MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
Decisión Administrativa 568/2021
DECAD-2021-568-APN-JGM - Dase por designado Director Nacional de Agroecología.
Ciudad de Buenos Aires, 09/06/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-18370376-APN-SIP#JGM, las Leyes Nros.
25.164 y 27.591, los Decretos Nros. 894 del 11 de julio de 2001, 2098
del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 355
del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios y la Decisión Administrativa N° 1441 del 8 de
agosto de 2020 y su modificatoria, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.591 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021.
Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación
transitoria de personal en cargos de planta permanente y
extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario,
vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las
estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de
Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional,
centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o
Entidad de que se trate.
Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de
la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y
sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los
correspondientes al MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.
Que por la Decisión Administrativa N° 1441/20 se aprobó la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del citado Ministerio.
Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo
vacante y financiado de Director/a Nacional de Agroecología de la
SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.
Que resulta necesario exceptuar al ingeniero agrónomo Eduardo Omar
CERDÁ de lo establecido por el artículo 5°, inciso f) del Anexo de la
Ley N° 25.164, el cual establece como impedimento para el ingreso a la
Administración Pública Nacional tener la edad prevista en la ley
previsional para acceder al beneficio de la jubilación o el que gozare
de un beneficio previsional.
Que el ingeniero CERDÁ optó por continuar con la percepción del
beneficio previsional del que es titular en los términos del Decreto N°
894/01.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que ha tomado la intervención de su competencia el servicio jurídico
permanente del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes
de los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 5° del
Anexo I del Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002 y su modificatorio
y 2° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Dase por designado con carácter transitorio, a partir del
1° de febrero de 2021 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles, contados a partir de la fecha de la presente medida, al
ingeniero agrónomo Eduardo Omar CERDÁ (D.N.I N° 14.340.881) en el cargo
de Director Nacional de Agroecología de la SECRETARÍA DE ALIMENTOS,
BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA, Nivel A - Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N°
2098/08, quien optó por continuar percibiendo el beneficio previsional
del que es titular en los términos del Decreto N° 894/01.
Se efectúa la presente designación transitoria con autorización
excepcional por no reunir el ingeniero agrónomo CERDÁ los requisitos
mínimos establecidos en el artículo 14 de dicho Convenio y con carácter
de excepción al artículo 5°, inciso f) del Anexo de la Ley N° 25.164.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en el artículo 1º de la presente
decisión administrativa deberá ser cubierto conforme los requisitos y
sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente,
en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, dentro
del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la
fecha de la presente decisión administrativa.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Santiago Andrés Cafiero - Luis Eugenio Basterra
e. 10/06/2021 N° 39827/21 v. 10/06/2021