Resolución 309/2021
RESOL-2021-309-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 25/06/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-47466544- -APN-DNCJYMP#MSG del Registro
del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta
M.J y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016, la Resolución
del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828 del 27 de septiembre de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que ante la UNIDAD FISCAL N° 1 DE CONCEPCIÓN DEL URUGUAY, de la
Provincia de Entre Ríos, a cargo del Doctor Juan Pablo GILE, tramitan
las actuaciones N° 1840/13, caratulada en primera instancia “RÍOS
RAMIRO OMAR S/ACTUACIONES PARA ESTABLECER PARADERO” recaratulada
“GEORGE RICARDO MARIO S/HOMICIDIO AGRAVADO POR ALEVOSIA”.
Que el titular de la mencionada UNIDAD FISCAL, Doctor Juan Pablo GILE,
mediante oficio de fecha 06 de mayo de 2021, solicitó a la DIRECCIÓN
NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS de este
Ministerio, se ofrezca una recompensa, destina a aquellas personas que,
sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que
permitan dar con el paradero y/o establecer lo sucedido en el hecho
investigado respecto de Ramiro Omar RÍOS, Argentino, titular del D.N.I.
N° 28.004.941, nacido el 15 de noviembre de 1980, soltero, hijo de Omar
Patricio RIOS y de Teresa del Carmen LLARREA, con último domicilio
conocido en la localidad de Caseros Provincia de Entre Ríos.
Que, el mencionado RÍOS, el día 01 de mayo de 2013, se encontraba en el
bar “El Estribo” situado en calle 8 y 23 de la localidad de Caseros,
Provincia de Entre Ríos, permaneciendo en el local hasta el momento de
su cierre aproximadamente las 14:00 horas, y se retiró del lugar siendo
llevado por Ricardo Mario GEORGE, en su camioneta marca Peugeot modelo
504, dominio TXW-904, supuestamente con destino a la localidad de San
Justo, y a partir de ese momento, no se pudo establecer más su paradero.
Que las características físicas del mencionado RÍOS son de contextura
robusta, 1,70 metros de altura aproximadamente, cabello castaño oscuro,
tez trigueña, ojos de color marrones. Asimismo se detalla que en ambos
brazos tatuados, en uno de ellos tiene tatuada una muñeca.
Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538, establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL,
hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de
este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en
el artículo 4° inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (t.o.
1992) y modificatorias, en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538,
en la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16, y en
la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828/2019.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Ofrézcase como recompensa dentro del territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS UN MILLON ($1.000.000), destinada
a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual,
brinden datos útiles que permitan dar con el paradero y/o establecer lo
sucedido en el hecho investigado respecto de Ramiro Omar RÍOS,
argentino, titular del D.N.I. N° 28.004.941, quien fue vista por última
vez día el día 01 de mayo de 2013.
(Nota Infoleg: Ver Resolución N° 812/2023 del Ministerio de Seguridad que dispone el incremento de la recompensa oportunamente
ofrecida en la presente Resolución.
Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.)
ARTÍCULO 2°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán
comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN
PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA dependiente de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS de
este Ministerio, al número telefónico de acceso rápido 134.
ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este
Ministerio o en el lugar que designe la representante de esta Cartera
de Estado, previo informe del representante de la autoridad
interviniente sobre el mérito de la información brindada preservando la
identidad del aportante.
ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN
INSTITUCIONAL de este Ministerio, la difusión de la presente en medios
gráficos de circulación nacional.
ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Federales de Seguridad la
difusión y publicación en todas sus formas del afiche que obra como
(IF-2021-49378291-APN-DNCJYMP#MSG), correspondiente a la recompensa
ofrecida, formando parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 6º.- La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Sabina Andrea Frederic
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 29/06/2021 N° 44701/21 v. 29/06/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)