Resolución 158/2021
RESOL-2021-158-APN-ST#MT
Ciudad de Buenos Aires, 24/02/2021
VISTO el EX-2021-11382212- APN-DNRYRT#MT del registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a páginas 1/2 del IF-2021-13745309-APN-DNRYRT#MPYT, del
EX-2021-11382212- APN-DNRYRT#MT obra el acuerdo celebrado entre la
ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO, la UNIÓN PERSONAL CIVIL DE LA
NACIÓN, por la parte sindical y el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICAS Y
CENSOS (INDEC), por la parte empleadora, conforme a lo dispuesto en la
Ley de Negociación Colectiva N°14.250 (t.o. 2004).
Que a través del presente se prorroga la vigencia temporal de lo
pactado en el acuerdo alcanzado en el acta de fecha 1 de Junio de 2018,
debidamente homologado mediante RESOL-2018-309-APN-SECT#MT, por el
término de un año, desde el 1° de Enero de 2021 al 31 de Diciembre de
2021, en lo atinente a la liquidación del adicional rotulado como
“Función Estadística”.
Que la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO-SUBSECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO, tomó la intervención que le compete.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas
insertas, acreditando su personería y facultades para negociar
colectivamente por ante esta Cartera de Estado.
Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se circunscribe a la
correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector
empresario firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su
personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención
que le compete.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 ( t.o. 2004).
Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto
administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el
DCTO-2019-75-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la
ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO, la UNIÓN PERSONAL CIVIL DE LA
NACIÓN, por la parte sindical y el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICAS Y
CENSOS (INDEC), por la parte empleadora, que luce a páginas 1/2 del
IF-2021-13745309-APN-DNRYRT#MPYT, del EX-2021-11382212- APN-DNRYRT#MT,
conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250
(t.o. 2004).
ARTÍCULO 2°. Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de
la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión
Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del acuerdo que luce
en las páginas 1/2 del IF-2021-13745309-APN-DNRYRT#MPYT, del
EX-2021-11382212- APN-DNRYRT#MT.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del acuerdo homologado y de esta Resolución,
resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5
de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Marcelo Claudio Bellotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 13/07/2021 N° 47889/21 v. 13/07/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)