Resolución 718/2021
RESOL-2021-718-APN-SE#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 26/07/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-34243497-APN-SE#MEC y los Expedientes
Nros. EX-2021-39038814-APN-SE#MEC y EX-2021-43931072-APN-SE#MEC, en
tramitación conjunta, las Leyes Nros. 15.336 y 24.065, las Resoluciones
Nros. 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA
ELÉCTRICA y 137 de fecha 30 de noviembre de 1992 de la SECRETARÍA DE
ENERGÍA, ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS
PÚBLICOS, y sus modificatorias y complementarias, 269 de fecha 7 de
mayo de 2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE
PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N° 47 de fecha 15 de febrero de 2019 de la
ex SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE HACIENDA se
autorizó el ingreso al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a la firma YPF
SOCIEDAD ANÓNIMA para su Autogenerador Distribuido Manantiales Behr,
compuesto por una central térmica de VEINTE COMA OCHO DÉCIMOS
MEGAVATIOS (20,8 MW) de potencia nominal, conformado por el nodo
demandante el GUMA (YPFKM5UZ), de CUATRO COMA SIETE DÉCIMOS MEGAVATIOS
(4,7 MW) y la demanda (El Trébol) de UN MEGAVATIO (1 MW), asociada a la
central térmica en el nodo (YPFTREUZ).
Que mediante la Resolución N° 32 de fecha 19 de enero de 2021 de la
SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA se autorizó el ingreso
al MEM a la citada empresa, para su Autogenerador Distribuido
Manantiales Behr del Autogenerador C.T. Manantiales Behr II, con una
potencia de CINCUENTA Y SIETE COMA SETECIENTOS TREINTA Y CINCO
MEGAVATIOS (57,735 MW), ubicado en el Departamento Escalante, Provincia
del CHUBUT, conectándose al Sistema Argentino de Interconexión (SADI)
en el nivel de CIENTO TREINTA Y DOS KILOVOLTIOS (132 kV) a la Estación
Transformadora Escalante, y mediante el Artículo 2° se autorizó la
incorporación al Autogenerador Distribuido Manantiales Behr del
Autogenerador C.T. Lomita (YPFLOMQA) y del GUMA Puesto Hernández
(YPF-PHQZ), como nodos de generación y demanda respectivamente.
Que YPF SOCIEDAD ANÓNIMA solicitó la incorporación del GUMA El Tordillo
(YPFTORUZ), que ya cuenta con la condición de agente del MEM, como nodo
de demanda del Autogenerador Distribuido Manantiales Behr.
Que el Autogenerador Distribuido Manantiales Behr quedará constituido
por los nodos generadores Autogenerador C.T. Manantiales Behr
(YPFTREUZ), Autogenerador C.T. Manantiales Behr II (YPFMBE2A),
Autogenerador C.T. Lomita (YPFLOMQA) y los nodos demandantes GUMA
Puesto Hernández (YPF-PHQZ), GUMA KM5 (YPFKM5UZ) y GUMA El Tordillo
(YPFTORUZ).
Que mediante la Nota N° B-155478-1 de fecha 3 de mayo de 2021
(IF-2021-39046021-APN-SE#MEC), obrante en el Expediente N°
EX-2021-39038814-APN-SE#MEC, la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO
MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) informó que YPF SOCIEDAD
ANÓNIMA cumple los requisitos exigidos en los Puntos 5.1 y 5.2 del
Anexo 17 de Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el
Despacho de Cargas y Cálculo de Precios en el Mercado Eléctrico
Mayorista (Los Procedimientos), aprobados por la Resolución N° 61 de
fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del
ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus
modificatorias y complementarias, como así también con lo requerido
respecto al sistema de medición comercial, para la incorporación del
nuevo nodo demanda del Autogenerador Distribuido Manantiales Behr y su
posterior administración en el MEM.
Que YPF SOCIEDAD ANÓNIMA cumplió con las exigencias de la normativa
vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.
Que la correspondiente solicitud se publicó en el Boletín Oficial N°
34.665 de fecha 27 de mayo de 2021, no habiéndose recibido objeciones u
oposiciones al respecto.
Que la Dirección Nacional de Regulación y Desarrollo del Sector
Eléctrico de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría
ha tomado la intervención de su competencia.
Que la Dirección de Asuntos Legales de Energía del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por los Artículos 35, 36 y 37 de la Ley N° 24.065 y el Apartado IX del
Anexo II del Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios.
Por ello,
EL SECRETARIO DE ENERGÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorízase a la firma YPF SOCIEDAD ANÓNIMA para la
incorporación del GRAN USUARIO MAYOR (GUMA) El Tordillo (YPFTORUZ) como
nodo de demanda del Autogenerador Distribuido Manantiales Behr.
ARTÍCULO 2°.- Instrúyese al ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO (OED) a
informar a todos los agentes del MEM lo resuelto en el presente acto.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a YPF SOCIEDAD ANÓNIMA, a COMPAÑÍA
ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA
(CAMMESA) y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE),
organismo descentralizado actualmente en la órbita de la SECRETARÍA DE
ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
ARTÍCULO 4°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Norman Darío Martínez
e. 28/07/2021 N° 52258/21 v. 28/07/2021