Disposición 19/2021
DI-2021-19-APN-SSCRYF#MS
Ciudad de Buenos Aires, 25/06/2021
VISTO el EX-2021-36221622-APN-DNTHYC#MS, la Ley N° 22.127 de fecha 28
de diciembre de 1979, sus modificatorias y complementarias y; la
Decisión Administrativa N° 384 de fecha 19 de abril de 2021, las
Resoluciones Ministeriales N° 450 de fecha 7 de abril de 2006, N° 1922
de fecha 13 de diciembre de 2006 y N° 1342/2007 de fecha 10 de octubre
de 2007 y la Disposición N° 104/2015 de fecha 24 de noviembre de 2015
de la ex SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN y la
Disposición N° 66 de fecha 22 de agosto de 2020 de la SUBSECRETARÍA DE
CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN; y
CONSIDERANDO:
Que la planificación, capacitación y distribución equitativa de los
equipos de salud, son un componente central en la política sanitaria
del MINISTERIO DE SALUD.
Que las residencias del equipo de salud configuran el mejor sistema de
formación de especialistas de posgrado, ofreciendo la posibilidad de
profundizar en un área de conocimientos, al tiempo que se realiza una
práctica intensiva en escenarios de aprendizaje.
Que, a través de las Resoluciones Ministeriales N° 450/2006 y N°
1342/2007 se crea el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS
DEL EQUIPO DE SALUD (SNARES) con el objeto de preservar la calidad de
la formación, estableciendo criterios básicos para la evaluación de las
residencias, los integrantes del sistema y los registros
correspondientes.
Que, la mencionada Resolución Ministerial N° 450/2006 establece la
rectoría del CONSEJO FEDERAL DE SALUD –COFESA- sobre dicho sistema, con
el objeto de definir e impulsar las políticas y estrategias a seguir en
la formación de los recursos humanos.
Que, asimismo, se determina que el Sistema Nacional de Acreditación de
Residencias del Equipo de Salud sea presidido por la ex SUBSECRETARÍA
DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN, quien diseña las acciones
para concretar, a través de la ex DIRECCIÓN NACIONAL DE POLÍTICAS DE
RECURSOS HUMANOS EN SALUD, las políticas consensuadas en el CONSEJO
FEDERAL DE SALUD -COFESA-.
Que, paralelamente, actúa como Coordinador el COMITÉ TÉCNICO, integrado
por representantes jurisdiccionales y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA
NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, que está
conformada por Entidades representativas del sector, conforme lo
establecido por Resolución Ministerial Nº 450 de fecha 7 de abril de
2006 y sus modificatorias.
Que, actualmente, el Sistema Nacional de Acreditación de Residencias
del Equipo de Salud (SNARES) funciona en la órbita de la SUBSECRETARÍA
DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN, a través de la coordinación
operativa de la DIRECCIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO Y CONOCIMIENTO.
Que, por otra parte, el Sistema Nacional de Acreditación de Residencias
del Equipo de Salud (SNARES) incluye una diversidad de entidades
evaluadoras como actores relevantes en el proceso de evaluación externa.
Que a través de la Decisión Administrativa 384 de fecha 19 de abril de
2021 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel
operativo del MINISTERIO DE SALUD.
Que la mencionada Decisión Administrativa aprobó en la órbita de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO Y CONOCIMIENTO a la DIRECCIÓN DE
TALENTO HUMANO y dentro de esta última a la COORDINACIÓN DE FORMACIÓN
DE PERSONAL DE LA SALUD.
Que la mencionada Coordinación tiene entre las acciones establecidas
Coordinar el Sistema Nacional de Acreditación de Residencias del Equipo
de Salud creada por las Resoluciones Ministeriales N° 450/2006 y N°
1342/2007, a fin de evaluar las sedes de residencia por medio de
estándares de acreditación que propicien la calidad de la formación en
servicio y a su vez asistir técnicamente a las Entidades Evaluadoras en
relación a una correcta utilización de los instrumentos de evaluación
para la acreditación de sedes de residencia.
Que el proceso de acreditación se orienta a garantizar la calidad del sistema de formación de residencias del equipo de salud.
Que la planificación, capacitación y distribución equitativa de los
equipos de salud, son un componente central en la política sanitaria de
este MINISTERIO.
Que la Disposición Nº 104 de fecha 24 de noviembre de 2015 de la
entonces SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN, aprobó
los Estándares Nacionales y Contenidos Transversales, para la
Acreditación de Residencias del Equipo de Salud y los formularios para
la evaluación de residencias del equipo de salud (Instrumento Nacional
de Residencias del Equipo de Salud, Encuesta de Residentes y Guía para
los Evaluadores), que definen los criterios mínimos para la formación y
el funcionamiento de las residencias, refrendados por la COMISIÓN
TÉCNICA INTERJURISDICCIONAL y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL
DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD.
Que por Disposición N° 66 de fecha 20 de agosto de 2020 de la
SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN se aprobaron los
requisitos para solicitar la acreditación de residencias en los
establecimientos formadores y se establecieron los requisitos para la
apertura de residencias.
Que las normas antes citadas establecen una diversidad de acciones
técnico administrativas y de gestión y requieren la articulación de una
multiplicidad de actores para alcanzar los resultados esperados del
proceso de acreditación.
Que el escenario de formación de especialistas se ha reconfigurado y
presenta nuevos desafíos para el Sistema Nacional de Acreditación de
Residencias del Equipo de Salud (SNARES), lo cual requiere una mirada
técnica que impulse y realice un seguimiento preciso del mismo.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO Y CONOCIMIENTO entiende
dicho escenario formativo en el marco de los lineamientos actuales de
políticas sanitarias, poniendo en valor el fortalecimiento del Sistema
Nacional de Residencias del Equipo de Salud (SNARES).
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO Y CONOCIMIENTO está
realizando una revisión de procesos técnicos y administrativos del
Sistema Nacional de Acreditación de Residencias del Equipo de Salud
(SNARES) para que puedan adaptarse al nuevo contexto social, sanitario
y de la Administración Pública Nacional.
Que la priorización de metas establecidas por la DIRECCIÓN NACIONAL DE
TALENTO HUMANO Y CONOCIMIENTO se centra en el desarrollo de nuevos
lineamientos metodológicos y estrategias formativas que aseguren la
calidad, mejoren y fortalezcan el Sistema Nacional de Acreditación de
Residencias del Equipo de Salud.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO Y CONOCIMIENTO reconoce la
complejidad de las actividades implicadas en los procesos antes
mencionados, siendo indispensable articular con la diversidad de
actores del Sistema, jurisdicciones e instituciones involucradas en
cada una de las instancias del proceso de acreditación y re
acreditación, así como también, la necesidad de diagnóstico y
planificación de recursos específicos para su concreción.
Que, de acuerdo con lo anterior, la DIRECCIÓN NACIONAL DE TALENTO
HUMANO Y CONOCIMIENTO entiende que resulta sustantivo la creación de un
Grupo de Trabajo de Acreditación del Sistema Nacional de Residencias
del Equipo de Salud (GT-SNARES) que asuma el desarrollo y supervisión
de los procesos involucrados, genere y aporte tecnologías para la
mejora del Sistema.
Que el Grupo de Trabajo que se crea por la presente medida, podrá
diseñar y planificar estrategias para el monitoreo de procesos del
Sistema Nacional de Acreditación de Residencias del Equipo de Salud
(SNARES) contemplando requerimientos y necesidades según
especialidades. Así también elaborar protocolos y definir
procedimientos dentro del marco jurídico vigente, proponiendo el
dictado de actos administrativos correspondientes.
Que el Grupo de Trabajo definirá líneas de acción para el trabajo
colaborativo con otras áreas de este MINISTERIO, jurisdicciones e
instituciones para el fortalecimiento de procesos relativos a la
Acreditación de Residencias del Equipo de Salud; así como también, para
alcanzar mejoras respecto al diseño e implementación de estrategias
innovadoras en el contexto de las necesidades sanitarias emergentes y
las oportunidades que facilitan nuevos marcos teóricos y nuevas
tecnologías.
Que la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN, considera
oportuno dictar una serie de medidas para garantizar la aplicación del
SISTEMA NACIONAL DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, por lo que afirma
la necesidad de la creación de un Grupo de Trabajo.
Que a los fines de otorgar agilidad, precisión e inmediatez en la
tramitación de los distintos expedientes y analizar las situaciones de
alta complejidad advertidas, se propicia mediante el dictado de la
presente medida, una nueva modalidad de trabajo mediante la creación de
un Grupo de Trabajo constituido por representantes de la DIRECCIÓN
NACIONAL DE TALENTO HUMANO Y CONOCIMIENTO, e instituciones invitadas ad
hoc a los fines de concretar las actividades propuestas.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Resolución Ministerial N° 450 de fecha 7 de abril de 2006.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Créase el Grupo de Trabajo de Acreditación del Sistema
Nacional de Residencias del Equipo de Salud (GT-SNARES) en la órbita de
la DIRECCIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO Y CONOCIMIENTO dependiente de
la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN.
ARTÍCULO 2°.- Establécese que el Grupo de trabajo creado en el ARTÍCULO
1° será integrados/as por agentes designados/as por el/la titular de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO Y CONOCIMIENTO, pudiendo invitarse
a agentes de otras áreas del MINISTERIO e instituciones designadas ad
hoc para las actividades de su competencia.
ARTÍCULO 3°.- Establécese como responsable del Grupo de Trabajo creado
en el ARTÍCULO 1° a la Licenciada Gladys María SKOUMAL (DNI 14.263.689).
ARTÍCULO 4°.- Dispóngase que las/los integrantes de grupo de trabajo
creado en la presente desarrollaran sus objetivos con carácter ad
honorem.
ARTÍCULO 5°.- El Grupo de Trabajo tendrá como objetivos generales:
a. Contribuir con el fortalecimiento del Sistema Nacional de Acreditación de Residencias del Equipo de Salud (SNARES).
b. Gestionar procesos y tecnologías para vehiculizar los procesos de
acreditación de acuerdo al contexto y prioridades del sistema sanitario.
c. Gestionar y elaborar dispositivos y materiales para el
fortalecimiento de las actividades de los distintos actores del Sistema
Nacional de Acreditación de Residencias del Equipo de Salud (SNARES) de
acuerdo a diferentes contextos.
d. Adaptar y rediseñar estrategias y mecanismos de evaluación y
acreditación según necesidades del contexto y crecimiento del Sistema
Nacional de Acreditación de Residencias del Equipo de Salud (SNARES)
ARTÍCULO 6°.- El presente acto administrativo no implica erogación presupuestaria.
ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese.
Alejandro Salvador Costa
e. 29/06/2021 N° 44615/21 v. 29/06/2021