MINISTERIO DE CULTURA
Resolución 787/2021
RESOL-2021-787-APN-MC
Ciudad de Buenos Aires, 25/06/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-53102788- -APN-DGD#MC, la Ley de
Ministerios N° 22.520 (Texto Ordenado Decreto N° 438/92 y sus
modificatorias), el Decreto N° 50 de fecha 20 de diciembre de 2019 y
sus modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que entre los objetivos asignados al MINISTERIO DE CULTURA por la Ley
de Ministerios N° 22.520 (Texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus
modificatorios) se encuentran los de: “Entender en la formulación y
ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos de la
jurisdicción destinadas a estimular y favorecer a las culturas en todas
sus formas”, e “Implementar las políticas de difusión de los hechos
culturales dentro y fuera del país.”
Que, de conformidad con las disposiciones del Decreto N° 50/2019 y sus
modificatorios, la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL tiene como
objetivo, entre otros: “Proponer y gestionar estrategias para la
investigación del Patrimonio Cultural de la Nación y coordinar su
instrumentación, contribuyendo a la promoción de la cultura y la
formación ciudadana”.
Que, a su vez, en virtud del precitado decreto, la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN DE ESPACIOS Y PROYECTOS ESPECIALES tiene a su cargo: “Asistir
al/a la Ministro/a en todo lo inherente a las expresiones culturales,
artísticas, educativas y formativas y aquellas vinculadas a la
divulgación del conocimiento que el MINISTERIO DE CULTURA propicie
difundir a través de exposiciones, parques temáticos u otros” y
“Entender en la promoción y desarrollo de espacios de participación
abierta de acceso a las expresiones culturales, tecnológicas,
científicas, educativas y artísticas”.
Que, en línea con tales objetivos, resulta adecuado instituir, a través
de la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL y la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN
DE ESPACIOS Y PROYECTOS ESPECIALES de este Ministerio, una Convocatoria
denominada “Becas Proyecto Ballena a la Investigación Artística 2021”,
destinada a fomentar la realización de proyectos de investigación y
creación, mediante la adjudicación de becas para artistas de todas las
disciplinas y de todo el país.
Que en consecuencia corresponde aprobar las Bases y Condiciones para la
convocatoria, que como ANEXO I (IF-2021-56641312-APN-SPC#MC) forma
parte integrante de la presente medida.
Que, a los efectos de facilitar la instrumentación de la Convocatoria,
la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL será la autoridad de aplicación e
interpretación de sus bases y condiciones, encontrándose facultada para
dictar las normas de carácter operativo o interpretativo que resulten
necesarias para su implementación.
Que el gasto que demande la presente, será imputado con cargo a las
partidas presupuestarias asignadas mediante la Ley Nº 27.591 de
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2021 y distribuido por la Decisión Administrativa N° 4 de fecha 15 de
enero de 2021 (DECAD-2021-4-APN-JGM).
Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y
facultades otorgadas mediante la Ley de Ministerios N° 22.520 (Texto
ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorios) y las facultades
conferidas por el artículo 1º, inciso g) del Decreto Nº 101/85 y
Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios.
Por ello,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Aprobar la Convocatoria denominada “Becas Proyecto
Ballena a la Investigación Artística 2021”, conforme a las Bases y
Condiciones que como ANEXO I (IF-2021-56641312-APN-SPC#MC) forma parte
integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Destinar la suma de PESOS DOS MILLONES ($2.000.000.-),
distribuidos en DIEZ (10) becas de PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000.)
cada una.
ARTICULO 3°.- Establecer como fecha de apertura de la Convocatoria
aprobada por el artículo 1°, el segundo día hábil siguiente a la
publicación del presente acto en el Boletín Oficial.
ARTICULO 4°.- La SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL será la autoridad de
aplicación e interpretación de las bases y condiciones de la
Convocatoria “Becas Proyecto Ballena a la Investigación Artística 2021”
aprobada por el artículo 1°, encontrándose facultada para dictar las
normas de carácter operativo o interpretativo que resulten necesarias
para su implementación.
ARTICULO 5°.- El gasto que demande la presente medida se atenderá con
cargo a las partidas presupuestarias correspondientes a la JURISDICCIÓN
72 - MINISTERIO DE CULTURA.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese.
Tristán Bauer
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 28/06/2021 N° 44300/21 v. 28/06/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)