MS, el Decreto N° 434 del
1 de marzo de 2016, el Decreto N° 1063 del 4 de octubre de 2016, el
Decreto N° 223 del 28 de marzo de 2021, la Decisión Administrativa N°
384 del 19 de abril de 2021, la Resolución N° 90 del 19 de septiembre
de 2017 de la entonces SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del
entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, la Disposición N° 4 del 31 de
agosto de 2020 de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO
EXTERNO de la actual SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del
MINISTERIO DE SALUD y;
CONSIDERANDO:
Que a través del Decreto N° 434/2016 se aprobó el Plan de Modernización
del Estado con el objetivo de alcanzar una Administración Pública al
servicio del ciudadano en un marco de eficiencia y calidad en la
prestación de servicios, impulsando medidas tendientes a facilitar el
acceso del administrado a los organismos del Estado agilizando sus
trámites e incrementando la transparencia.
Que mediante Decreto Nº 1063/2016 se aprobó la implementación de la
Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) integrada por el módulo
“Trámites a Distancia” (TAD) del Sistema de Gestión Documental
Electrónica (GDE) como medio de interacción del ciudadano con la
Administración a través de la recepción y remisión por medios
electrónicos de presentaciones, solicitudes, escritos, notificaciones y
comunicaciones, entre otros.
Que por el artículo 1° de la Resolución N° 90/2017 de la entonces
SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA se aprobó el “Reglamento
para el uso del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) y de la
Plataforma de Trámites a Distancia (TAD)” como Anexo I
(IF-2017-20210812- APN-SSGA#MM), mientras que por su artículo 2° se
aprobaron los “Términos y Condiciones de Uso de la Plataforma de
Trámites a Distancia (TAD)” a través del Anexo II
(IF2017-20210768-APN-SSGA#MM).
Que mediante Decreto N° 223/2021 se sustituyó del Anexo I –Organigrama
de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de
Subsecretaría- aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de
diciembre de 2019 y sus modificatorios el Apartado XVI, MINISTERIO DE
SALUD, creándose la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.
Que entre sus objetivos se encuentra el de “Entender en la ejecución
operativa y de los procesos de gestión administrativa presupuestaria y
financiera-…”.
Que mediante Decisión Administrativa N° 384/2021 se aprobó la
estructura organizativa del primer y segundo nivel operativo del
MINISTERIO DE SALUD, en virtud de la cual surge que la DIRECCIÓN DE
INNOVACIÓN ADMINISTRATIVA, dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN
ADMINISTRATIVA, tiene entre sus responsabilidades la de “Implementar
acciones, en el ámbito de su competencia, para optimizar y mejorar los
procesos administrativos y hacerlos más eficientes, en coordinación con
las áreas con competencia en la materia”.
Que, oportunamente, la DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS CON
FINANCIAMIENTO EXTERNO dependiente de la actual SECRETARÍA DE GESTIÓN
ADMINISTRATIVA, a través de la Disposición N° 4/2021 incorporó a la
plataforma TAD el trámite “Presentación de Facturas Adquisiciones con
Financiamiento Internacional - #Ministerio de Salud”.
Que, en ese marco, a fin de generar una mejor gestión por parte del
MINISTERIO DE SALUD de los trámites de pago y, a su vez, permitir al
proveedor el seguimiento del estado de su comprobante, resulta
necesario incorporar un procedimiento vinculado a la presentación de
comprobantes a través de la Plataforma TAD para todas las modalidades
de compra y todas las fuentes de financiamiento.
Que la DIRECCIÓN DE INNOVACIÓN ADMINISTRATIVA ha tomado la intervención de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de competencia.
Que la presente medida se dicta conforme las atribuciones conferidas mediante Decreto N° 223/2021.
Por ello,
EL SECRETARIO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébese el “Procedimiento de presentación de facturas a
través de la plataforma Tramites a Distancia (TAD)” que como ANEXO I
(IF-2021-44807481-APN-SGA#MS) forma parte integrante de la presente
medida.
ARTÍCULO 2º.-. Comuníquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Mauricio Alberto Monsalvo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 02/06/2021 N° 37174/21 v. 02/06/2021
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente
norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos
pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)