Resolución 160/2021
RESOL-2021-160-APN-SLYA#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 05/07/2021
Visto el expediente EX-2021-59243876- -APN-DGDA#MEC, los decretos 276
del 2 de febrero de 1977 y 411 del 21 de febrero de 1980 (t.o. 1987),
la resolución 1 del 4 de febrero de 2020 de la Secretaría Legal y
Administrativa del Ministerio de Economía (RESOL-2020-1-APN-SLYA#MEC), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el decreto 411 del 21 de febrero de 1980 (t.o. 1987) se
reglamentó la representación del Estado Nacional en juicio,
estableciéndose las autoridades u órganos competentes para emitir
decisiones vinculadas con esa materia.
Que a través del artículo 1° del decreto 411/1980 (t.o. 1987) se
dispuso que la promoción y contestación de acciones judiciales sean
autorizadas por resolución de los/as ministros/as, secretarios/as
ministeriales y secretarios/as y Jefe/a de la Casa Militar de la
Presidencia de la Nación o de los órganos superiores de los entes
descentralizados.
Que mediante el artículo 2° del citado decreto se contempló que las
funciones enunciadas en su artículo 1° puedan ser encomendadas por
los/as ministros/as y secretarios/as ministeriales a los/as
subsecretarios/as de sus respectivas jurisdicciones.
Que a través de la resolución 1 del 4 de febrero del 2020 de la
Secretaría Legal y Administrativa del Ministerio de Economía
(RESOL-2020-1-APN-SLYA#MEC), se delegó en la Subsecretaría Legal
dependiente de la citada secretaría, las facultades previstas en el
decreto 411/1980 (t.o. 1987).
Que encontrándose vacante el cargo de la referida Subsecretaría Legal,
resulta conveniente que dicha resolución sea dejada sin efecto.
Que asimismo corresponde disponer un reemplazo específico para la firma
del despacho en caso de ausencia o impedimento temporal de la
Secretaria Legal y Administrativa, encomendándole dicha función al
Subsecretario de Administración y Normalización Patrimonial de esa
secretaría.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta medida se dicta de acuerdo con las facultades contempladas en
los decretos 276 del 2 de febrero de 1977 y 411 del 21 de febrero de
1980 (t.o. 1987).
Por ello,
LA SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Déjase sin efecto la resolución 1 del 4 de febrero de
2020 de la Secretaría Legal y Administrativa del Ministerio de Economía
(RESOL-2020-1-APN-SLYA#MEC), por los motivos expuestos en los
considerandos de esta medida.
ARTÍCULO 2°.-
(Artículo derogado por art. 1° de la Resolución N° 210/2021 de la Secretaría Legal y Administrativa B.O. 15/9/2021.)
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Rita Haydee Tanuz
e. 07/07/2021 N° 47117/21 v. 07/07/2021