ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
Resolución 234/2021
RESOL-2021-234-APN-DIRECTORIO#ENARGAS
Ciudad de Buenos Aires, 23/07/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-63895109- -APN-GA#ENARGAS, la Ley N°
24.076; los Decretos Nº 1023/01, Nº 1030/16 y sus modificatorios y
complementarios; el Decreto Nº 202/17, reglamentado por la Resolución
Nº 11-E/17 de la ex SECRETARÍA DE ÉTICA PÚBLICA, TRANSPARENCIA Y LUCHA
CONTRA LA CORRUPCIÓN del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS; el
Decreto N° 632/18; las Disposiciones ONC N° 62-E/16, N° 63-E/16 y N°
65-E/16; las Resoluciones ENARGAS N° I/2278/12, Nº I/4074/16, N°
RESFC-2019-330-APN-DIRECTORIO#ENARGAS y N°
RESOL-2020-398-APN-DIRECTORIO#ENARGAS; y
CONSIDERANDO:
Que en el Expediente citado en el VISTO tramita el Concurso Público
identificado bajo el Procedimiento N° 55-0002-CPU21, para la
contratación de un Servicio de Consultoría para la investigación sobre
porcentajes de Gas Retenido, según lo establecido en el ANEXO –
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
PARTICULARES.
Que se ha incorporado al presente Expediente el Informe N°
IF-2019-98574914-APN-DNCBYS#JGM, correspondiente al “Pliego Único de
Bases y Condiciones Generales”.
Que, a través del Memorándum Nº ME-2021-36426787-APN-DIRECTORIO#ENARGAS
del 27 de abril de 2021, se instruyó a las Gerencias con competencia
específica –Transmisión y Despacho de Gas- a evaluar la disponibilidad
de recursos o en su defecto la necesidad de contar con la asistencia
externa de un equipo de profesionales de probado conocimiento y
antecedentes en el tema para la realización de lo instruido en una
primera y segunda etapa de manera tal que se aúnen los conceptos y la
legalidad de tener que revisar y corregir oportunamente los porcentajes
de Gas Retenido correspondiente a los costos de transporte que figuran
en las tarifas de las Transportistas y por ende la determinación de las
tarifas de los usuarios de las Distribuidoras.
Que en tal sentido, mediante Memorándum N°
ME-2021-62434429-APN-GT#ENARGAS del 13 de julio de 2021, la Gerencia de
Transmisión solicitó a la Gerencia de Administración, ambas de este
Organismo, “se dé tramite a la contratación de un servicio de
consultoría externa, para la realización de tareas inherentes a la
investigación sobre el gas retenido utilizado como combustible en los
equipos compresores, venteos y pérdidas de línea, consumo de planta y
todos los consumos por tramos entre Plantas Compresoras en cada ruta de
transporte, a fin de establecer nuevos porcentajes de gas retenido por
ruta de transporte de gas natural conforme las previsiones establecidas
en el Marco Regulatorio.”.
Que por otra parte, dicha Gerencia informó que realizó un análisis a
los fines de estimar el costo de la presente contratación “con base en
una evaluación propia de acuerdo a los parámetros fundamentales que
definen la presente consultoría y donde se destacan la
complejidad/especificidad del tema, el plazo de ejecución, equipo
estándar de trabajo, cantidad de documentos entregables y valor
promedio de plaza de la hora de ingeniería consultoría especializada y
de otros datos de especial relevancia en línea con las especificidad y
complejidad del tema y en estricto arreglo al requerimiento indicado en
el Memorándum ME-2021-36426787-APN-DIRECTORIO#ENARGAS.”. Asimismo,
adjuntó las Especificaciones Técnicas correspondientes.
Que, por conducto, se generó la Solicitud de Contratación N°
55-61-SCO21 (IF-2021-65185508-APN-GA#ENARGAS), a ser imputada a la
partida presupuestaria 3.4.1.
Que cabe mencionar que por la Providencia Nº
PV-2021-65667415-APN-GA#ENARGAS del 21 de julio de 2021, el Área de
Compras y Contrataciones de la Gerencia de Administración de este
Organismo informó que, al costo estimado por la unidad requirente, en
el momento de la confección de la Solicitud de Contratación Nº
55-61-SCO21 se adicionó el monto correspondiente al Impuesto al Valor
Agregado (IVA).
Que, en ese contexto, se incorporó al presente Expediente un ejemplar
del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
(PLIEG-2021-65173023-APN-GA#ENARGAS).
Que el Artículo 27 del Decreto Nº 1030/16 establece, en relación al
monto estimado de los contratos, que “…cuando el monto estimado del
contrato sea el parámetro que se utilice para elegir el procedimiento
de selección, se deberá considerar el importe total en que se estimen
las adjudicaciones, incluidas las opciones de prórroga previstas, y se
aplicará la siguiente escala: (…) c) Licitación pública o concurso
público más de CINCO MIL MÓDULOS (M 5.000)”.
Que, por su parte, en el Artículo 28 del Decreto Nº 1030/16, se fijó el
valor del referido módulo (M) en la suma de PESOS TRES MIL ($3.000.-).
Que, como el monto estimado de la contratación se encuentra dentro del
parámetro indicado en los considerandos anteriores, corresponde que se
imprima a la presente contratación el procedimiento de Concurso Público.
Que el Servicio Jurídico Permanente del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente Resolución se dicta de conformidad a las facultades
otorgadas por el Artículo 52 incisos (a) y (x) de la Ley N° 24.076 y su
reglamentación, en los Decretos N° 1023/01, N° 1030/16 y sus
modificatorios y complementarios; en lo establecido por las
Disposiciones N° 62-E/16, 63-E/16 y 65-E/16 de la OFICINA NACIONAL DE
CONTRATACIONES; en el Decreto Nº 202/17, reglamentado por la Resolución
Nº 11-E/17 de la ex SECRETARÍA DE ÉTICA PÚBLICA, TRANSPARENCIA Y LUCHA
CONTRA LA CORRUPCIÓN del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE
LA NACIÓN y en las Resoluciones ENARGAS N° I/2278/12, N° I/4074/16, N°
RESFC-2019-330-APN-DIRECTORIO#ENARGAS y N°
RESOL-2020-398-APN-DIRECTORIO#ENARGAS y en el Decreto N° 278/20,
prorrogado por el Decreto N° 1020/20.
Por ello,
EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar la convocatoria al Concurso Público identificado
bajo el Procedimiento N° 55-0002-CPU21, para la contratación de un
Servicio de Consultoría para la investigación sobre porcentajes de Gas
Retenido, según lo establecido en el ANEXO – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES.
ARTÍCULO 2°.- Aprobar el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES referenciado como PLIEG-2021-65173023-APN-GA#ENARGAS.
ARTÍCULO 3°.- Informar, a los fines del cumplimiento de la “Declaración
Jurada de Intereses” que establece el Decreto Nº 202/17, reglamentado
por la Resolución Nº 11-E/2017 de la ex SECRETARÍA DE ÉTICA PÚBLICA,
TRANSPARENCIA Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN del MINISTERIO DE JUSTICIA Y
DERECHOS HUMANOS, que quien suscribe el presente Acto Administrativo de
Convocatoria y que, quien suscribirá el eventual Acto Administrativo de
Adjudicación, será el suscripto, Licenciado Federico BERNAL (CUIL N°
20-23968261-9), designado Interventor de este Organismo por el Decreto
N° 278/20, prorrogado por el Decreto N° 1020/20.
ARTÍCULO 4º.- Registrar, comunicar, publicar, dar a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archivar.
Federico Bernal
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 27/07/2021 N° 51936/21 v. 27/07/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)