Resolución 328/2021
RESOL-2021-328-APN-ST#MT
Ciudad de Buenos Aires, 07/04/2021
VISTO el EX-2020-00144442-APN-MT del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley
N° 20.744, (t.o.1.976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que en la página 3 IF-2020-00156134-APN-MT del EX-2020-00144442-APN-MT,
obra agregado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO UNICO DE LA
PUBLICIDAD, por la parte sindical, y la empresa THE NIELSEN COMPANY
SOUTH AMERICA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, por el sector
empleador, conforme lo dispuesto por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que dicho acuerdo es celebrado en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 107/90.
Que en el presente las partes establecen el pago por única vez de un
bono de carácter no remunerativo, a los trabajadores de la empleadora
alcanzados por el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 107/90, conforme los
detalles allí impuestos.
Que en atención al carácter atribuido por las partes a la suma abonada,
deberá tenerse en cuenta lo dispuesto por el artículo 103 de la Ley de
Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976)
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando sus personerías y facultades para negociar
colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.
Que el ámbito de aplicación del mentado instrumento se circunscribe a
la estricta correspondencia entre la actividad de la empleadora
firmante, y los ámbitos de representación personal y actuación
territorial de la entidad sindical de marras, emergentes de su
Personería Gremial.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO
-2019-75-APN-PTE
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado el acuerdo celebrado entre el
SINDICATO UNICO DE LA PUBLICIDAD, por la parte sindical, y la empresa
THE NIELSEN COMPANY SOUTH AMERICA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA,
por el sector empleador, obrante en la página 3 del
IF-2020-00156134-APN-MT del EX-2020-00144442-APN-MT, conforme lo
dispuesto por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin del registro del
instrumento obrante en las páginas 3 del IF-00156134-APN-MT del
EX-2020-00144442-APN-MT.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
procédase a la reserva conjuntamente con el legajo del Convenio
Colectivo de Trabajo N° 107/90
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del acuerdo homologado, y de esta Resolución, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de
la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Marcelo Claudio Bellotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 28/07/2021 N° 52055/21 v. 28/07/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)