MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 310/2021

RESOL-2021-310-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 25/06/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-49751429- -APN-DNCJYMP#MSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016, la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828 del 27 de septiembre de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que ante la UNIDAD FUNCIONAL DE INSTRUCCIÓN Y JUICIO N° 1 del DEPARTAMENTO JUDICIAL DE MORENO, GENERAL RODRIGUEZ, Provincia de Buenos Aires, a cargo del Doctor Leandro Nicolás VENTRICELLI, tramita la IPP PP-19-00-31881-19/00, caratulada “LEANDRO MARTÍNEZ S/ABUSO SEXUAL AGRAVADO”, con intervención del JUZGADO DE GARANTÍAS N° 1, del mencionado Departamento Judicial.

Que el titular de la mencionada UNIDAD FUNCIONAL, Doctor Leandro Nicolás VENTRICELLI, mediante oficio de fecha 06 de mayo de 2021, solicitó a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS de este Ministerio, se ofrezca una recompensa, destinada a aquellas personas que brinden datos útiles que permitan lograr la aprehensión del imputado Leandro Sebastián MARTÍNEZ, argentino, titular del D.N.I. N° 26.800.160, hijo de Jorge Luis MARTINEZ, y de SILVIA SUSANA RODRÍGUEZ, con último domicilio conocido sito en Lote N° 118, del Barrio Privado “Weston” ubicado en calle Almafuerte N° 1540, Localidad de Francisco Álvarez Partido de Moreno Provincia de Buenos Aires, sobre quien pesa orden de captura nacional desde el día 24 de enero de 2020, e internacional desde el día 25 de febrero de 2020.

Que el mencionado MARTÍNEZ, se encuentra imputado por los delitos de abuso sexual agravado que por las circunstancias de su realización y su duración en el tiempo configuraron un sometimiento gravemente ultrajante y por la condición de ser encargado de la guarda de la víctima menor de 13 años (hecho I) y abuso sexual agravado que por las circunstancias de su realización y su duración en el tiempo configuraron un sometimiento gravemente ultrajante (hechos II, III, IV, V y VI), todos ellos en concurso real con corrupción de menores agravada (arts. 45, 55, 119 segundo párrafo y cuarto párrafo inciso b y 125 segundo párrafo del Código Penal).

Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538, establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.

Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en el artículo 4° inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y modificatorias, en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538, en la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16, la Resoluciones del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828/2019.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Ofrézcase como recompensa dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS UN MILLON ($1.000.000), destinada a aquellas personas que brinden datos útiles que permitan lograr la aprehensión de Leandro Sebastián MARTÍNEZ, argentino, titular del D.N.I. N° 26.800.160, sobre quien pesa orden de captura nacional desde el día 24 de enero de 2020, e internacional desde el día 25 de febrero de 2020.

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 289/2022 del Ministerio de Seguridad B.O. 19/5/2022 se dispone el incremento de la recompensa oportunamente ofrecida mediante la presente Resolución a la suma total de PESOS CUATRO MILLONES ($4.000.000), destinada a aquellas personas que brinden datos útiles que permitan lograr la aprehensión de Leandro Sebastián MARTÍNEZ, argentino, titular del D.N.I. N° 26.800.160, sobre quien pesa orden de captura nacional desde el día 24 de enero de 2020, e internacional desde el día 25 de febrero de 2020. Vigencia: a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.)

ARTÍCULO 2°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS de este Ministerio, al número telefónico de acceso rápido 134.

ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe la representante de esta Cartera de Estado, previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información brindada preservando la identidad del aportante.

ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL de este Ministerio, la difusión de la presente en medios gráficos de circulación nacional.

ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Federales de Seguridad la difusión y publicación, en todas sus formas, del afiche que obra como IF-2021-50220498-APN-DNCJYMP#MSG, correspondiente a la recompensa ofrecida, formando parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 6º.- La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Sabina Andrea Frederic

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 29/06/2021 N° 44697/21 v. 29/06/2021

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)