Disposición 103/2021
DI-2021-103-E-AFIP-AFIP
Ciudad de Buenos Aires, 14/07/2021
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2021-00728812- -AFIP-SGDADVCOAD#SDGCTI, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Convenio Marco registrado como
CONVE-2020-00478810-AFIP-AFIP, se celebró un acuerdo de colaboración
entre la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires y la
Administración Federal de Ingresos Públicos, para establecer acciones
conjuntas y coordinadas entre dichas partes, a fin de implementar
actividades, proyectos, capacitaciones, intercambios de información,
realización de estudios y trabajos en el marco de sus respectivas
competencias.
Que, en ese sentido, conforme los términos del Convenio Específico Nº 1
asentado como CONVE-2020- 00483060-AFIP-AFIP, se acordó la utilización
del Sistema de Presentaciones y Notificaciones Electrónicas de la
Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, a los fines
del diligenciamiento de los oficios que se dirijan a esta
Administración Federal.
Que el último acuerdo citado, fue celebrado con arreglo a lo dispuesto
en el artículo 288 del Código Civil y Comercial de la Nación, la Ley N°
25.506 y sus modificaciones, las Leyes Nros. 5.827, 13.666 y 14.828, y
sus modificaciones de la Provincia de Buenos Aires y el Acuerdo N°
3.733 de la Suprema Corte.
Que por lo expuesto, procede poner en funcionamiento el referido
programa de colaboración, estableciendo que el aludido sistema de
notificaciones constituirá el mecanismo para el envío de oficios por
parte del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires a este
Organismo, como así también para que esta Administración Federal brinde
respuesta a dichas requisitorias, a través de las unidades de
estructura con competencia en la materia.
Que tales fines, se consignan los domicilios electrónicos
institucionales a los cuales deberán remitirse los oficios, según los
departamentos judiciales que los diligencien.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de
Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos,
Coordinación Técnico Institucional y Planificación.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
el artículo 6° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus
modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
LA ADMINISTRADORA FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Establecer que a partir del día 09 de agosto de 2021,
inclusive, los oficios emanados de los organismos jurisdiccionales que
integran la Administración de Justicia de la Provincia de Buenos Aires
y los órganos de la Suprema Corte Provincial, dirigidos a esta
Administración Federal, se tramitarán por el Sistema de Presentaciones
y Notificaciones Electrónicas de la Suprema Corte de la Provincia de
Buenos Aires.
ARTÍCULO 2°.- A los fines de la correcta utilización del aludido
sistema, las diligencias establecidas en el artículo 1°, deberán
dirigirse a los domicilios electrónicos institucionales del Organismo
que se consignan en el Anexo (IF-2021-00730897-AFIP-SGDADVCOAD#SDGCTI)
que se aprueba y forma parte integrante de esta norma.
ARTÍCULO 3°.- La presente entrará en vigencia el día de su publicación
en el Boletín Oficial y se implementará desde la fecha fijada en el
artículo 1°.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro
Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.
Mercedes Marco del Pont
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 16/07/2021 N° 49577/21 v. 16/07/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)