MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL
Resolución 95/2021
RESOL-2021-95-APN-SABYDR#MAGYP
Ciudad de Buenos Aires, 27/08/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-78378518- -APN-DGD#MAGYP del Registro
del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, la Resolución N°
RESOL-2021-91-APN-MAGYP de fecha 3 de junio de 2021 del citado
Ministerio, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y su
modificatorio, se aprobó el Organigrama de Aplicación y los Objetivos
de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.
Que son objetivos principales de la SECRETARÍA DE ALIMENTOS,
BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL y de la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO
DE ECONOMÍAS REGIONALES el diseño y ejecución de políticas de
desarrollo de las producciones de las economías regionales, la mejora
de la competitividad, la promoción comercial para mercados internos y
externos y de la calidad, la inserción en las cadenas de valor de los
productos de las economías regionales, el fortalecimiento del
desarrollo económico social y el ordenamiento productivo regional,
entre otros.
Que por la Resolución N° RESOL-2021-91-APN-MAGYP de fecha 3 de junio de
2021 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se creó el
PROGRAMA IMPULSO AL DESARROLLO DE LAS ECONOMÍAS REGIONALES (IDER) en el
ámbito de la SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL
del citado Ministerio.
Que la citada Resolución N° RESOL-2021-91-APN-MAGYP, a través del
referido Programa, tiene como objetivo principal promover acciones
destinadas a mejorar las condiciones socioeconómicas, productivas,
comerciales y financieras de las economías regionales, en un marco de
desarrollo sustentable con criterios de equidad social y territorial.
Que, por la referida Resolución N° RESOL-2021-91-APN-MAGYP se aprobó el
Manual Operativo del citado Programa que registrado con el N°
IF-2021-40017044-APN-DDPR#MAGYP, forma parte de la mencionada
resolución, con los parámetros básicos y objetivos a los que deberá
ajustar su tarea la SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO
REGIONAL y la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO DE ECONOMÍAS REGIONALES al
momento de diseñar, desarrollar y ejecutar dichas herramientas e
instrumentos, como así también para trabajar mancomunadamente con las
áreas del Gobierno Nacional, Provincial o Municipal que considere
pertinente, habida cuenta del carácter transversal del Programa en
cuestión.
Que por otra parte, es preciso considerar el actual escenario económico
y social del país en virtud del dictado del Decreto N° 260 de fecha 12
marzo de 2020 y sus modificatorios, mediante el cual se amplió la
emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N°
27.541.
Que en razón de lo expuesto, es imperioso proceder a un primer llamado
para la presentación de Proyectos de Inversión Productiva para el
Desarrollo de Economías Regionales en el marco del referido Programa.
Que corresponde aprobar las Bases y Condiciones a la que se ajustarán las referidas presentaciones de proyectos.
Que resulta menester delegar en la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO DE
ECONOMÍAS REGIONALES de la citada Secretaría, la evaluación y gestión
de todas las actividades inherentes al referido Programa, así como la
suscripción de los convenios vinculados al mismo.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención de su
competencia.
Que el suscripto es competente para resolver en esta instancia de
acuerdo a las facultades conferidas por el Decreto Nº 50 de fecha 19 de
diciembre 2019 y su modificatorio.
Por ello,
EL SECRETARIO DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase la convocatoria a la presentación de Proyectos
de Inversión Productiva para el Desarrollo de Economías Regionales
mediante Aportes No Reembolsables (ANR), en el marco del PROGRAMA
IMPULSO AL DESARROLLO DE LAS ECONOMÍAS REGIONALES (IDER) creado por la
Resolución Nº RESOL-2021-91-APN-MAGYP de fecha 3 de junio de 2021 del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase el DOCUMENTO EJECUTIVO - BASES Y CONDICIONES DE
LA 1º CONVOCATORIA A LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN
PRODUCTIVA PARA EL DESARROLLO DE ECONOMÍAS REGIONALES EN EL MARCO DEL
PROGRAMA IMPULSO AL DESARROLLO DE LAS ECONOMÍAS REGIONALES (IDER), que
como Anexo I, registrado con el N° IF-2021-79404022-APN-DDPR#MAGYP,
forma parte integrante de la presente medida, el cual regirá
complementariamente al Manual Operativo del referido Programa que como
Anexo, registrado con el N° IF-2021-40017044-APN-DDPR#MAGYP forma parte
integrante de la citada Resolución Nº RESOL-2021-91-APN-MAGYP.
ARTÍCULO 3°.- La convocatoria dispuesta por el Artículo 1º de la
presente medida tendrá la vigencia establecida en el referido Anexo I
de la presente resolución y será por un monto máximo de PESOS CIEN
MILLONES ($100.000.000), sujeto a disponibilidad presupuestaria.
ARTÍCULO 4°.- Establécese que la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO DE
ECONOMÍAS REGIONALES de la SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y
DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA,
será la Autoridad de Aplicación del Programa y se encontrará facultada
para dictar las normas de carácter operativo y/o interpretativo que
resulten necesarias para su implementación.
ARTÍCULO 5°.- Apruébase el modelo de FORMULARIO IDEA PROYECTO que como
Anexo II, registrado con el N° IF-2021-79403727-APN-DDPR#MAGYP, forma
parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 6°.- Apruébase el modelo de “FORMULARIO DE PROYECTO” en el
marco de la Convocatoria IDER 2021 que como Anexo III, registrado con
el Nº IF-2021-79403284-APN-DDPR#MAGYP, forma parte integrante de la
presente resolución.
ARTÍCULO 7°.- Apruébase el modelo de CONVENIO DE FINANCIAMIENTO DE
PROYECTO a suscribirse entre LA SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO DE
ECONOMÍAS REGIONALES y el BENEFICIARIO (PERSONA HUMANA O JURÍDICA) que,
como Anexo IV, registrado con el N° IF-2021-79402791-APN-DDPR#MAGYP,
forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 8°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo al Programa 44, Actividad 11 – Impulso
al Desarrollo de Economías Regionales, de la Jurisdicción 52 –
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, Servicio Administrativo
Financiero 363.
ARTÍCULO 9°.- La presente medida comenzará a regir a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 10.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Marcelo Eduardo Alos
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.
El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en: www.magyp.gob.ar/normativa/
e. 31/08/2021 N° 62253/21 v. 31/08/2021