AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS
DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA, PREVENCIÓN CIUDADANA Y COOPERACIÓN INSTITUCIONAL
Resolución 84/2021
RESOL-2021-84-APN-ANMAC#MJ
Ciudad de Buenos Aires, 21/07/2021
VISTOS, el Expediente Nº EX-2021-65776508-APN-DNAAJYM#ANMAC, la Ley N°
27.192, los Decretos N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, N° 1035 del 08
de noviembre de 2018, Nº 328 del 31 de marzo de 2020; los Decretos DNU
N° 260 del 12 de marzo de 2020; y N° 167 del 11 de marzo de 2021 y sus
modificatorios, y la Resolución ANMaC Nº 21 del 27 de junio de 2020; y,
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.192 se crea la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES
CONTROLADOS, que tiene como misión la aplicación, control y
fiscalización de la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429 y sus
normas complementarias y modificatorias.
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 167/2021 del 11 de marzo
de 2021 se prorroga la emergencia sanitaria hasta el 31 de diciembre de
2021, en los mismos términos que la otorgada por el citado Decreto N°
260/20.
Que el Artículo 1° del Decreto Nº 328/2020 autorizó a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA
DE LA NACIÓN y a las autoridades máximas de organismos
descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria
ampliada por el Decreto N° 161/2021, a prorrogar las designaciones
transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que con el fin de asegurar el normal desenvolvimiento de la Agencia,
corresponde efectuar las prórrogas de las designaciones transitorias de
las personas detalladas en el IF-2021-65793657-APN-DNAAJYM#ANMAC, por
el término de ciento ochenta (180) días hábiles contados a partir del
23 de Julio de 2021, en las mismas condiciones y autorizaciones con que
fueron designados.
Que dichas designaciones transitorias preveían asimismo que los cargos
involucrados debían ser cubiertos conforme los requisitos y sistemas de
selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los
Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
(SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/2018, dentro del plazo de
CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de las
normas por las cuales se los designa y/o prorroga.
Que el procedimiento de selección correspondiente no se ha
instrumentado hasta el presente y no resulta factible concretarlo en lo
inmediato, motivo por el cual, teniendo en cuenta la naturaleza de los
cargos involucrados y a efectos de contribuir al normal cumplimiento de
las acciones que tiene asignada la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES
CONTROLADOS, resulta oportuno y conveniente disponer las prórrogas de
las designaciones transitorias de los funcionarios mencionados, en las
condiciones establecidas en las respectivas designaciones.
Que en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de
asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados a este Organismo y
de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado
de la presente medida, por la cual se prorroga las designaciones
transitorias de los mencionados agentes.
Que por Decreto Nº 452/2021, fue aceptada la renuncia presentada por el
Director Ejecutivo de la Agencia, sin que dicho cargo haya sido
cubierto al día de la fecha.
Que, en virtud de lo expuesto en el párrafo precedente, corresponde que
la Dirección Nacional de Planificación Estratégica, Prevención
Ciudadana y Cooperación Institucional (de conformidad con lo previsto
en la RESOL-2020-21-APN-ANMAC#MJ), tome la intervención de su
competencia, toda vez que regula lo atinente al régimen de sustitución
de firma en dicho ámbito.
Que en atención a ello, las designaciones transitorias se dan por
prorrogadas por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles desde su
vencimiento, quedando sujeta la decisión de una nueva prórroga a la
resolución del Director Ejecutivo que oportunamente se designe.
Que se cuenta con el crédito necesario a fin atender el gasto resultante de las prórrogas alcanzadas por la presente medida.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de esta AGENCIA NACIONAL DE
MATERIALES CONTROLADOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por los Artículos 12 y 13 de la Ley N° 27.192, el Artículo
1º del Decreto Nº 328/2020 y la Resolución ANMaC Nº 21/2020.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA, PREVENCIÓN CIUDADANA Y COOPERACIÓN INSTITUCIONAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Dénse por prorrogadas a partir del 23 de julio de 2021,
por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, las designaciones
transitorias de las personas consignadas en el Anexo
IF-2021-65793657-APN-DNAAJYM#ANMAC que forma parte integrante de la
presente medida, en los cargos de la planta permanente de esta Agencia
y en los niveles, grados, unidades organizativas y funciones que se
detallan en dicho Anexo, con las mismas condiciones y autorizaciones
que fueran dispuestas oportunamente.
ARTÍCULO 2º.- Los cargos involucrados en el Artículo 1° de la presente
medida deberán ser cubiertos conforme a los requisitos y sistemas de
selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los
Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP), homologado por el referido Decreto N° 2098/08, dentro del
plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 23 de
julio de 2021.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 40 -
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS – SAF N° 208 – AGENCIA
NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Carlos Matías Peralta
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 23/07/2021 N° 51533/21 v. 23/07/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)