Resolución 952/2021
RESOL-2021-952-APN-MC
Ciudad de Buenos Aires, 28/07/2021
VISTO el Expediente Nº EX-2021-33251598- -APN-DGD#MC, la Ley de
Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus
modificatorias), el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019,
modificado por su similar Decreto N° 335/20, la Decisión Administrativa
Nº 1428 de fecha 8 de agosto de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que entre los objetivos asignados al MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN
por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N°
438/92 y sus modificatorias) se encuentra el de “(…) Entender en la
formulación y ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos
de la jurisdicción destinadas a estimular y favorecer a las culturas en
todas sus formas.(…) Ejecutar los planes, programas y proyectos del
área de su competencia, elaborados conforme a las directivas que
imparta el Poder Ejecutivo Nacional. (…)”, y “(…) Producir y promover
contenidos relacionados con las culturas en todas sus formas,
procurando llegar al público de todas las edades, en todo el país y con
criterios inclusivos, de diversidad social, de género, religioso y
étnicos.(…)”, entre otros.
Que, de conformidad con las disposiciones del Decreto Nº 50/19,
modificado por su similar Nº 335/20, la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL
tiene entre sus objetivos los de “(…) Entender en la planificación y
ejecución de políticas públicas destinadas al reconocimiento y
fortalecimiento de la diversidad cultural en todas sus formas, así como
a favorecer la integración y acceso de todos los sectores a la
producción y consumo de bienes y servicios culturales).(…)”, y “(…)
Impulsar programas y acciones que tienen por objeto fomentar el
desarrollo de proyectos culturales, populares y comunitarios capaces de
promover la recuperación del entramado social y el pleno ejercicio de
los derechos culturales.(…)”, entre otros.
Que específicamente, en relación con los procesos de formación
dirigidos al sector cultural, relacionados con el cumplimiento de los
objetivos enunciados, y en los términos de la Decisión Administrativa
Nº1428/20 (DECAD-2020-1428-APN-JGM), Anexo II, la DIRECCIÓN NACIONAL DE
FORMACIÓN CULTURAL tiene la responsabilidad primaria de “Desarrollar,
impulsar y promover contenidos y programas vinculados a la capacitación
y formación en gestión cultural, así como también con la labor
artística, en el marco de su competencia”.
Que en línea con la mencionada responsabilidad, tiene asignadas entre
sus acciones las de “(…) Organizar y promover la realización de
encuentros, seminarios, talleres, residencias y toda otra actividad o
formato que fortalezca la transmisión del conocimiento, el
perfeccionamiento y el intercambio de ideas acerca de la formación en
arte y cultura. (…)” y “(…) Promover el acceso a la cultura desde la
formación de nuevos públicos. (…)”, entre otros.
Que, en ese marco, durante el año 2020, y en el transcurso del
corriente año, se han desarrollado iniciativas orientadas a la
dinamización y puesta en circulación de saberes y conocimientos
populares sobre arte y cultura comunitaria, en todo el territorio
nacional.
Que dichas experiencias, se inscribieron inicialmente dentro de las
herramientas previstas para el PROGRAMA FORMAR CULTURA, aprobada por
Resolución M.C. Nº 1094/20 (RESOL-2020-1094-APN-MC).
Que, en esa línea, y mediante ciclos de formación federal, se abordaron
problemáticas estratégicas ligadas al desarrollo de la cultura
comunitaria, con el objeto de enriquecer la labor desarrollada por
diversos colectivos que implementan actividades de capacitación en sus
territorios, generando un espacio de intercambio horizontal para la
construcción de conocimientos y la democratización de saberes.
Que los ciclos de referencia tuvieron un alto nivel de participación, y
de igual modo un fuerte impacto en las organizaciones de la cultura
comunitaria, cuyos referentes/as integraron los intercambios,
adquiriendo herramientas para replicar experiencias, y para desarrollar
proyectos y planes de trabajo dentro de los colectivos que integran.
Que, en orden a la importancia del sector dentro del entramado cultural
del país, el informe realizado en año 2018 por el SISTEMA DE
INFORMACIÓN CULTURAL DE LA ARGENTINA (SInCA) con base en la Encuesta
Nacional de Consumos Culturales (2017), destaca que la cuarta parte de
nuestra población declara formar parte de al menos una organización
comunitaria en su territorio.
Que, por esa razón, se ha planteado la necesidad de contar con una
política pública estratégica, y un esquema de trabajo dotado de
objetivos y herramientas de largo plazo, tendientes a consolidar y
fortalecer una red de formadores y formadoras comunitarios/as en todas
las regiones y localidades del país.
Que, para propender al cumplimiento de ese objetivo, la DIRECCIÓN
NACIONAL DE FORMACIÓN CULTURAL, dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN
CULTURAL, propone la creación del PROGRAMA “TERRITORIO DE SABERES”.
Que el PROGRAMA “TERRITORIO DE SABERES”, potenciará el desarrollo y la
construcción colectiva de conocimientos populares, configurando
identidades, relatos y otras formas de percibir la cultura dentro de
una dimensión socialmente construida. Asimismo, buscará promover
caminos que favorezcan el desarrollo integral de todos los sectores
culturales de la comunidad, haciendo foco en aquellos que parten de una
concepción de cultura viva y comunitaria, con anclaje en sus
territorios de inserción.
Que, a los efectos de viabilizar la instrumentación del programa, y la
implementación operativa de sus herramientas, es oportuno establecer
que la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL actúe como autoridad de
aplicación, en los términos establecidos por el artículo 2º de la
presente Resolución.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con los objetivos
asignados por la Ley N° 22.520 (Texto ordenado por Decreto N° 438/92 y
sus modificatorios), el Decreto Nº 50/19 modificado por su similar Nº
335/20, y la Decisión Administrativa Nº1428/20.
Por ello,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Crear el PROGRAMA “TERRITORIO DE SABERES” en el ámbito de
la DIRECCIÓN NACIONAL DE FORMACIÓN CULTURAL, dependiente de la
SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL, de conformidad con los objetivos y las
herramientas previstas en el ANEXO I (IF-2021-58765148-APN-DNFC#MC),
que forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Establecer que la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL, será la
autoridad de aplicación e interpretación del programa, y se encuentra
facultada para dictar las normas de carácter operativo y/o
interpretativo que resulten necesarias durante su implementación, con
intervención de las áreas técnicas pertinentes de la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.
Tristán Bauer
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 30/07/2021 N° 52913/21 v. 30/07/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)