Resolución 1981/2021
RESOL-2021-1981-APN-MS
Ciudad de Buenos Aires, 14/07/2021
VISTO el expediente EX-2021-58441452-APN-SGA#MS, las Leyes N° 19.549 y
N° 22.520, los Decretos N° 1759 del 3 de abril de 1972 y N° 50 del 19
de diciembre de 2019 y la Decisión Administrativa N° 384 del 19 de
abril de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 50/19 se aprobaron el Organigrama de Aplicación y
los Objetivos de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de
Subsecretaría.
Que por la Decisión Administrativa N° 384/21 se aprobó la estructura
organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE SALUD,
estableciéndose las responsabilidades primarias y acciones de las áreas.
Que la DIRECCIÓN DE DESPACHO tiene a su cargo realizar la recepción,
registro, redacción, tramitación, distribución y custodia de los
proyectos de leyes, decretos y actos administrativos en los que
intervenga la Jurisdicción.
Que adoptar medidas administrativas tendientes a lograr una gestión
pública de calidad, la máxima transparencia en relación a los actos de
gobierno y, al mismo tiempo, el mejor resguardo de los diversos
instrumentos celebrados, es uno de los objetivos de la gestión de este
Ministerio.
Que en resulta necesario organizar sistematizadamente la información
relacionada con los acuerdos suscriptos, a fin de conocer su estado de
vigencia y permitir su identificación y seguimiento.
Que contar con dicha información permitirá conocer los derechos y
obligaciones contraídas por conducto de tales convenios o acuerdos
celebrados por este Ministerio con otras entidades/organismos y/o
instituciones, a fin de no generar duplicidad de labor ni un dispendio
de los recursos del Estado.
Que en tal sentido, se propicia la sistematización del registro de
convenios celebrados y a celebrarse por este Ministerio, de cualquier
naturaleza, incluidas sus prórrogas, adendas y actas complementarias,
así como toda otra información relacionada a dichos instrumentos.
Que a efectos de lograr estos fines y optimizar la gestión, resulta
imprescindible crear un REGISTRO ÚNICO DE CONVENIOS CELEBRADOS POR EL
MINISTERIO DE SALUD.
Que el Registro mencionado tendrá por función resguardar en formato
digital los convenios suscriptos por este Ministerio, así como
sistematizar la información relativa a aquellos.
Que asimismo, resulta necesario establecer un procedimiento
administrativo mediante el cual se informe a la DIRECCIÓN DE DESPACHO
de este Ministerio sobre todos los convenios/acuerdos existentes
firmados, así como sus actas complementarias y adendas que se firmen en
el futuro por las Secretarias, Subsecretarias, Direcciones Nacionales,
Direcciones simples y Coordinaciones, a fin de que se lleve a cabo su
registro formal y unificado.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas por
la Ley de Ministerios N° 22.520, modificatorias y complementarias, y
por el artículo 2° del Decreto Reglamentario N° 1759/72 (t.o. 2017).
Por ello,
LA MINISTRA DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. — Créase el “REGISTRO ÚNICO DE CONVENIOS CELEBRADOS POR EL
MINISTERIO DE SALUD” en la órbita de la DIRECCIÓN DE DESPACHO de este
Ministerio.
ARTÍCULO 2º. — Apruébase el procedimiento de elaboración de convenios
de cooperación interinstitucional que como Anexo I
(IF-2021-58941239-APN-SGA#MS) forma parte integrante de la presente
Resolución, el que será aplicable a todos los convenios de cooperación
interinstitucional que se firmen con posteridad al dictado de la
presente medida.
ARTÍCULO 3º. — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Carla Vizzotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 15/07/2021 N° 49435/21 v. 15/07/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)