JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN PÚBLICA
Resolución 9619/2021
RESOL-2021-9619-APN-SMYCP#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 24/06/2021
VISTO el EX-2020-60736991--APN-SSGOMP#JGM, el Decreto N°. 50 del 19 de
diciembre de 2019, sus modificatorios y complementarios, el Decreto N°
40 del 8 de enero de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que entre los objetivos asignados por el Poder Ejecutivo Nacional en el
Decreto 50/19 sus modificatorios y complementarios, esta SECRETARÍA DE
MEDIOS Y COMUNICACIÓN PÚBLICA se encuentra el de “(…) Intervenir en la
planificación y elaboración de contenidos audiovisuales y digitales, e
impulsar el uso de herramientas tecnológicas (…)”.
Que, asimismo, la SUBSECRETARÍA DE CONTENIDOS PÚBLICOS tiene entre sus
objetivos el de “(…) Intervenir en la promoción, organización y
participación de exposiciones, ferias, concursos, espectáculos y
muestras donde se difundan producciones nacionales e internacionales de
orden artístico, tecnológico, científico, educativo y cultural, con
criterio federal y en coordinación con organismos competentes (…)”.
Que, en ese marco esta Secretaría ha propiciado el concurso CREAR
“videojuegos de Argentina”, el cual registró más de un centenar de
inscriptos, otorgándose menciones a los veinte proyectos más
sobresalientes de esa primera edición.
Que en esa primera experiencia se han generado contenidos de gran
variedad de temáticas como la soberanía sobre nuestras islas Malvinas,
derechos humanos, educación sexual integral, historia de la
independencia argentina, soberanía alimentaria, entre otros.
Que en esa línea se continuo con un segundo llamado a convocatoria para
el concurso CREAR en perspectiva de género, diversidad e inclusión, el
cual, convocó una vez más a una gran cantidad de concursantes que se
sumaron a la propuesta de generación de contenidos lúdicos educativos.
Que, por tal motivo, resulta auspicioso promover una nueva convocatoria
del concurso CREAR VIDEOJUEGOS PARA LAS INFANCIAS con el objetivo de
fomentar el desarrollo de contenidos lúdicos orientados a niños y
niñas, que aborden temáticas educativas que se encuentren basados en
las series y artísticas del canal PAKAPAKA.
Que, en ese sentido, esta nueva convocatoria se encuentra orientada a
la producción de contenidos lúdicos educativos, a través del apoyo
financiero de proyectos que tengan por finalidad la realización de un
videojuego inédito y original.
Que la convocatoria que se propone ha requerido la confección de un
reglamento técnico de bases y condiciones, donde se define con
precisión el marco general y los objetivos de la misma, su jurado, el
universo de participantes, la forma y plazos de inscripción, el proceso
de evaluación y selección, las obligaciones de los participantes y los
términos relativos a la difusión, publicidad y derechos intelectuales
de los contenidos generados.
Que, por ello, resulta oportuno aprobar la convocatoria para el
concurso CREAR “videojuegos para las infancias”, conjuntamente con el
reglamento de bases y condiciones y su declaración jurada.
Que la DIRECCIÓN TECNICO ADMINISTRATIVA DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN PÚBLICA ha tomado la intervención de su competencia.
Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN PÚBLICA ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y
facultades otorgada por el Decreto Nº 50/2019 y sus modificatorios y el
Decreto N° 40/2020.
Por ello,
EL SECRETARIO DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
ARTICULO 1°. – Apruébase la convocatoria para la realización del
concurso CREAR “videojuegos para las infancias”, de conformidad con su
reglamento técnico de bases y condiciones.
ARTÍCULO 2°. - Apruébase el Reglamento de bases y condiciones
correspondiente al concurso CREAR “videojuegos para las infancias”
conjuntamente a su declaración jurada que, como Anexo I
(IF-2021-55695487-APN-SSCPU#JGM), y ANEXO II
(IF-2021-55696082-APN-SSCPU#JGM), respectivamente, forman parte de la
presente resolución.
ARTICULO 3º. - Destínase la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000.-)
a la atención del pago de los premios y menciones especiales detallados
en el punto VI del reglamento de bases y condiciones.
ARTICULO 4°. – Desígnase a la SUBSECRETARÍA DE CONTENIDOS PÚBLICOS,
como autoridad de aplicación e interpretación del reglamento técnico de
bases y condiciones, y facúltasela para dictar las normas de carácter
operativo y/o interpretativo que resulten necesarias para su
implementación, con intervención de las áreas técnicas pertinentes
dependientes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN OPERATIVA DE MEDIOS
PÚBLICOS.
ARTICULO 5°. – El gasto que demande la presente medida se atenderá con
cargo a la Partida 5.1.4 – Ayudas sociales a personas, de la Categoría
Programática 75 - Acciones para la federalización de la comunicación
pública y de los contenidos, de este SAF 347 – Secretaría de Medios y
Comunicación Pública.
ARTÍCULO 6°. - La presente Resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 7°. – Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.
Juan Francisco Meritello
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 28/06/2021 N° 44301/21 v. 28/06/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)