MINISTERIO DE CULTURA
SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL
Resolución 408/2021
RESOL-2021-408-APN-SGC#MC
Ciudad de Buenos Aires, 27/08/2021
VISTO el Expediente Nº EX-2021-59035706- -APN-DGD#MC, la RESOL-2021-1027-APN-MC y
CONSIDERANDO:
Que a través de la RESOL-2021-1027-APN-MC, se aprobó el otorgamiento de
un APORTE ECONÓMICO EXTRAORDINARIO en concepto de Subsidio, a las
organizaciones sociales que conforman la RED NACIONAL DE PUNTOS DE
CULTURA, y su reglamento técnico de bases y condiciones.
Que, dicho aporte, está destinado a todas las organizaciones sociales
que integran la RED NACIONAL DE PUNTOS DE CULTURA, y que sostengan su
labor en la actualidad, y tiene por finalidad apoyar a las
organizaciones mencionadas, a través del otorgamiento de un subsidio,
destinado al sostenimiento y a la atención de gastos relacionados con
sus objetivos, en el marco del difícil contexto que la pandemia
originada por el virus SARS-COV-2 y su enfermedad asociada COVID-19, ha
generado para el funcionamiento de los espacios ligados a la cultura
comunitaria y que ha dejado a sus organizaciones en situación de gran
vulnerabilidad.
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 4° de la citada
norma, la SECRETARIA DE GESTIÓN CULTURAL actúa como autoridad de
aplicación e interpretación de la convocatoria y se encuentra facultada
para dictar las normas de carácter operativo y/o interpretativo que
resulten necesarias para su implementación, con intervención de las
áreas técnicas pertinentes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN
ADMINISTRATIVA.
Que, específicamente y de acuerdo con lo establecido en el punto 3) del
reglamento de convocatoria, de resultar necesario, para garantizar la
amplitud y pluralidad de la convocatoria, la autoridad de aplicación
podrá prorrogar el plazo de inscripción, mediante el dictado del acto
administrativo pertinente.
Que, en ese marco, y de conformidad con el reglamento en cita, la
inscripción a la convocatoria se estableció desde el día de la
publicación de la citada norma en el Boletín Oficial y por el plazo de
quince (15) días corridos.
Que, en tal sentido y teniendo en cuenta el vasto universo de
organizaciones que integran la RED NACIONAL DE PUNTOS DE CULTURA y con
el objeto de garantizar el acceso al aporte referido, es necesario
extender dicho plazo hasta el día 3 de septiembre de 2021 inclusive.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las disposiciones
del Decreto 50/2019 y su modificatorio y las facultades otorgadas por
RESOL-2021- 1027-APN-MC.
Por ello,
EL SECRETARIO DE GESTIÓN CULTURAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar hasta el día 3 de septiembre de 2021, el plazo
de inscripción a la Convocatoria para el otorgamiento del APORTE
ECONÓMICO EXTRAORDINARIO DIRIGIDO A ORGANIZACIONES QUE INTEGRAN LA RED
NACIONAL DE PUNTOS DE CULTURA, aprobado por RESOL-2021-1027-APN-MC.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.
Arturo Maximiliano Uceda
e. 31/08/2021 N° 62216/21 v. 31/08/2021