Disposición 344/2021
DI-2021-344-APN-DGSA#ARA
Ciudad de Buenos Aires, 12/08/2021
VISTO el expediente electrónico EX-2021-61006736- -APN-DGSA#ARA, el
artículo 15 ter del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 260/20, la
Decisión Administrativa Nº 409/20 del señor JEFE DE GABINETE DE
MINISTROS prorrogada por Decreto N° 167/2021 y la Disposición Nº
48/2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto según
Disposición ONC N° 55/20), y
CONSIDERANDO:
Que el señor Jefe del Departamento Bioquímica solicitó la inmediata
ADQUISICION DE MATERIALES BIOMEDICOS DESCARTABLES PARA PACIENTES COVID.
Que ante la situación epidemiológica y una curva creciente de contagios
de pacientes Covid-19, es de gran importancia, que estos insumos
básicos sean adquiridos con la urgencia que la situación crítica
requiere.
Que el procedimiento de selección de co-contratante particular elegido
fue el previsto en el artículo 15 del Decreto Nº 167/21 y el mismo ha
sido sustanciado a través de la plataforma COMPR.AR.
Que el contenido de las invitaciones cursadas a los proveedores cumple
con las pautas fijadas en el artículo 3° inciso d) del Anexo a la
Disposición N° 48/20 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto
según Disposición ONC N° 55/20), en número de orden 10.
Que el acto de apertura de ofertas se celebró el 16 de julio de 2021
conforme surge de la constancia obrante en orden número 16 habiéndose
recibido UNA (1) oferta de la firma RAUL JORGE LEON POGGI CUIT
20083367599.
Que conforme surge de la constancia bajo orden número 6 se informó a la
Inspección General de la Armada y a la Unidad de Auditoría Interna del
Ministerio de Defensa la iniciación del presente procedimiento.
Que el oferente se encuentra en estado “inscripto” en el Sistema de
Información de Proveedores (SIPRO) y con los datos actualizados, según
consta en número de orden 33.
Que conforme lo informado por el MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO,
el programa “precios máximos” ha finalizado, aplicándose actualmente el
programa “precios cuidados”, sin que se encuentren los productos objeto
de esta contratación dentro del listado de productos básicos
protegidos, según consta en número de orden 34
Que en función de los resultados del informe técnico en número de orden
29, surge que el oferente cumple técnicamente con lo solicitado para el
renglón cotizado.
Que el oferente RAUL JORGE LEON POGGI CUIT N° 20083367599 no presentó
muestras, según lo requerido en el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares.
Que la Unidad Operativa de Contrataciones en número de orden 46,
recomienda desestimar la oferta presentada por el oferente RAUL JORGE
LEON POGGI CUIT N° 20083367599, por no presentar muestras según lo
requerido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que se comparte el juicio de la Unidad Operativa de Contrataciones.
Que los artículos 6° de la Decisión Administrativa Nº 409/20 del señor
JEFE DE GABINETE DE MINISTROS y 5° del Anexo de la Disposición N° 48/20
de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto según Disposición ONC
N° 55/20) establecen que se aplica la distribución de competencias
efectuada en el artículo 9° del Anexo del Decreto N° 1030/16 para los
procedimientos de contratación directa por compulsa abreviada y
adjudicación simple.
Que, por remisión del artículo 9° del Anexo del aludido Decreto, deviene aplicable la Resolución MD 265/16.
Que, por tratarse de un procedimiento sustanciado en el ámbito de la
ARMADA ARGENTINA, debe estarse a lo dispuesto en el Anexo III de la
Resolución ministerial indicada.
Que el suscripto en su carácter de Director General posee competencia
para dictar el presente acto administrativo siempre que la contratación
no supere el equivalente a SIETE MIL QUINIENTOS MODULOS (M 7500).
Que el Departamento Asesoría Legal del HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES
“CIRUJANO MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO” ha tomado la intervención que le
corresponde en número de orden 51.
Que, en razón de los artículos 6° de la Decisión Administrativa Nº
409/20 del señor JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, 5° del Anexo de la
Disposición N° 48/20 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto
según Disposición ONC N° 55/20), el artículo 9° Anexo del Decreto N°
1030/16 y el Anexo III de la Resolución MD 265/16, el suscripto es
competente para dictar la presente medida.
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DEL HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO”
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Convalídese y apruébese lo actuado en la Compulsa -
COVID-19 Nº 0266/21 - ADQUISICION DE MATERIALES BIOMEDICO DESCARTABLE
PARA PACIENTES COVID.
ARTICULO 2º.- Desestimar la oferta presentada por el oferente RAUL
JORGE LEON POGGI CUIT N° 20083367599, por no presentar muestras según
lo requerido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
ARTICULO 3°.- Declarar fracasada la presente contratación.
ARTICULO 4º.- Notifíquese fehacientemente lo dispuesto al oferente que cotizo en esta contratación.
ARTICULO 5º.- Pásese, para conocimiento y efectos, al DEPARTAMENTO
CONTRATACIONES Y COMPRAS de este HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO
MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO”.
ARTICULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Alberto Hugo Croci
e. 18/08/2021 N° 58010/21 v. 18/08/2021