Disposición 659/2021
DI-2021-659-APN-CNRT#MTR
Ciudad de Buenos Aires, 23/07/2021
Visto el Expediente Nº EX-2021-54979557-APN-DCSYL#CNRT, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, tramita la Contratación
Directa por Compulsa Abreviada por Emergencia Nº 73-0033-CDI21 –
denominada Compulsa COVID 7/2021, llevada a cabo para la adquisición de
SESENTA (60) notebooks en el marco de la pandemia de COVID-19.
Que la presente Contratación tiene lugar de conformidad con lo
dispuesto por los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros.
DECNU-2020-260-APN-PTE y sus modificatorios y complementarios, las
Decisiones Administrativas Nº DECAD-2020-409-APN-JGM y
DECAD-2020-472-APN-JGM, la Resolución de la SECRETARÍA DE COMERCIO
INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO N° 100/2020, y sus
complementarias, la Disposición de la OFICINA NACIONAL DE
CONTRATACIONES Nº DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus modificatorias, la
Disposición N° DI-2020-53-APN-ONC#JGM y la Disposición N°
DI-2020-55-APN-ONC#JGM, impartidas a partir de que la ORGANIZACIÓN
MUNDIAL DE LA SALUD decretara el brote del COVID 19, como una PANDEMIA.
Que dicho procedimiento se inició a instancias de lo solicitado por la
GERENCIA DE SERVICIOS DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN mediante las
Notas Nros. NO-2021-42238249-APN-GSTI#CNRT,
NO-2021-50858861-APN-GSTI#CNRT y NO-2021-54274555-APN-GSTI#CNRT, atento
a que con motivo de la Emergencia Sanitaria por la pandemia de
COV-SARS2, los agentes de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL
TRANSPORTE se encuentran realizando sus tareas bajo la modalidad de
teletrabajo, y sus equipos personales no cuentan con los niveles de
seguridad que requiere el uso de las aplicaciones de este Organismo,
como así tampoco cuentan con las prestaciones necesarias para la
ejecución de dichas aplicaciones.
Que corresponde encuadrar el presente trámite, en una Contratación
DIRECTA POR EMERGENCIA, de acuerdo a lo previsto, específicamente, en
el artículo 3° de la Decisión Administrativa Nº DECAD-2020-409-APN-JGM,
en el Anexo de la Disposición N° DI-2020-48-APN-ONC#JGM y en el
artículo 1° de la Disposición N° DI-2020-55-APN-ONC#JGM, ambas emitidas
por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.
Que la convocatoria a presentar ofertas se efectuó en cumplimiento de
lo establecido en el artículo 2° de la Disposición N°
DI-2020-55-APN-ONC#JGM, conforme surge de la constancia incorporada al
Expediente de la referencia como Informe N°
IF-2021-60621472-APN-DCSYL#CNRT, incluyéndose como parte de ella, todos
las condiciones particulares y técnicas que rigen la presente
Contratación en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares N°
PLIEG-2021-55056547-APN-DCSYL#CNRT que como anexo, forma parte
integrante de la presente medida.
Que con fecha 29 de junio de 2021, se efectuó el Acto de Apertura,
generándose el acta correspondiente a través del Sistema Electrónico de
Contrataciones de la Administración Nacional “Compr.AR”, recibiéndose
las ofertas de las firmas RIO INFORMÁTICA S.A. (CUIT Nº 30-70781324-1),
LA RED COMPUTACIÓN S.R.L. (CUIT Nº 30-69114481-6), MDP SISTEMAS
DIGITALES S.R.L. (CUIT Nº 30-70708853-9), la firma ACCSYS S.A. (CUIT Nº
33-70927187-9), la firma DATAWISE S.A. (CUIT Nº 30-71159129-6), la
firma JOTA TECHNOLOGY S.R.L. (CUIT Nº 30-71653369-3) y la firma QUICK
SUPPLIES S.R.L. (CUIT Nº 30-70864975-5).
Que, analizadas las ofertas, el DEPARTAMENTO DE COMPRAS, SUMINISTROS Y
LOGÍSTICA emitió recomendación mediante el Informe Nº
IF-2021-61642764-APN-DCSYL#CNRT, aconsejando adjudicar la presente
Contratación a la firma JOTA TECHNOLOGY S.R.L., por la suma de PESOS
OCHO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS ($ 8.287.500.-)
por resultar su oferta admisible y conveniente, ajustarse técnicamente
a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares
PLIEG-2021-55056547-DCSYL#CNRT que rige la presente Contratación,
cumplir con la documentación solicitada en el mencionado Pliego,
cumplir con lo solicitado por la GERENCIA DE SERVICIOS DE TECNOLOGÍAS
DE LA INFORMACIÓN, conforme surge de la Nota Nº
NO-2021-61274905-APN-GSTI#CNRT y resultar sus precios convenientes.
Que en ese mismo orden de ideas, y en concordancia con lo manifestado
por la GERENCIA DE SERVICIOS DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN en su
Nota mencionada ut supra, dicho Departamento informa que el equipo
ofertado por la firma RIO INFORMÁTICA S.A., MDP SISTEMAS DIGITALES
S.R.L. y ACCSYS S.A., superan el peso solicitado, toda vez que los
mismos se encuentran por encima de los DOS (2) kilogramos, siendo este
aspecto importante a la hora de tratarse de un equipo portátil; el
equipo ofertado por la firma DATAWISE S.A. presenta un procesador,
tarjeta gráfica, peso y resolución de cámara web, inferior a lo
solicitado; y finalmente el equipo ofertado por la firma QUICK SUPPLIES
S.R.L. presenta peso, resolución de cámara web y tarjeta gráfica
inferior a lo solicitado.
Que asimismo mediante el Informe Gráfico N°
IF-2020-72703167-APN-DCSYL#CNRT del DEPARTAMENTO DE COMPRAS,
SUMINISTROS Y LOGÍSTICA, surge que la OFICINA NACIONAL DE
CONTRATACIONES, ha indicado que, al tratarse de un procedimiento de
emergencia, no se requiere para este tipo de adquisición informática,
la intervención de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN.
Que intervendrán en la Contratación que nos ocupa, los miembros
titulares y suplentes de la Comisión de Recepción de esta COMISIÓN
NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, designados mediante la
Disposición CNRT N° DI-2020-125-APN-CNRT#MTR o la que en el futuro la
reemplace, dictada de conformidad con lo establecido en el artículo 84
y concordantes del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la
Administración Nacional”, aprobado por el Decreto Nº 1030/16, sus
modificatorios y complementarios.
Que la SUBGERENCIA DE CONTABILIDAD, PRESUPUESTO Y RECAUDACIONES ha tomado intervención de su competencia.
Que la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS de esta COMISIÓN
NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, ha tomado la intervención que le
compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades
establecidas en el artículo 6° de la Decisión Administrativa N°
DECAD-2020-409-APN-JGM, en el artículo 35, inciso b) del “Reglamento de
la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del
Sector Público Nacional Nº 24.156”, aprobado por el Decreto Nº 1344/07,
sus modificatorios y complementarios, el Anexo al referido artículo 35,
y lo dispuesto por el artículo 9º, incisos d) y e) del “Reglamento del
Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional” aprobado por
el Decreto Nº 1030/16, y el Anexo al referido artículo 9º.
Que este acto se dicta en virtud de las facultades otorgadas por el
Decreto Nº 1388/96 y sus modificatorios, y en los términos del Decreto
Nº 302/2020.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase a Contratación Directa por Compulsa Abreviada
por Emergencia Nº 73-0033-CDI21 – denominada Compulsa COVID 7/2021,
llevada a cabo para la adquisición de SESENTA (60) notebooks en el
marco de la pandemia de COVID-19, de conformidad con lo dispuesto por
los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE y sus
modificatorios y complementarios, las Decisiones Administrativas Nº
DECAD-2020-409-APN-JGM y DECAD-2020-472-APN-JGM, la Resolución de la
SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
N° 100/2020, y sus complementarias, la Disposición de la OFICINA
NACIONAL DE CONTRATACIONES Nº DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus
modificatorias, la Disposición N° DI-2020-53-APN-ONC#JGM y la
Disposición N° DI-2020-55-APN-ONC#JGM, impartidas a partir de que la
ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD decretara el brote del COVID 19, como
una PANDEMIA.
ARTÍCULO 2º.- Apruébase las condiciones particulares y técnicas que
rigieron la presente contratación como Pliego de Bases y Condiciones
Particulares N° PLIEG-2021-55056547-APN-DCSYL#CNRT que como anexo,
forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 3º.- Adjudícase la presente Contratación a la firma JOTA
TECHNOLOGY S.R.L. (CUIT Nº 30-71653369-3), por la suma de PESOS OCHO
MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS ($ 8.287.500.-) por
resultar su oferta admisible y conveniente, ajustarse técnicamente a lo
establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares Nº
PLIEG-2021-55056547-APN-DCSYL#CNRT que rige la presente Contratación,
cumplir con la documentación solicitada en el mencionado Pliego,
cumplir con lo solicitado por la GERENCIA DE SERVICIOS DE TECNOLOGÍAS
DE LA INFORMACIÓN, conforme surge de la Nota Nº
NO-2021-61274905-APN-GSTI#CNRT y resultar sus precios convenientes.
ARTÍCULO 4º.- Establézcase que intervendrán en la recepción de los
bienes a que se refiere el artículo 1º de la presente Disposición, los
miembros titulares y suplentes de la Comisión de Recepción de esta
COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, designados por la
Disposición CNRT N° DI-2020-125-APN-CNRT#MTR dictada de conformidad con
lo establecido en el artículo 84 y concordantes del “Reglamento del
Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado por
el Decreto N° 1030/16, sus modificatorios y complementarios.
ARTÍCULO 5º.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo 3º se
imputará con cargo para el ejercicio presupuestario y a las partidas
que correspondan.
ARTÍCULO 6º.- Dese intervención a la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y RECURSOS HUMANOS.
ARTÍCULO 7º.- Publíquese la presente medida en el Portal de la OFICINA
NACIONAL DE CONTRATACIONES, y en el BOLETÍN OFICIAL por el término de
UN (1) día, dentro de los DIEZ (10) días de notificada la presente,
según lo establecido en el punto 8° del Anexo a la Disposición N°
48/2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 8º.- Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL para su publicación en los términos consignados en el artículo
anterior y archívese.
Jose Ramon Arteaga
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición no se publica/n.
El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s a través del sitio web
“COMPR.AR”, ingresando el número de contratación.
e. 12/08/2021 N° 56286/21 v. 12/08/2021