Resolución 310/2021
RESOL-2021-310-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 25/06/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-49751429- -APN-DNCJYMP#MSG del Registro
del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta
M.J y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016, la Resolución
del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828 del 27 de septiembre de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que ante la UNIDAD FUNCIONAL DE INSTRUCCIÓN Y JUICIO N° 1 del
DEPARTAMENTO JUDICIAL DE MORENO, GENERAL RODRIGUEZ, Provincia de Buenos
Aires, a cargo del Doctor Leandro Nicolás VENTRICELLI, tramita la IPP
PP-19-00-31881-19/00, caratulada “LEANDRO MARTÍNEZ S/ABUSO SEXUAL
AGRAVADO”, con intervención del JUZGADO DE GARANTÍAS N° 1, del
mencionado Departamento Judicial.
Que el titular de la mencionada UNIDAD FUNCIONAL, Doctor Leandro
Nicolás VENTRICELLI, mediante oficio de fecha 06 de mayo de 2021,
solicitó a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS
PÚBLICOS de este Ministerio, se ofrezca una recompensa, destinada a
aquellas personas que brinden datos útiles que permitan lograr la
aprehensión del imputado Leandro Sebastián MARTÍNEZ, argentino, titular
del D.N.I. N° 26.800.160, hijo de Jorge Luis MARTINEZ, y de SILVIA
SUSANA RODRÍGUEZ, con último domicilio conocido sito en Lote N° 118,
del Barrio Privado “Weston” ubicado en calle Almafuerte N° 1540,
Localidad de Francisco Álvarez Partido de Moreno Provincia de Buenos
Aires, sobre quien pesa orden de captura nacional desde el día 24 de
enero de 2020, e internacional desde el día 25 de febrero de 2020.
Que el mencionado MARTÍNEZ, se encuentra imputado por los delitos de
abuso sexual agravado que por las circunstancias de su realización y su
duración en el tiempo configuraron un sometimiento gravemente
ultrajante y por la condición de ser encargado de la guarda de la
víctima menor de 13 años (hecho I) y abuso sexual agravado que por las
circunstancias de su realización y su duración en el tiempo
configuraron un sometimiento gravemente ultrajante (hechos II, III, IV,
V y VI), todos ellos en concurso real con corrupción de menores
agravada (arts. 45, 55, 119 segundo párrafo y cuarto párrafo inciso b y
125 segundo párrafo del Código Penal).
Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538, establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL,
hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de
este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en
el artículo 4° inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (t.o.
1992) y modificatorias, en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538,
en la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16, la
Resoluciones del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828/2019.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Ofrézcase como recompensa dentro del territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS UN MILLON ($1.000.000), destinada
a aquellas personas que brinden datos útiles que permitan lograr la
aprehensión de Leandro Sebastián MARTÍNEZ, argentino, titular del
D.N.I. N° 26.800.160, sobre quien pesa orden de captura nacional desde
el día 24 de enero de 2020, e internacional desde el día 25 de febrero
de 2020.
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 289/2022
del Ministerio de Seguridad B.O. 19/5/2022 se dispone el incremento de
la recompensa oportunamente
ofrecida mediante la presente Resolución a la suma total de PESOS
CUATRO MILLONES ($4.000.000), destinada a aquellas personas que brinden
datos útiles que permitan lograr la aprehensión de Leandro Sebastián
MARTÍNEZ, argentino, titular del D.N.I. N° 26.800.160, sobre quien pesa
orden de captura nacional desde el día 24 de enero de 2020, e
internacional desde el día 25 de febrero de 2020. Vigencia: a partir de
su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.)
ARTÍCULO 2°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán
comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN
PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA dependiente de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS de
este Ministerio, al número telefónico de acceso rápido 134.
ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este
Ministerio o en el lugar que designe la representante de esta Cartera
de Estado, previo informe del representante de la autoridad
interviniente sobre el mérito de la información brindada preservando la
identidad del aportante.
ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN
INSTITUCIONAL de este Ministerio, la difusión de la presente en medios
gráficos de circulación nacional.
ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Federales de Seguridad la
difusión y publicación, en todas sus formas, del afiche que obra como
IF-2021-50220498-APN-DNCJYMP#MSG, correspondiente a la recompensa
ofrecida, formando parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 6º.- La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Sabina Andrea Frederic
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 29/06/2021 N° 44697/21 v. 29/06/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)