MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución 291/2021
RESOL-2021-291-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 21/06/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-50819595- -APN-DNCJYMP#MSG del Registro
del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta
M.J y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016, la Resolución
del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828 del 27 de septiembre de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que ante el JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL Nº
11, a cargo del Doctor Julián Daniel ERCOLINI, Secretaría Nº 21,
tramita la causa Nº 20.197/2018, caratulada “SAVAL SORIA RENZO ALEXIS Y
OTROS SOBRE INFRACCIÒN LEY 23.737”, con intervención de la Fiscalía
Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 12, a cargo de la
Doctora Maria Alejandra MANGANO.
Que el titular del mencionado JUZGADO, Doctor Julián Daniel ERCOLINI,
mediante oficio de fecha 28 de mayo de 2021, solicitó a la DIRECCIÓN
NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS de este
Ministerio, se ofrezca una recompensa, destinada para aquellas personas
que sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles
que permitan lograr la aprehensión del imputado Raúl Martin MAYLLI
RIVERA, (alias DUMBO), de nacionalidad peruana, titular del D.N.I
peruano Nº 48.731.133, nacido el 02 de febrero de 1981, hijo de Antolio
MAYLLI y Olga Alicia RIVERA MELÉNDEZ , con últimos domicilios conocidos
en, platea 11, planta baja, departamento “3”, y piso 4to. Barrio Padre
Mujica, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, calle 7 s/n°, entre calles
Dante Alighieri y Loria, de la Localidad de Mariano Acosta, Partido de
Merlo, Provincia de Buenos Aires y calle Córdoba N° 2626, Localidad de
Martínez, Partido de San Isidro, Provincia de Buenos Aires, sobre quien
pesa orden de captura nacional desde el día 20 de mayo de 2021, e
internacional desde el día 28 de mayo de 2021.
Que el mencionado MAYLLI RIVERA, se le atribuye la dirección de una
organización criminal que actuaba de manera coordinada y con
distribución de roles en una estructura jerárquica, dedicada a la
comercialización de estupefacientes con entregas en diversos puntos de
esta ciudad, al menos desde noviembre de 2018 y hasta su
desbaratamiento el 24 de mayo del 2021, y con base en varios domicilios
en diversos puntos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de la
Provincia de Buenos Aires.
Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538, establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL,
hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de
este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en
el artículo 4° inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (t.o.
1992) y modificatorias, en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538,
en la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16, la
Resoluciones del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828/2019.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Ofrézcase recompensa dentro del territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000),
destinada para aquellas personas que sin haber intervenido en el hecho
delictual, brinden datos útiles que permitan lograr la aprehensión del
imputado Raúl Martin MAYLLI RIVERA, (alias DUMBO), de nacionalidad
peruana, titular del D.N.I peruano Nº 48.731.133, sobre quien pesa
orden de captura nacional desde el día 20 de mayo de 2021, e
internacional desde el día 28 de mayo de 2021.
ARTÍCULO 2°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán
comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN
PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA dependiente de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS de
este Ministerio, al número telefónico de acceso rápido 134.
ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este
Ministerio o en el lugar que designe la representante de esta Cartera
de Estado, previo informe del representante de la autoridad
interviniente sobre el mérito de la información brindada preservando la
identidad del aportante.
ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN
INSTITUCIONAL de este Ministerio, la difusión de la presente en medios
gráficos de circulación nacional.
ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Federales de Seguridad la
difusión y publicación, en todas sus formas, del afiche que obra como
IF-2021-51735622-APN-DNCJYMP#MSG, correspondiente a la recompensa
ofrecida, formando parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 6º.- La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Sabina Andrea Frederic
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 24/06/2021 N° 43169/21 v. 24/06/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)