MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución 238/2021
RESOL-2021-238-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 31/05/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-40413311- -APN-DNCJYMP#MSG del Registro
del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta
M.J y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016, la Resolución
del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828 del 27 de septiembre de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que ante el JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL N° 51, a
cargo de la Doctora Graciela ANGULO, SECRETARÍA N° 58, a cargo del
Doctor Santiago BARRERA, tramita la CAUSA N° CCC18.312/2020, seguida a
Patricio Leonel REYNOSO por el delito de homicidio calificado por el
vínculo y por haber mediado violencia de género (art. 80 incs. 1 y 11
del CPN).
Que la titular del mencionado JUZGADO, Doctora Graciela ANGULO,
mediante oficio del 29 de abril de 2021, solicitó a la DIRECCIÓN
NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS de este
Ministerio, se ofrezca una recompensa, para aquellas personas que
brinden datos útiles que permitan lograr la aprehensión del imputado
Patricio Leonel REYNOSO, argentino, nacido el 20 de junio de 1988,
titular del D.N.I. N° 33.826.569, registrado en el TM 90.002 de P.F.A,
hijo de Marina Patricia TARELA y de Rubén Héctor REYNOSO, con último
domicilio conocido sito en Alagon N° 305, piso 4 departamento “E” de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sobre quien pesa una declaración de
rebeldía y orden de detención desde el 31 de marzo de 2021 y orden de
captura internacional desde el 05 de abril de 2021.
Que al mencionado prófugo se le atribuye el hecho ocurrido el 15 de
marzo de 2020, entre las 16:00 y las 17:00 horas, en el interior del
departamento sito en la calle Alagón N° 305, piso 4, departamento “E”,
de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el que se domiciliaba
Patricio Leonel Reynoso, éste mantuvo una discusión con Pilar Lucía
RIESCO, con quien tenía una relación de pareja desde hacía
aproximadamente tres años, en el marco de la cual le propinó golpes
varios. Seguidamente, la tomó con sus manos fuertemente del cuello,
finalmente, y sin solución de continuidad la arrojó al vacío desde el
balcón del mencionado inmueble, ocasionándole la muerte cuando el
cuerpo de la víctima impactó contra la vereda del frente del lugar del
hecho. Todo lo antedicho fue ejecutado por REYNOSO en el marco de la
relación de pareja que mantenía con la víctima, la cual había estado
signada por un contexto de violencia de género sostenida en el tiempo.
Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538, establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL,
hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de
este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en
el artículo 4° inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (t.o.
1992) y modificatorias, en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538,
en la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16; y el
artículo 5° del Anexo I de la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N°
828/2019.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Ofrézcase como recompensa dentro del territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS MIL
($1.500.000), destinada a aquellas personas que brinden datos útiles
que permitan lograr la aprehensión de Patricio Leonel REYNOSO,
argentino, nacido el 20 de junio de 1988, titular del D.N.I. N°
33.826.569, con último domicilio conocido sito en Alagon N° 305, piso 4
departamento “E” de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sobre quien
pesa una declaración de rebeldía y orden de detención desde el 31 de
marzo de 2021 y orden de captura internacional desde el 05 de abril de
2021.
ARTÍCULO 2°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán
comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN
PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA dependiente de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS de
este Ministerio, al número telefónico de acceso rápido 134.
ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este
Ministerio o en el lugar que designe la representante de esta Cartera
de Estado, previo informe del representante de la autoridad
interviniente sobre el mérito de la información brindada preservando la
identidad del aportante.
ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN
INSTITUCIONAL de este Ministerio, la difusión de la presente en medios
gráficos de circulación nacional.
ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Federales de Seguridad la
difusión y publicación, en todas sus formas, del afiche que obra como
IF-2021-40510121-APN-DNCJYMP#MSG, correspondiente a la recompensa
ofrecida, el cual forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 6º.- La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Sabina Andrea Frederic
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 02/06/2021 N° 36942/21 v. 02/06/2021
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente
norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos
pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)