INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE
Resolución 240/2021
RESFC-2021-240-APN-D#INCUCAI
Ciudad de Buenos Aires, 27/08/2021
VISTO el Expediente Nº EX-2020-80433124-APN-DA#INCUCAI, el Decreto N°
328 del 31 de marzo de 2020, la Decisión Administrativa
ACTO-2020-26088248-APN-JGM del 15 de abril de 2020; la Resolución
RS-2020-84080232-APN-D#INCUCAI del 3 de diciembre de 2020; y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Decisión Administrativa ACTO-2020-26088248-APN-JGM,
se designó transitoriamente al Doctor Richard Miguel MALAN (CUIL
20-18772163-7), en el cargo de Director del Registro Nacional de
Donantes de Células Progenitoras Hematopoyéticas del Instituto Nacional
Central Único Coordinador de Ablación e Implante (INCUCAI), Nivel A
Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva
II del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema
Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto N°
2098/08 y modificatorios.
Que al vencimiento de dicha designación, la misma fue prorrogada mediante RS-2020-84080232-APN-D#INCUCAI.
Que por razones de índole operativa no se ha podido tramitar el proceso
de selección para la cobertura del cargo en cuestión, razón por la cual
resulta imprescindible disponer la prórroga de la citada designación.
Que por el Decreto N° 328/20 se autorizó a los Ministros y a las
Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE
LA NACIÓN y a las autoridades máximas de organismos descentralizados,
durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto N° 260/20 y sus prórrogas, a prorrogar las designaciones
transitorias que oportunamente fueran dispuestas en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que la Dirección de Administración y la Dirección de Asuntos Jurídicos, han tomado la intervención de su competencia.
Que quienes suscriben la presente se encuentran facultados para
resolver en esta instancia, en virtud de las atribuciones conferidas
por el artículo 59 inciso d) de la Ley Nº 27.447.
Que la presente medida ha sido considerada y aprobada en reunión de
Directorio del día 27 de agosto de 2021, conforme surge del texto del
Acta Nº 35.
Por ello,
El DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Dase por prorrogada a partir del día 24 de agosto de 2021
y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, la designación
transitoria del Doctor Richard Miguel MALAN (CUIL 20-18772163-7), en el
cargo de Director del Registro Nacional de Donantes de Células
Progenitoras Hematopoyéticas del INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO
COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI), Nivel A Grado 0,
autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva II del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema
Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto N°
2098/08 y modificatorios.
ARTÍCULO 2º.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los
requisitos y sistemas de selección vigentes, según lo establecido,
respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº
2098/08 y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles contados a partir de la fecha citada en el artículo 1° de
la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será imputado con cargo a las partidas específicas de los
créditos presupuestarios de la Jurisdicción 80, MINISTERIO DE SALUD,
Entidad 905, INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E
IMPLANTE (INCUCAI).
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, notifíquese a la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS dentro de los
CINCO (5) días del dictado de la presente; publíquese en el Boletín
Oficial de la República Argentina, dese a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese.
Jose Luis Bustos - Carlos Soratti
e. 30/08/2021 N° 61670/21 v. 30/08/2021