MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT

SECRETARÍA DE HÁBITAT

Resolución 7/2021

RESOL-2021-7-APN-SH#MDTYH

Ciudad de Buenos Aires, 30/07/2021

VISTO el Expediente EX-2021-24102949-APN-DGDYD#MDTYH, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (T.O. Decreto Nº 438/92 y sus modificatorios), el Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019, las Resolución Nros. 16 del 29 de enero de 2021, 152 del 14 de mayo de 2021 y 268 del 21 de julio de 2021 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, la Resolución Nº 6 del 16 de julio de 2021 de la SECRETARÍA DE HÁBITAT del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº 16/21 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL y HÁBITAT se creó el Programa Nacional de Construcción de Viviendas denominado PROGRAMA “CASA PROPIA - CONSTRUIR FUTURO”, cuyo objeto es la construcción de nuevas viviendas en todo el país durante el trienio 2021-2023, mediante el desarrollo y mejoramiento de las condiciones del hábitat y de la vivienda.

Que la citada Resolución estableció como Autoridad de Aplicación del PROGRAMA “CASA PROPIA - CONSTRUIR FUTURO” a la SECRETARIA DE HÁBITAT del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, facultándose a la misma a fijar los “Montos Máximos Financiables” para cada uno de los Convenios Marco y Convenios Particulares que se ejecutarán en el marco del PROGRAMA.

Que en virtud de la facultad antes referida, por Resolución Nº 6/21 de la SECRETARÍA DE HÁBITAT, se aprobaron los “Montos Máximos Financiables” aplicables al “PROGRAMA CASA PROPIA - CONSTRUIR FUTURO”.

Que asimismo por Resolución Nº 152/21 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL y HÁBITAT se creó en el marco del PROGRAMA “CASA PROPIA - CONSTRUIR FUTURO”, el SUBPROGRAMA “CASA PROPIA – CASA ACTIVA”, cuyo objeto es la promoción y el financiamiento de proyectos para la construcción de complejos habitacionales, en los cuales podrá incluirse equipamiento de espacios comunes y centros de día, para su adjudicación en comodato a personas mayores de SESENTA (60) años de edad.

Que la Resolución antes citada facultó a la SECRETARIA DE HÁBITAT, en su calidad de Autoridad de Aplicación del PROGRAMA “CASA PROPIA – CONSTRUR FUTURO” a fijar los montos máximos financiables para el SUBPROGRAMA “CASA PROPIA – CASA ACTIVA”, como así también a establecer el sistema de transferencias financieras y mecánica de desembolsos diferenciados para el equipamiento de los espacios comunes y centros de día.

Que conforme las características constructivas de las obras para el equipamiento de los espacios comunes y centros de día, a los fines de establecer los “Montos Máximos Financiables” para cada uno de las referidas obras a financiar a través del PROGRAMA “CASA PROPIA – CASA ACTIVA”, corresponde establecer los mismos en su porcentaje de incidencia con relación a los “Montos Máximos Financiables” aplicables al PROGRAMA “CASA PROPIA - CONSTRUIR FUTURO” para la construcción de viviendas.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas en el artículo 5º de la Resolución Nº 16/21 y del artículo 4º de la Resolución Nº 152/21 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT.

Por ello,

EL SECRETARIO DE HÁBITAT

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Apruébanse los “Montos Máximos Financiables” y el sistema de transferencias financieras para las obras de equipamiento de espacios comunes y centros de día, aplicables al “SUPROGRAMA CASA PROPIA – CASA ACTIVA”, creado por la Resolución Nº 152 del 14 de mayo de 2021 y modificatorias del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, que se indican en el Anexo (IF-2023-34074593-APN-SH#MDTYH) que integra la presente medida.

(Artículo sustituido por art. 1° de la Resolución N° 2/2023 de la Secretaría de Hábitat B.O. 31/3/2023. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)

ARTICULO 2º.- La presente norma entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Santiago Alejandro Maggiotti

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 03/08/2021 N° 53318/21 v. 03/08/2021

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial.)

ANEXO

(Anexo sustituido por art. 1° de la Resolución N° 2/2023 de la Secretaría de Hábitat B.O. 31/3/2023. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)

MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT

SECRETARÍA DE HÁBITAT

MONTOS MÁXIMOS FINANCIABLES “SUBPROGRAMA CASA PROPIA - CASA ACTIVA”

CENTRO DE DÍA: Hasta un NOVENTA POR CIENTO (90%) de los Montos Máximos Financiables establecidos para el metro cuadrado (m2) de construcción de viviendas del “PROGRAMA CASA PROPIA -CONSTRUIR FUTURO”.

PILETA CLIMATIZADA: Hasta un TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) por sobre los Montos Máximos Financiables establecidos para el metro cuadrado (m2) de construcción de viviendas del “PROGRAMA CASA PROPIA - CONSTRUIR FUTURO”.

COBERTURTA DE PILETA CLIMATIZADA: Hasta un SESENTA Y CINCO POR CIENTO (65%) de los Montos Máximos Financiables establecidos para el metro cuadrado (m2) de construcción de viviendas del “PROGRAMA CASA PROPIA - CONSTRUIR FUTURO”.

PARQUIZACIÓN DE ESPACIOS COMUNES: Hasta un CIENTO POR CIENTO (5%) de los Montos Máximos Financiables establecidos para el metro cuadrado (m2) de construcción de viviendas del “PROGRAMA CASA PROPIA - CONSTRUIR FUTURO”.

Los anticipos financieros y las transferencias subsiguientes, se efectuarán de acuerdo a lo establecido en el Reglamento Particular del “PROGRAMA CASA PROPIA - CONSTRUIR FUTURO”, aprobado por Resolución N° 16/21 y modificatorias del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, en forma mensual y conforme avance del plan de trabajo y curva de inversión de conformidad con la Ley N° 27.271 y 27.397 (Unidades de Vivienda - UVI).

IF-2023-34074593-APN-SH#MDTYH