Disposición 81/2021
DI-2021-81-E-AFIP-DIRBBL#SDGOPII
Bahía Blanca, Buenos Aires, 30/07/2021
VISTO la Disposición N° 525/13 (AFIP), la Disposición N° 317/13 (SDG RHH) y
CONSIDERANDO:
Que, en los mencionados actos dispositivos se restablece la Estructura
Orgánica de la Dirección Regional Bahía Blanca en jurisdicción de la
Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior y se
asignan las funciones pertinentes.
Que de acuerdo con la propuesta presentada por la División
Fiscalización de Seguridad Social (DI RBBL) en su
NO-2021-831342-AFIP-DFSDIRBBL#SDGOPII en la que expresa que por razones
operativas surge la necesidad de modificar el Régimen de Reemplazos
para casos de ausencia o impedimento de la Jefatura de la División
Fiscalización Seguridad Social (DI RBBL) y de los Supervisores del
Equipo Seguridad Social C (DFS DI RBBL) y del Equipo Seguridad Social D
(DFS DI RBBL) de esta Dirección Regional Bahía Blanca.
Que, por ello y en ejercicio de las facultades conferidas por los
artículos 4°, 9° y 10 del Decreto 618/97 y DI-2019-182-E-AFIP-AFIP,
LA DIRECTORA REGIONAL A CARGO DE LA DIRECCIÓN REGIONAL BAHIA BLANCA DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1º: Modificar el Régimen de Reemplazos para los casos de
ausencia o impedimento de la unidades de estructura División
Fiscalización Seguridad Social (DI RBBL), Equipo Seg. Social C (DFS
DIRBBL) y Equipo Seg. Social D (DFS DI RBBL) en jurisdicción de la
Dirección Regional Bahía Blanca, el que quedará establecido de la
siguiente forma:
UNIDAD DE ESTRUCTURA | REEMPLAZANTE |
DIVISION FICALIZACION SEGURIDAD SOCIAL (DIRBBL) | 1°.Cra. Maria Viviana WESNER - Leg. N° 40.398/64 (*) |
2° Cra. Mariela Isabel PISCHEL - Leg. N° 35.543/10 (*) |
(*) Con carácter de Juez Administrativo
EQUIPO SEG. SOC. C (DFS DIRBBL) | 1° Supervisor Equipo Seg. Soc. B (DFS DIRBBL) |
2° Supervisor Equipo Seg. Soc A (DFS DIRBBL) |
EQUIPO SEG. SOC. D (DFS DIRBBL) | 2° Supervisor Equipo Seg. Soc B (DFS DIRBBL) |
ARTÍCULO 2°: Déjese sin efecto toda Disposición dictada por esta
instancia con anterioridad al presente acto, en lo que respecta
exclusivamente a los reemplazos dispuestos oportunamente para las
unidades de estuctura mencionadas en el Artículo 1° de la presente.
ARTÍCULO 3°: Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional de
Registro Oficial para su publicación, notifíquese a los agentes
designados y archívese.
Silvana Patricia Quinteros
e. 03/08/2021 N° 53478/21 v. 03/08/2021