ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
Resolución 321/2021
RESFC-2021-321-APN-D#APNAC
Ciudad de Buenos Aires, 07/07/2021
VISTO el Expediente EX-2021-58597998- -APN-DGA#PNAC del registro de
esta ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, la Ley N° 22.351, sus normas
modificatorias y complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 22.351 de Parques Nacionales, en su artículo 1º sostiene
que “podrán declararse Parque Nacional, Monumento Natural o Reserva
Nacional, las áreas del territorio de la República que por sus
extraordinarias bellezas o riquezas en flora y fauna autóctona o en
razón de un interés científico determinado, deban ser protegidas y
conservadas para investigaciones científicas, educación y goce de las
presentes y futuras generaciones”.
Que, asimismo, por la mencionada Ley se estableció como una de las
funciones de esta ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, la promoción de
la realización de estudios e investigaciones científicas relativas a
Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales.
Que asimismo, a través de la Resolución RESOL-2020-355-APN-MCT de fecha
23 de octubre de 2020, se aprobó la incorporación de la ADMINISTRACION
DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado actuante en la órbita
del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, como miembro del
CONSEJO INTERINSTITUCIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA (CICyT).
Que entre otras competencias, la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
debe asegurar y garantizar los compromisos internacionales asumidos por
el Estado Nacional en materia de áreas protegidas y conservación de la
biodiversidad.
Que como respuesta a los compromisos asumidos y en pos de actualizar y
fortalecer la gestión de las áreas protegidas, se considera prioritario
promover una mayor inserción del enfoque científico y tecnológico para
facilitar el alcance de los objetivos estratégicos planteados.
Que corresponde garantizar que la conservación de la biodiversidad se
gestione mediante la identificación de necesidades de gestión con un
enfoque basado en la ciencia asegurando un enfoque transversal que
abarque lo estrictamente biofísico y lo social.
Que a tales fines resulta necesario fomentar el trabajo conjunto con
los sectores y actores de la ciencia y la tecnología vinculados directa
o indirectamente con la gestión de los recursos naturales y su impacto
en la sociedad, por medio de la coordinación y la articulación con los
ámbitos académicos de todo el territorio nacional.
Que, en este marco, la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES solicitó al
Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET), a
través de la Nota NO-2021-50221951-APNAPNAC#MAD, la realización de una
convocatoria a la presentación de proyectos de investigación en
temáticas específicas para la postulación a becas doctorales y
posdoctorales, las que serán distribuidas en VEINTIOCHO (28) becas
doctorales y DOCE (12) posdoctorales.
Que asismismo se establecieron en dicha presentación, los temas
específicos de interés de esta Administración para cada beca de
doctorado. Que dicha solicitud fue contemplada por el CONICET y en
consecuencia ha publicado la Convocatoria pertinente bajo los canales
oficiales de comunicación y divulgación.
Que asismismo se han publicado por los mismos medios, las bases y condiciones para acceder a las becas solicitadas.
Que en este sentido, la ADMINSTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES deberá
avalar los proyectos de interés presentados, de forma previa a la
inscripción.
Que a los fines de poder cumplimentar con ello y poder garantizar mayor
transparencia, igualdad y equidad, corresponde la creación de la
Comisión Selectora de Proyectos para acceder a las Becas otorgadas, que
tendrá como misión constituirse en un espacio de evaluación y selección
de aquellas propuestas relevantes para el organismo y que cumplan con
los requisitos necesarios.
Que, por lo tanto, corresponde designar a los integrantes y los
objetivos de la Comisión Selectora de Proyectos para asegurar la
eficacia de sus intervenciones.
Que ha tomado la intervención de su competencia la Dirección General de Asuntos Jurídicos.
Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el
Artículo 23, incisos v) y w) de la Ley N° 22.3521, sus modificatorias y
complementarias.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Créase, en el ámbito de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES
NACIONALES, la Comisión Selectora de Proyectos de Becas Cofinanciadas
con el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas
(CONICET), cuyas acciones y objetivos quedan alcanzados por el Anexo I
conformado bajo el IF-2021-60028074-APN-JG#APNAC.
ARTÍCULO 2°.- Designase con carácter ad honorem a los integrantes de la
Comisión citada precedentemente, los cuales se detallan en el Anexo II
mediante IF-2021-60679285-APN-JG#APNAC.
ARTICULO 3º.- Designase como Secretaria Administrativa a la Sra. Rocío
Alejandra González Serafini (DNI Nº 33.024.450), en virtud de lo
expuesto en los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 4º.- Por el Departamento de Mesa General de Entradas, Salidas
y Notificaciones notifíquese en legal forma a los interesados.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Claudio David Gonzalez - Eugenio Sebastian Magliocca - Francisco Luis
Gonzalez Taboas - Carlos Corvalan - Lautaro Eduardo Erratchu
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 12/07/2021 N° 48153/21 v. 12/07/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)