UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES
Resolución 569/2021
RESCS-2021-569-E-UBA-REC
Ciudad de Buenos Aires, 09/06/2021
VISTO
Los Decretos de Necesidad y Urgencia DECNU-2020-260-APN-PTE,
DECNU-2021-167-APN-PTE, DECNU-2021-287-APN-PTE, DECNU-2021-334-APN-PTE;
las disposiciones del Capítulo I CODIGO UBA I-10 relativas a la
reanudación de todos los plazos en los concursos de profesoras y
profesores a partir del 8 de octubre del 2020 y al establecimiento de
normas que complementan el Reglamento para la provisión de cargos de
profesores regulares; la Resolución REREC-2021-656-E-UBA-REC, y
CONSIDERANDO
Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró al brote del COVID-19 como una pandemia con fecha 11 de marzo de 2020.
Que, por Decreto de Necesidad y Urgencia 260/2020 y en virtud de la
referida pandemia, se amplió la emergencia sanitaria establecida por
Ley Nº 27.541, la que fue prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2021
por el Decreto de Necesidad y Urgencia 167/2021.
Que el Decreto de Necesidad y Urgencia DECNU-2021-287-APN-PTE
estableció medidas generales de prevención respecto de la Covid-19 de
aplicación en todo el país, y disposiciones locales y focalizadas de
contención de contagios, a fin de mitigar la propagación del virus
SARS-CoV-2.
Que el Decreto de Necesidad y Urgencia DECNU-2021-334-APN-PTE prorrogó
la vigencia del decreto referido en el párrafo precedente hasta el 11
de junio de 2021.
Que el referido Decreto de Necesidad y Urgencia dispuso medidas
adicionales aplicables a lugares en alto riesgo epidemiológico y
sanitario o en situación de alarma epidemiológica y sanitaria entre el
22 de mayo y el 30 de mayo de 2021 y los días 5 y 6 de junio de 2021.
Que la Universidad de Buenos Aires a lo largo de este período adoptó
las medidas conducentes para el cumplimiento de las disposiciones
nacionales en su jurisdicción, asegurando su funcionamiento y la
continuidad de sus actividades esenciales.
Que los concursos para la selección de profesoras y profesores son de
fundamental importancia para esta Universidad, no sólo por el rol que
el Estatuto Universitario les atribuye en las actividades de enseñanza,
sino también por los derechos políticos activos y pasivos que tal
condición les confiere y que hacen a la esencia de la autonomía
universitaria de raigambre constitucional.
Que por ello, la Universidad fijó en el Capítulo I CODIGO UBA I-10
normas que complementan el Reglamento para la provisión de cargos de
profesores regulares titulares, asociados y adjuntos de esta
Universidad, texto ordenado aprobado por Resolución (CS) 4362/2012, a
fin de permitir la sustanciación de los mencionados concursos.
Que las disposiciones contenidas en el artículo 909 CODIGO UBA I-10
tienen carácter transitorio y rigen hasta el 30 de junio de 2021.
Que, en virtud de lo expuesto y atento al contexto actual, resulta
necesario prorrogar la vigencia de las disposiciones del mencionado
artículo a efectos de garantizar la continuidad de la sustanciación de
los concursos de profesores y profesoras en la Universidad.
Lo aconsejado por la Comisión conjunta de Concursos e Interpretación y Reglamento.
Lo dispuesto por este Consejo Superior en su sesión del día 9 de junio de 2021.
Por ello, y en uso de sus atribuciones
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar la vigencia del artículo 909 CODIGO UBA I-10 hasta el 31 de marzo de 2022.
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese a las Consejeras y los Consejeros
superiores, a las Unidades Académicas, al Ciclo Básico Común, a los
Hospitales e Institutos Asistenciales, a los Establecimientos de
Enseñanza Secundaria, a la Auditoría General de la Universidad, a las
Secretarías del Rectorado y Consejo Superior y por su intermedio a
todas sus dependencias. Publíquese en el Boletín Oficial de la
República Argentina, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese.
Mariano Genovesi - Alberto Barbieri
e. 15/06/2021 N° 40703/21 v. 15/06/2021