REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES
Resolución 242/2021
Ciudad de Buenos Aires, 17/06/2021
VISTO:
La Ley Nº 25.191 y su Decreto Reglamentario Nº 453/01 de fecha 24 de
abril de 2001, la Resolución RENATRE N° 01/21, los Decretos DNU N° 260
de fecha 12 de marzo de 2020 y su modificatorio, Nº 297 de fecha 19 de
marzo de 2020, Nº 325 de fecha 31 de marzo de 2020, Nº 355 de fecha 11
de abril de 2020, Nº 408 de fecha 26 de abril de 2020, Nº 459 de fecha
10 de mayo de 2020, Nº 493 de fecha 24 de mayo de 2020, Nº 520/20 de
fecha 07 de junio de 2020 y Nº 576/20 de fecha 29 de junio de 2020, 605
del 18 de julio de 2020, 641 del 2 de agosto de 2020, 677 del 16 de
agosto de 2020, 714 del 30 de agosto de 2020, 754 del 20 de septiembre
de 2020, 792 del 11 de octubre de 2020, 814 del 25 de octubre de 2020,
875 del 7 de noviembre de 2020, 956 del 29 de noviembre de 2020, 985
del 10 de diciembre de 2020, 1033 del 20 de diciembre de 2020, 4 del 8
de enero de 2021, 67 del 29 de enero de 2021, 125 del 27 de febrero de
2021, 167 del 11 de marzo de 2021, 168 del 12 de marzo de 2021, 235 del
8 de abril de 2021, 241 del 15 de abril de 2021 y 287 del 30 de abril
de 2021, la Resolución MTEySS N° 279/20 de fecha 30 de Marzo de 2020,
las Resoluciones RENATRE Nº 86/20 de fecha 16 de marzo de 2020, Nº
87/20 de fecha 25 de marzo de 2020, Nº 88/20 de fecha 01 de abril de
2020, Nº 90/20 de fecha 13 de abril de 2020, Nº 91/20 de fecha 28 de
abril de 2020, Nº 94/20 de fecha 11 de mayo de 2020, Nº 97/20 de fecha
27 de mayo de 2020, Nº 102/20 de fecha 08 de junio de 2020, N°248/20 de
fecha 08/07/20 y el Acta de Directorio Nº 100/21 de fecha 10 de junio
de 2021, y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 25.191 dispuso la creación del REGISTRO NACIONAL DE
TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES —RENATRE— como ente autárquico de
derecho público no estatal, integrado por miembros de organizaciones de
todo el sector rural y cuya dirección está a cargo de representantes de
las entidades empresarias y sindicales de la actividad.
Que mediante Resolución RENATRE N° 01/2021 se designó al Sr. José
Antonio Voytenco (DNI N°16.063.139) como Presidente del REGISTRO
NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES (RENATRE).
Que en razón de la situación global provocada por el brote de
Coronavirus- COVID 19, declarado el 11 de marzo de 2020 como pandemia
por la Organización Mundial de la Salud (OMS), el Presidente de la
Nación mediante Decreto DNU N° 260/2020 de fecha 12 de marzo de 2020,
estableció la Emergencia Sanitaria en la Argentina por el plazo de un
(1) año.
Que en pos de cooperar con la protección de la salud de los
trabajadores, mediante Resolución RENATRE Nº 86/20 de fecha 16 de marzo
de 2020, el Cuerpo Directivo de Registro, dispuso el cese de
actividades presenciales de SEDE CENTRAL y DELEGACIONES PROVINCIALES
del REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES (RENATRE),
desde el 17 hasta el 20 de marzo del año 2020.
Que a tenor de la evolución de la situación epidemiológica del
CORONAVIRUS- COVID 19 y el avance en nuestro país, el Poder Ejecutivo
Nacional mediante Decreto DNU Nº 297 de fecha 19 de marzo de 2020,
declaró el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20
hasta el 31 de marzo inclusive, para todos los habitantes de la Nación,
prorrogando la vigencia de dicha medida hasta el 12 de abril, mediante
Decreto DNU Nº 325 de fecha 31 de marzo de 2020, hasta el 26 de abril,
mediante Decreto DNU Nº 355 de fecha 11 de abril de 2020, hasta el 10
de mayo, mediante Decreto DNU Nº 408/20 de fecha 26 de abril de 2020,
hasta el 24 de mayo, mediante Decreto DNU Nº459/20 de fecha 10 de mayo
de 2020, hasta el 8 de junio mediante Decreto DNU Nº 493/20 de fecha 24
de mayo de 2020.
Que a los fines de su debida reglamentación, el Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social, emitió la Resolución N° 297/20, mediante la
cual se dispensa del deber de asistencia al lugar de trabajo a aquellos
trabajadores y trabajadoras alcanzados por el “Aislamiento Social
Preventivo y Obligatorio” estableciendo además, que cuando sus tareas u
otras análogas puedan ser realizadas desde el lugar de aislamiento, se
deberá en el marco de la buena fe contractual, establecer con el
empleador las condiciones en que dicha labor será realizada.
Que en acatamiento a las citadas disposiciones, el Cuerpo Directivo del
RENATRE, oportunamente dispuso mediante las Resoluciones Nº 87/20 de
fecha 25 de marzo, Nº 88/20 de fecha 01 de abril, Nº 90/20 de fecha 13
de abril, Nº 91/20 de fecha 28 de abril , Nº 94/20 de fecha 11 de mayo
de 2020 y 97/20 de fecha 27 de mayo de 2020, la continuidad de la
modalidad laboral de teletrabajo para Sede Central y Delegaciones
Provinciales y la suspensión de los plazos administrativos, en los
términos establecidos por el Poder Ejecutivo.
Que finiquitados los plazos dispuestos, y en razón de la evolución
epidemiológica de la pandemia, el Poder Ejecutivo Nacional dictó el
decreto DNU Nº 520/20 de fecha 07 de junio de 2020, efectuando una
distinción respecto de aquellas zonas en donde no existe circulación
comunitaria, para las cuales regirá el “Distanciamiento Social,
Preventivo y Obligatorio” y a su vez, prorrogando la medida de
“Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio”, para aquella en donde
sí existe dicha circulación, hasta el 28 de junio inclusive.
Que en consonancia con lo citado precedentemente, el Cuerpo Directivo
del RENATRE, dispuso mediante Resolución Nº 102/20 de fecha 08 de junio
de 2020, la continuidad de la modalidad laboral de teletrabajo para
Sede Central y Delegaciones Provinciales de Necochea, Chaco, Misiones,
Santiago del Estero y Córdoba Norte, mientras que respecto al resto de
las Delegaciones Provinciales determinó la atención presencial mediante
guardias reducidas y rotativas de 4 horas, respetando el protocolo
establecido a tales fines, y señalando que dicha situación podrá verse
modificada en función de los avances o retrocesos de la situación
epidemiológica de cada jurisdicción, hasta el 28 de junio de 2020.
Que asimismo, se reanudaron los plazos administrativos que fueran
suspendidos oportunamente, a partir del día siguiente a la entrada en
vigencia de la mentada resolución.
Que en dicho marco, el Poder Ejecutivo Nacional dicta el Decreto Nº
576/20 de fecha 29 de junio de 2020, persistiendo con las medidas de
distanciamiento y restringiendo aun más, el aislamiento social
preventivo y obligatorio, en consonancia con los parámetros
epidemiológicos y sanitarios de cada jurisdicción, extendiendo su
vigencia hasta el 17 de julio inclusive.
Que por tal motivo, y a los fines de establecer una modalidad laboral
acorde al contexto excepcional imperante, el Cuerpo Directivo, mediante
Resolución N°248/20 de fecha 08/07/2020 decidió implementar la
modalidad combinada de teletrabajo y guardias reducidas y rotativas de
4 horas, para la Sede Central y Delegaciones Provinciales del RENATRE,
cuya vigencia se extenderá mientras prevalezcan las circunstancias
excepcionales que dieron origen a la misma, quedando sujeto a las
variables que sobrevengan en razón de la situación epidemiológica y
sanitaria de cada jurisdicción y respetando el protocolo establecido a
tales fines.
Que a tenor de la evolución de la situación epidemiológica del
CORONAVIRUS- COVID 19 y el avance en nuestro país, el Poder Ejecutivo
Nacional mediante Decreto DNU Nº 334/2021 de fecha 21 de mayo de 2021,
decretó la prórroga del decreto de necesidad y urgencia N° 287/21 y el
plazo establecido en su artículo 30, así como sus normas
complementarias, hasta el día 11 de junio de 2021 inclusive,
estableciendo Medidas Generales de Prevención, decretando que para los
Departamentos, Partidos o Aglomerados, que se encuentren en situación
de “Alto riesgo epidemiológico y sanitario” o en situación de “Alarma
epidemiológica y sanitaria”, de conformidad con lo establecido en el
artículo 3° del Decreto N° 287/21, se aplicarán, además de las
suspensiones de actividades y restricciones de circulación que rigen de
conformidad con el citado decreto para los lugares en alarma
epidemiológica, las medidas que el decreto propone, todo ello hasta el
día 30 de mayo de 2021 inclusive, y los días 5 y 6 de junio de 2021.
Que de conformidad con lo dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional,
las jurisdicciones provinciales y municipales de todo el país,
adoptaron medidas tendientes a dar cumplimiento a las disposiciones
impartidas por el Gobierno Nacional.
Que en virtud de las decisiones adoptadas por los gobiernos
provinciales en tal sentido, las Delegaciones provinciales del RENATRE
correspondientes a Neuquén, Santiago Del Estero, Formosa, Corrientes,
Santa Fe Sur, Santa Fe Norte, Chubut, Córdoba Sur han tenido que
alterar la modalidad de prestación de trabajo dispuesta por la
Resolución RENATRE N°248/20, debiendo retornar a la modalidad
teletrabajo, sin atención al público de forma presencial, desde el
31/05/2021 hasta el 04/06/2021 respecto de las primeras mencionadas y
desde el 02/06/2021 hasta el 11/06/2021 para la Delegación Córdoba Sur.
Que habiendo tomado conocimiento de ello, el Directorio del RENATRE, en
su reunión de fecha 10 de junio 2021, Acta 100/21 dispuso acatar las
respectivas disposiciones normativas dispuestas por el Gobierno
Nacional y los Gobiernos Provinciales, autorizando la prestación de
labores mediante teletrabajo en las Delegaciones Provinciales afectadas
por dichas medidas y determinando la suspensión de los plazos
administrativos en tales jurisdicciones, para todos aquellos tramites,
presentaciones y procedimientos que deban realizarse ante las mismas.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por los artículos 8° y 12° de la Ley N° 25.191.
Que la Gerencia del Seguro Social Rural, la Gerencia Administrativa,
Técnica y Jurídica la Subgerencia de Asuntos Jurídicos y la Secretaria
de Recursos Humanos del Registro han tomado la intervención que les
compete.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES (RENATRE)
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Implementar la modalidad de teletrabajo para las
Delegaciones Provinciales del RENATRE sitas en Neuquén, Santiago Del
Estero, Formosa, Corrientes, Santa Fe Sur, Santa Fe Norte y Chubut,
desde el 31/05/2021 hasta el 04/06/2021 inclusive, y la suspensión de
los plazos administrativos en dichas jurisdicciones por idéntico
período de tiempo.
ARTICULO 2°.- Implementar la modalidad de teletrabajo para la
Delegación Provincial del RENATRE sita Córdoba Sur, desde el 02/06/2021
hasta el 11/06/2021 inclusive y la suspensión de los plazos
administrativos en dicha jurisdicción por similar período de tiempo.
ARTICULO 3°.- Las medidas establecidas en los artículos precedentes se
dictan en el marco de lo dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional y
los respectivos Gobiernos Provinciales y la extensión de su vigencia
quedará sujeta a las futuras variables que sobrevengan en razón de la
situación epidemiológica y sanitaria de cada una de las jurisdicciones
afectadas por las medidas respectivas.
ARTICULO 4°: Regístrese en el Registro de Resoluciones del RENATRE.
Comuníquese. Publíquese. Dese a la Dirección Nacional del Registro
Oficial y archívese.
Orlando L. Marino - Jose A. Voytenco
e. 23/06/2021 N° 42961/21 v. 23/06/2021