CONTRATOS
Decreto 483/2021
DCTO-2021-483-APN-PTE - Aprobación.
Ciudad de Buenos Aires, 24/07/2021
VISTO el Expediente Nº EX-2021-42561698-APN-SSRFID#SAE y el Modelo de
Contrato de Préstamo ARG-53/2021 destinado a la ejecución del “Proyecto
de Desarrollo de la Red Federal de Fibra Óptica: REFEFO 3.1” propuesto
para ser suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el FONDO FINANCIERO
PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo ARG-53/2021 el FONDO
FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA) se
compromete a asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA con el
fin de cooperar en la ejecución del “Proyecto de Desarrollo de la Red
Federal de Fibra Óptica: REFEFO 3.1”, por un monto de hasta DÓLARES
ESTADOUNIDENSES DIECIOCHO MILLONES (USD 18.000.000).
Que el objetivo general del Proyecto es contribuir a reducir la brecha
digital en la Argentina a través de la mejora en la conectividad
digital de centros urbanos con baja densidad poblacional de la
PROVINCIA DE BUENOS AIRES, mediante el desarrollo y despliegue de la
Red Federal de Fibra Óptica.
Que los objetivos específicos del citado Proyecto son: (i) Incrementar
la cobertura de la Red Federal de Fibra Óptica, (ii) Mejorar la
seguridad y capacidad de la red y (iii) Mejorar la calidad del acceso a
Internet de Banda ancha en centros urbanos de baja densidad poblacional
de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Que el referido Proyecto se estructura en DOS (2) componentes: (1) Obra civil y (2) Administración y evaluación.
Que la ejecución del Proyecto y la utilización de los recursos del
financiamiento serán llevadas a cabo por la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS a través de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA. En tal
sentido, la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS
COMUNICACIONES, dependiente de la citada Secretaría, y la EMPRESA
ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES S.A. (ARSAT S.A.) coordinarán la
ejecución técnica y física del referido Proyecto, y la DIRECCIÓN DE
PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES de la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE INNOVACIÓN PÚBLICA coordinará las actividades
administrativas y fiduciarias. Por su parte, ARSAT S.A. será el
organismo subejecutor del Componente de obra civil del Proyecto y la
SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
actuará como subejecutora del Proyecto y quedará bajo su
responsabilidad la ejecución de los recursos del subcomponente de
evaluación en coordinación con el Organismo Ejecutor.
Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA
ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio de la
SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN,
suscriba el Contrato de Préstamo ARG-53/2021, así como toda otra
documentación relacionada con la operatoria del referido Préstamo.
Que, en virtud de ello, corresponde facultar al señor Secretario de
Asuntos Estratégicos para que, en nombre y representación de la
REPÚBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo ARG-53/2021 y
acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del
“Proyecto de Desarrollo de la Red Federal de Fibra Óptica: REFEFO 3.1”,
siempre y cuando no constituyan cambios sustanciales al objeto y
destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto o una
alteración en el procedimiento arbitral pactado.
Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de
interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de
Préstamo ARG-53/2021 propuesto para ser suscripto son los usuales que
se pactan en este tipo de contratos y resultan adecuados a los
propósitos y objetivos para los que será destinado el referido Préstamo.
Que el servicio jurídico permanente ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo establecido en el
artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y en el artículo 53
de la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o.
2014).
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo ARG-53/2021 a
celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el FONDO FINANCIERO PARA EL
DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA), por un monto de hasta
DÓLARES ESTADOUNIDENSES DIECIOCHO MILLONES (USD 18.000.000), destinado
a financiar el “Proyecto de Desarrollo de la Red Federal de Fibra
Óptica: REFEFO 3.1”, que consta de las Estipulaciones Especiales
integradas por SIETE (7) Capítulos, de las Normas Generales integradas
por ONCE (11) Capítulos y de UN (1) Anexo Único, que como ANEXO I
(IF-2021-42905430-APN-SSRFID#SAE) integra la presente medida. Asimismo,
se adjunta como ANEXO II (IF-2021-26609131-APN-SSRFID#SAE) la “Política
para la Adquisición de Bienes, Obras y Servicios en Operaciones
Financiadas por FONPLATA”.
ARTÍCULO 2º.- Facúltase al señor Secretario de Asuntos Estratégicos de
la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, o al funcionario o a la funcionaria o
funcionarios o funcionarias que este designe, a suscribir, en nombre y
representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo
ARG-53/2021 y su documentación adicional, conforme al Modelo que se
aprueba en el artículo 1º de la presente medida.
ARTÍCULO 3º.- Facúltase al señor Secretario de Asuntos Estratégicos de
la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, o al funcionario o a la funcionaria o
funcionarios o funcionarias que este designe, a convenir y suscribir,
en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones al
Contrato de Préstamo ARG-53/2021, cuyo Modelo se aprueba en el artículo
1º de la presente medida, siempre que no constituyan cambios
sustanciales en el objeto o destino de los fondos, ni deriven en un
incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento
arbitral pactado.
ARTÍCULO 4º.- Desígnase como “Organismo Ejecutor” del “Proyecto de
Desarrollo de la Red Federal de Fibra Óptica: REFEFO 3.1” a la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, a través de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN
PÚBLICA. En tal sentido, la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA
INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, dependiente de la citada Secretaría,
y la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES S.A. (ARSAT)
coordinarán la ejecución técnica y física del referido Proyecto, y la
DIRECCIÓN DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES de la
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE INNOVACIÓN PÚBLICA
coordinará las actividades administrativas y fiduciarias. Por su parte,
ARSAT S.A. será el organismo subejecutor del componente de obra civil
del Proyecto y la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA
DE LA NACIÓN actuará como subejecutora del Proyecto, quedará bajo su
responsabilidad la ejecución de los recursos del subcomponente de
evaluación en coordinación con el Organismo Ejecutor y todas ellas
estarán facultadas para realizar todas las operaciones y contrataciones
necesarias para la ejecución del mencionado Proyecto, conforme las
normas y procedimientos contenidos en el Modelo de Contrato de Préstamo
que se aprueba por el artículo 1° de la presente medida.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero - Martín Guzmán
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 26/07/2021 N° 51970/21 v. 26/07/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)