MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN
Resolución 360/2021
RESOL-2021-360-APN-MCT
Ciudad de Buenos Aires, 25/06/2021
VISTO el EX-2021-54956740- -APN-DDYGD#MCT, la Ley N° 25.467, el Decreto
N°50, del 19 de diciembre de 2019 y su modificatorio Decreto N°606, del
10 de julio de 2020; y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con las competencias asignadas por el Decreto N°
50/2019 la SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y POLÍTICAS EN CIENCIA,
TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN (SPyPCTeI) del MINISTERIO DE CIENCIA,
TENCOLOGÍA E INNOVACIÓN (MINCyT) debe formular las políticas y
planificar el desarrollo de la tecnología como instrumento para
fortalecer la capacidad del país para dar respuesta a problemas
sectoriales y sociales.
Que la SPyPCTeI debe asimismo realizar estudios que promuevan el
desarrollo de la ciencia, la tecnología y la innovación en el país, y
debe formular las políticas y establecer los mecanismos, instrumentos e
incentivos necesarios para que el sector privado contribuya con
recursos a las actividades e inversiones en el campo científico,
tecnológico e innovativo.
Que de conformidad con las previsiones de la Ley N° 25.467 la SPyPCTeI
se encuentra impulsando el desarrollo del Plan Nacional de Ciencia,
Tecnología e Innovación 2030 (PNCTI 2030); el cual se constituirá como
el instrumento central de la política de ciencia, tecnología e
innovación y atenderá: el establecimiento de líneas estratégicas, la
fijación de prioridades y el diseño, y desarrollo de programas
nacionales, sectoriales, regionales y especiales (crf. artículo 9 y 20).
Que en el marco del documento preliminar del PNCTI 2030 ya se ha
definido como focos de las estrategias de intervención los grandes
problemas de carácter social, productivo y ambiental, que suelen ser
llamados “retos o desafíos nacionales”, dentro de los cuales se
encuentran temas como salud, pobreza o desarrollo sustentable e
inclusivo, los cuales configuran nuevas lógicas y modalidades de
intervención sistémica.
Que se encuentra documentado que el mestizaje es la principal
característica que define la población de Argentina y de otros países
latinoamericanos y que, esta mezcla no es sólo genética, sino que
también tiene que ser vista como un fenómeno socio-cultural, donde el
estilo de vida, los hábitos alimentarios y el acceso a la Salud
Pública, entre otros aspectos, configuran el entorno en el que
evolucionan muchas enfermedades.
Que la investigación del genoma humano ha logrado demostrar que la
aparición de la mayoría de las enfermedades está condicionada por las
características genéticas de cada individuo y su interacción con el
medio ambiente. En efecto, las variantes genéticas influyen en la
propensión a padecer enfermedades complejas como el cáncer, trastornos
neurodegenerativos, y desórdenes comunes tales como diabetes,
hipertensión y obesidad. Lo que también impacta en la respuesta a
algunos medicamentos y la aparición de efectos adversos de éstos.
Que estas características únicas del individuo y la población hacen que
la investigación biomédica realizada en otros países pueda no ser
extrapolada de forma directa a la población argentina y que resulte
estratégica la generación de un Programa Nacional que beneficie de
manera inclusiva a la población argentina con los adelantos propios de
la medicina de precisión y biomedicina y la salud del siglo XXI.
Que el documento preliminar del PNCTI 2030 definió la necesidad de
contar con un “Estado protector y emprendedor” para orientan y
garantizar las necesidades económicas, sociales, de diversidad cultural
y ambientales de la Nación.
Que esta política que fue ratificada por el MINCYT como producto de la
pandemia, a través del impulso de políticas destinadas a solucionar
demandas estratégicas. Y una vez más fue evidente la necesidad de
recuperar capacidades para contar con un Estado activo, robusto y
articulado.
Que tal como se establece en el documento preliminar del PNCTI 2030 la
“ciencia y tecnología al servicio del Estado” se codifica como la
fórmula de máxima efectividad para una intervención confiable, de
calidad y segura para la provisión de bienes y servicios públicos.
Que el documento preliminar del PNCTI 2030 ha consignado asimismo que
el abordaje de los “retos o desafíos nacionales” requieren la
convergencia de perspectivas diversas, propias del abordaje de
problemas complejos, la coordinación de múltiples actores
institucionales, empresariales y de la sociedad civil, y la
implementación de formas integrales de gestión que viabilicen la
evolución de procesos de aprendizaje y acumulación de las capacidades
institucionales, organizacionales y científico-tecnológicas necesarias
para alcanzar las metas y resultados concertados.
Que, como antecedente de la medida que por la presente se impulsa, es
pertinente reconocer los avances realizados por distintos grupos de
investigación en el marco del proyecto “Banco Nacional de muestras
biológicas: una herramienta esencial para el desarrollo de proyectos de
investigación en el campo de la medicina de precisión”; que contó con
un financiamiento concursado en la convocatoria FsBio 2017 (FONARSEC) y
posee equipamiento de referencia para la investigación genómica humana
de vanguardia, a través del Instituto de Investigaciones Biomédicas en
Retrovirus y SIDA (INBIRS) - Universidad de Buenos Aires (UBA).
Que para atender los objetivos que se establecen en la presente medida
se requerirá un trabajo coordinado con diversos actores, entre ellos,
CONICET, ANLIS, Fundación Innova-T, UBA - INBIRS, CIN, Fundación
Sadosky y COFESA.
Que la presente medida no implica erogaciones presupuestarias por lo
que no corresponde la intervención previa de la DIRECCIÓN GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo establecido por el
artículo 23 sexies de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado
por Decreto N° 438/92), su modificatorio el DECFO-2019-7-APN-SLYT y
DCTO-2020-17-APN-PTE.
Por ello,
EL MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Crease el PROGRAMA NACIONAL DE REFERENCIA Y BIOBANCO
GENÓMICO DE LA POBLACIÓN ARGENTINA (POBLAR), bajo la órbita de la
SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y POLÍTICAS EN CIENCIA, TECNOLOGÍA E
INNOVACIÓN del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, el cual
tendrá a su cargo los objetivos y acciones indicadas en el ANEXO I
IF-2021-55450519-APN-SPYPCTEI#MCT de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Desígnese a Rolando GONZALEZ JOSÉ (DNI N° 23.600.840)
como Coordinador Ejecutivo del PROGRAMA NACIONAL DE REFERENCIA Y
BIOBANCO GENÓMICO DE LA POBLACIÓN ARGENTINA (POBLAR), estableciendo que
la asignación de estas funciones no implicará remuneraciones
adicionales para el agente.
ARTÍCULO 3º.-
(Artículo derogado por art. 1° de la Resolución N° 826/2023 del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación B.O. 21/11/2023.)
ARTÍCULO 4º.- Los gastos que demande la ejecución del presente PROGRAMA
NACIONAL DE REFERENCIA Y BIOBANCO GENÓMICO DE LA POBLACIÓN ARGENTINA
(POBLAR) serán aprobados en los actos administrativos correspondientes
y se imputarán al Programa 45 “Planeamiento y Políticas en Ciencia,
Tecnología e Innovación” del presupuesto de la jurisdicción.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese a la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN
Y POLÍTICAS EN CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, publíquese en el
REGISTRO OFICIAL, y cumplido, archívese.
Roberto Carlos Salvarezza
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-