MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 424/2021
RESOL-2021-424-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 16/07/2021
Visto el expediente EX-2020-56995549-APN-DGD#MDP, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del Plan
de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2021 formulado por
Integración Energética Argentina Sociedad Anónima (IEASA), Empresa del
Sector Público Nacional actuante en el ámbito de la Secretaría de
Energía dependiente del Ministerio de Economía.
Que la ley 24.156 y sus modificaciones, contiene en el Capítulo III del
Título II, el Régimen Presupuestario de Empresas Públicas, Fondos
Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración
Nacional.
Que obra en el expediente señalado el informe favorable de la Oficina
Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto
de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, sobre la
medida propiciada.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta resolución se dicta en virtud de las facultades previstas en
el artículo 49 de la ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344 del
4 de octubre de 2007.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el
ejercicio 2021 de Integración Energética Argentina Sociedad Anónima
(IEASA), Empresa del Sector Público Nacional actuante en el ámbito de
la Secretaría de Energía dependiente del Ministerio de Economía, de
acuerdo con el detalle obrante en los anexos I
(IF-2021-61127432-APN-SSP#MEC) y II (IF-2021-61127202-APN-SSP#MEC), que
integran esta resolución.
ARTÍCULO 2°.- Estímanse en la suma de ciento veinticinco mil ciento
cuarenta y ocho millones doscientos doce mil sesenta y cuatro pesos ($
125.148.212.064) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de
ciento ochenta y dos mil cuatrocientos noventa y cuatro millones
setenta mil doscientos cincuenta pesos ($ 182.494.070.250), los gastos
de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado
Operativo (Pérdida de Operación) estimado en cincuenta y siete mil
trescientos cuarenta y cinco millones ochocientos cincuenta y ocho mil
ciento ochenta y seis pesos ($ 57.345.858.186), de acuerdo con el
detalle que figura en las planillas del anexo II
(IF-2021-61127202-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 3°.- Estímanse en la suma de ciento ochenta y ocho mil
novecientos veintiún millones doscientos doce mil sesenta y cuatro
pesos ($ 188.921.212.064) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma
de ciento ochenta y seis mil ochocientos setenta y cuatro millones
doscientos cincuenta y siete mil seiscientos setenta y dos pesos ($
186.874.257.672) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello
apruébase el Resultado Económico (Ahorro) estimado en dos mil cuarenta
y seis millones novecientos cincuenta y cuatro mil trescientos noventa
y dos pesos ($ 2.046.954.392), de acuerdo con el detalle que figura en
las planillas del anexo II (IF-2021-61127202-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 4°.- Estímanse en la suma de treinta y siete mil ochocientos
veintiún millones setecientos cuarenta y ocho mil ciento cincuenta
pesos ($ 37.821.748.150) los recursos de capital y fíjanse en la suma
de veintinueve mil doscientos cincuenta y un millones novecientos
treinta y siete mil seiscientos setenta y dos pesos ($ 29.251.937.672)
los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el
Resultado Económico establecido en el artículo 3° de esta resolución,
estímase el Resultado Financiero (Superávit) para el ejercicio 2021, en
la suma de diez mil seiscientos dieciséis millones setecientos sesenta
y cuatro mil ochocientos setenta pesos ($ 10.616.764.870), de acuerdo
con el detalle que figura en las planillas del anexo II
(IF-2021-61127202-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Martín Guzmán
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 20/07/2021 N° 50508/21 v. 20/07/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)