MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT
SECRETARÍA DE HÁBITAT
Resolución 7/2021
RESOL-2021-7-APN-SH#MDTYH
Ciudad de Buenos Aires, 30/07/2021
VISTO el Expediente EX-2021-24102949-APN-DGDYD#MDTYH, la Ley de
Ministerios Nº 22.520 (T.O. Decreto Nº 438/92 y sus modificatorios), el
Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019, las Resolución Nros. 16 del
29 de enero de 2021, 152 del 14 de mayo de 2021 y 268 del 21 de julio
de 2021 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, la
Resolución Nº 6 del 16 de julio de 2021 de la SECRETARÍA DE HÁBITAT del
MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº 16/21 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL
y HÁBITAT se creó el Programa Nacional de Construcción de Viviendas
denominado PROGRAMA “CASA PROPIA - CONSTRUIR FUTURO”, cuyo objeto es la
construcción de nuevas viviendas en todo el país durante el trienio
2021-2023, mediante el desarrollo y mejoramiento de las condiciones del
hábitat y de la vivienda.
Que la citada Resolución estableció como Autoridad de Aplicación del
PROGRAMA “CASA PROPIA - CONSTRUIR FUTURO” a la SECRETARIA DE HÁBITAT
del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, facultándose a la
misma a fijar los “Montos Máximos Financiables” para cada uno de los
Convenios Marco y Convenios Particulares que se ejecutarán en el marco
del PROGRAMA.
Que en virtud de la facultad antes referida, por Resolución Nº 6/21 de
la SECRETARÍA DE HÁBITAT, se aprobaron los “Montos Máximos
Financiables” aplicables al “PROGRAMA CASA PROPIA - CONSTRUIR FUTURO”.
Que asimismo por Resolución Nº 152/21 del MINISTERIO DE DESARROLLO
TERRITORIAL y HÁBITAT se creó en el marco del PROGRAMA “CASA PROPIA -
CONSTRUIR FUTURO”, el SUBPROGRAMA “CASA PROPIA – CASA ACTIVA”, cuyo
objeto es la promoción y el financiamiento de proyectos para la
construcción de complejos habitacionales, en los cuales podrá incluirse
equipamiento de espacios comunes y centros de día, para su adjudicación
en comodato a personas mayores de SESENTA (60) años de edad.
Que la Resolución antes citada facultó a la SECRETARIA DE HÁBITAT, en
su calidad de Autoridad de Aplicación del PROGRAMA “CASA PROPIA –
CONSTRUR FUTURO” a fijar los montos máximos financiables para el
SUBPROGRAMA “CASA PROPIA – CASA ACTIVA”, como así también a establecer
el sistema de transferencias financieras y mecánica de desembolsos
diferenciados para el equipamiento de los espacios comunes y centros de
día.
Que conforme las características constructivas de las obras para el
equipamiento de los espacios comunes y centros de día, a los fines de
establecer los “Montos Máximos Financiables” para cada uno de las
referidas obras a financiar a través del PROGRAMA “CASA PROPIA – CASA
ACTIVA”, corresponde establecer los mismos en su porcentaje de
incidencia con relación a los “Montos Máximos Financiables” aplicables
al PROGRAMA “CASA PROPIA - CONSTRUIR FUTURO” para la construcción de
viviendas.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE
DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT ha tomado la intervención de su
competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas
en el artículo 5º de la Resolución Nº 16/21 y del artículo 4º de la
Resolución Nº 152/21 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT.
Por ello,
EL SECRETARIO DE HÁBITAT
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Apruébanse los “Montos Máximos Financiables” y el sistema
de transferencias financieras y mecánica de desembolsos diferenciados
para el equipamiento de los espacios comunes y centros de día,
aplicables al SUPROGRAMA “CASA PROPIA – CASA ACTIVA”, creado por la
Resolución Nº 152 del 14 de mayo de 2021 del MINISTERIO DE DESARROLLO
TERRITORIAL Y HÁBITAT, que se indican en el Anexo
(IF-2021-68096867-APN-SH#MDTYH) que integra la presente medida.
ARTICULO 2º.- La presente norma entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Santiago Alejandro Maggiotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 03/08/2021 N° 53318/21 v. 03/08/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)