MINISTERIO DE TRANSPORTE
JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE
Resolución 261/2021
RESOL-2021-261-APN-JST#MTR
Ciudad de Buenos Aires, 24/08/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-09342495-APN-DA#JST, la Ley de
Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la
Emergencia Pública N° 27.541, el Decreto N° 260 de fecha 12 de marzo de
2020 con sus complementarios y modificatorios, el Decreto N° 287 de
fecha 17 de marzo de 2020; la Decisión Administrativa Nº 409 de fecha
18 de marzo de 2020 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las
Disposiciones de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC) N° 48 de
fecha 19 de marzo de 2020; N° 53 de fecha 8 de abril de 2020 y N° 55 de
fecha 22 de abril de 2020 con sus modificatorias y complementarias, la
Ley N° 27.514 y su Decreto Reglamentario N° 532 de fecha 9 de junio de
2020, y;
CONSIDERANDO:
Que, a través del expediente citado en el Visto, se dio inicio al
trámite la Contratación Directa por Compulsa Abreviada por Emergencia
COVID-19 N° 01/21 – Proceso de Compra N° 436-0003-CDI21- para la
adquisición de elementos de seguridad e higiene para la JUNTA DE
SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE, en el marco de la Pandemia “Covid19”, de
conformidad con lo establecido en el artículo 25° inciso d) apartado 5
del Decreto Delegado N° 1023/01 con sus modificatorios y
complementarios.
Que el Honorable Congreso de la Nación, por medio de la publicación con
fecha 23 de diciembre de 2019 de la Ley de Solidaridad Social y
Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública N° 27.541,
declaró la emergencia pública en materia económica, financiera,
administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social.
Que, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE
LA SALUD respecto del Coronavirus “COVID-19”, se amplió, a través del
dictado del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260 de fecha 12 de marzo
de 2020 con sus modificatorios y complementarios, la emergencia
sanitaria establecida mediante la Ley ut supra consignada.
Que, en ese marco, por medio de la Decisión Administrativa N° 409 de
fecha 18 de marzo de 2020 se estableció el Procedimiento de
Contratación de Bienes y Servicios en la Emergencia, disponiendo que
los principios generales a los que debe ajustarse la gestión de los
procedimientos de selección son los enumerados en el artículo 3° del
Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Nacional
aprobado por el Decreto Delegado N° 1023/01.
Que, de las constancias del expediente surge que, por Resolución N°
RESOL-2021-78-APN-JST#MTR, de fecha 8 de abril de 2021 se adjudicó la
citada contratación por un monto total de PESOS UN MILLÓN SEISCIENTOS
OCHENTA Y UN MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON VEINTE CENTAVOS ($
1.681.297,20).
Que, de conformidad con ello, con fecha 16 de abril de 2021 se
emitieron las siguientes Órdenes de Compra a través de la UNIDAD
OPERATIVA DE CONTRATACIONES, a saber: N° 436-1012-OC21 por un monto
total de PESOS CIENTO OCHO MIL ($ 108.000) a favor de JORGELINA PINEDA
(CUIT N°27333622780); N° 436-1013-OC21 por un monto total de PESOS
CUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO ($ 4.995) a favor de PEDRO
GUSTAVO BARACCO (CUIT N° 20-16267352-2); N° 436-1014-OC21 por un monto
total de PESOS VEINTIÚN MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ($ 21.850) a favor de
NORCA SRL (CUIT N°30537321160); N° 436-1015-OC21 por un monto total de
PESOS QUINIENTOS TREINTA Y DOS MIL SETECIENTOS SETENTA Y TRES CON
SETENTA CENTAVOS ($ 532.773,70) a favor de NO RISK S.A. (CUIT
N°33715211209); N° 436-1016-OC21 por un monto total de PESOS CIEN MIL
TRESCIENTOS OCHENTA ($ 100.380) a favor de ELIO OMAR CANDUSSI (CUIT
N°20232874326); N° 436-1017-OC21 por un monto total de PESOS VEINTE MIL
DOSCIENTOS SETENTA ($ 20.270), a favor de ANTIGUA SAN ROQUE S.R.L.
(CUIT N°30656875786); N° 436-1018-OC21 por un monto total de PESOS
DOSCIENTOS CINCO MIL CIENTO SETENTA ($ 205.170) a favor de DRIPLAN S.A.
(CUIT N°30702227751); N° 436-1019-OC21 por un monto total de PESOS
DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS DIEZ ($ 295.510) a favor de
CONSTRUCTORA ALTA BARDA S.A. (CUIT N°30710725906); N° 436-1020-OC21 por
un monto total de PESOS DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS ($ 18.400) a favor
de PROVEX SRL (CUIT N°30715170961); N° 436-1021-OC21 por un monto de
PESOS CIENTO TRES MIL OCHOCIENTOS ($ 103.800) a favor de FLORENCIA
BALLERGA (CUIT N°27283707321); N° 436-1022-OC21 por un monto total de
PESOS ONCE MIL QUINIENTOS OCHENTA ($ 11.580) a favor de JUAN LISERRE
(CUIT N°20105174099); N° 436-1023-OC21 por un monto total de PESOS
OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON OCHENTA CENTAVOS ($ 839,60) a favor de
TRIGEMIOS S.R.L. (CUIT N°30711544581); N° 436-1024-OC21 por un monto
total de PESOS TREINTA Y UN MIL CIENTO OCHO CON NOVENTA CENTAVOS ($
31.108,90) a favor de EL CACIQUE LIMPIEZA S.R.L. (CUIT N°30710819552);
N° 436-1025-OC21 por un monto total de PESOS OCHENTA Y TRES MIL
SETECIENTOS ($ 83.700) a favor de MARIO OMAR GARAVELLI (CUIT
N°20122743064); N° 436-1026-OC21 por un monto total de PESOS DIECISIETE
MIL ($ 17.000) a favor de 152BIS SAS (CUIT N°30715810782); N°
436-1027-OC21 por un monto total de PESOS SETENTA Y TRES MIL ($ 73.000)
a favor de GBO ARGENTINA S.A. (CUIT N°30708003391); N° 436-1028-OC21
por un monto total de PESOS CINCO MIL ($ 5.000) a favor de VYAM GROUP
SRL (CUIT N°30712307745) y; N° 436-1029-OC21 por un monto total de
PESOS CUARENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS VEINTE ($ 47.920) a favor de
DEBORA ALICIA LACUNZA (CUIT N°27261486690).
Que, en atención a las demandas del Organismo, la UNIDAD REQUIRENTE
solicitó las siguientes ampliaciones, de hasta un TREINTA Y CINCO POR
CIENTO (35%), en las Órdenes de Compra N° 436-1012-OC21 (renglón
único); N° 436-1016-OC21 en los Renglones Nros. 14, 15 y 16; N°
436-1021-OC21 respecto del Renglón Nro. 18; N° 436-1026-OC21 (renglón
único), N° 436-1027-OC21 (renglón único) y, N° 436-1028-OC21 (renglón
único), encontrándose las mismas motivadas por el incremento del
personal perteneciente a esta JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE y la
prolongación de la pandemia COVID-19.
Que, en consecuencia, a través de la UNIDAD OPERATIVA DE CONTRATACIONES
se procedió a efectuar la Solicitud de Ampliación a cada uno de los
adjudicatarios conforme los valores solicitados, detectándose el
rechazo del pedido de Incremento de la firma VYAM GROUP SRL (CUIT
N°30712307745) - Orden de Compra N° 436-1028-OC21 mientras que, todos
los demás han prestado la debida conformidad, cumplimentándose de esta
manera la manda legal prescripta por el apartado 1 del inciso a)
artículo 100 del Reglamento de Contrataciones de la Administración
Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030/16.
Que la prerrogativa de la Administración de ampliar el contrato
administrativo se encuentra prevista en el inciso b) del artículo 12
del Decreto Delegado N° 1023/01, reglamentado por el inciso a) del
artículo 100 del Anexo al Decreto N° 1030/16.
Que, en esta instancia, corresponde aprobar las ampliaciones de las
Órdenes de Compra N° 436-1012-OC21; N° 436-1016-OC21; N° 436-1021-OC21;
N° 436-1026-OC21, N° 436-1027-OC21.
Que conforme surge de la intervención del área de PRESUPUESTO de la
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN de esta Junta, el organismo cuenta con
partida presupuestaria suficiente para afrontar el gasto que demande la
ejecución de la presente contratación, tal como surge de las
Ampliaciones N° 436-0005-AMP21; N° 436-0009-AMP21; N° 436-0010-AMP21;
N° 436-0011-AMP21 y N° 436-0012-AMP21.
Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS de la JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas a
través de la Ley N° 27.514, las previsiones del artículo 12 inciso b)
del Decreto Nº 1023/01, con sus modificatorios y complementarios y, el
artículo 9 del Anexo al Decreto N° 1030/16 Reglamentario de Régimen de
Contrataciones de la Administración Nacional con sus modificatorios y
complementarios.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Amplíense, en un TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%), las
siguientes Órdenes de Compra: 1) Orden de Compra N° 436-1012-OC21
(Renglón único), por un monto que asciende a la suma de PESOS TREINTA Y
SIETE MIL OCHOCIENTOS ($ 37.800) a favor de la firma JORGELINA PINEDA
(CUIT N° 27-33362278-0); 2) Orden de Compra N° 436-1016-OC21 para los
Renglones Nros. 14, 15 y 16, por un monto que asciende a la suma de
PESOS DIECISIETE MIL QUINIENTOS VEINTE ($ 17.520) a favor de ELIO OMAR
CANDUSSI (CUIT N° 20-23287432-6); 3) Orden de Compra N° 436-1021-OC21
para el Renglón Nro. 18 por el monto que asciende a la suma de PESOS
DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($ 19.250) a favor de FLORENCIA
BALLERGA (CUIT N°27-28370732-1); 4) Orden de Compra N° 436-1026-OC21
(Renglón único), por un monto que asciende a la suma de PESOS CINCO MIL
NOVECIENTOS CINCUENTA ($ 5.950) a favor de 152BIS SAS (CUIT N°
30-71581078-2) y 5) Orden de Compra N° 436-1027-OC21 (Renglón único),
por un monto que asciende a la suma de PESOS VEINTICINCO MIL QUINIENTOS
CINCUENTA ($ 25.550) a favor de GBO ARGENTINA S.A. (CUIT
N°30-70800339-1); lo que representa un monto total que asciende a la
suma de PESOS CIENTO SEIS MIL SETENTA ($106.070), en los términos del
artículo 12 inciso b) del Decreto N° 1023/01 y el artículo 100 inciso
a) del Anexo al Decreto N° 1030/16, por los motivos expuestos en el
Considerando de la presente medida.
ARTÍCULO 2º.- Establézcase que a través de la DIRECCIÓN DE
ADMINISTRACIÓN se proceda a imputar la erogación resultante de las
Solicitudes de Ampliación N° 436-0005-AMP21; N° 436-0009-AMP21; N°
436-0010-AMP21; N° 436-0011-AMP21 y N° 436-0012-AMP21 a las partidas
presupuestarias del Servicio Administrativo Financiero 671 de la JUNTA
DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE.
ARTÍCULO 3°.- Determínese que, a través de la UNIDAD OPERATIVA DE
CONTRATACIONES, se proceda a emitir las Órdenes de Compra
correspondientes.
ARTÍCULO 4°.- Notifíquese a través de la UNIDAD OPERATIVA DE
CONTRATACIONES a las firmas JORGELINA PINEDA (C.U.I.T. 27-33362278-0),
152BIS S.A.S. (C.U.I.T. 30-71581078-2), ELIO OMAR CARDUSSI (C.U.I.T.
20-23287432-6), GBO ARGENTINA S.A. (C.U.I.T. 30-70800339-1), FLORENCIA
BALLERGA (C.U.I.T. 27-28370732-1).
ARTÍCULO 5°.- Notifíquese a la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA y a la
COMISIÓN DE RECEPCIÓN de la JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Julian Obaid
e. 25/08/2021 N° 60334/21 v. 25/08/2021