INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
Resolución 412/2021
RESOL-2021-412-APN-INASE#MAGYP
Ciudad de Buenos Aires, 10/08/2021
VISTO el Expediente EX-2021-68229116--APN-DRV#INASE del Registro del
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita
del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 29 de julio de 2021 la empresa SYNGENTA AGRO S.A. y la
empresa SYNGENTA CROP PROTECTION A.G., han solicitado la baja de la
inscripción en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares,
creado por el Artículo 19 de la Ley de Semillas y Creaciones
Fitogenéticas Nº 20.247, de la creación fitogenética de maíz línea de
denominación NP 4013, de la creación fitogenética de trigo pan de
denominación BAGUETTE 7060 F, de las creaciones fitogenéticas de
girasol línea de denominaciones SYB205HO, MHB 53, MHB80 y SYLR10605 y
de las creaciones fitogenéticas de soja de denominaciones CCLP 6010 RG,
EBC 4900 RG, LAR 4920 RG, MG 5631 RG, NIDERA X 3584 RG, NS 5960, NS
8004 y NK 35-00.
Que el Artículo 30 a) de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas
Nº 20.247 establece que caducará el Título de Propiedad sobre un
cultivar por renuncia del propietario a sus derechos, en cuyo caso el
cultivar será de uso público.
Que el Artículo 36 a) del Decreto Nº 2.183 de fecha 21 de octubre de
1991, Reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº
20.247 establece que el derecho del obtentor sobre una variedad
caducará por renuncia del obtentor a sus derechos, en cuyo caso la
variedad será de uso público.
Que el Artículo 38 del Decreto Nº 2.183 de fecha 21 de octubre de 1991,
Reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº
20.247 establece que se publicarán a cargo del interesado en el Boletín
Oficial las renuncias a los Títulos de Propiedad otorgados.
Que la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE
SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, ha tomado la intervención de su
competencia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ha dictaminado al respecto.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud
de lo establecido en el Artículo 9º del Decreto Nº 2.817 de fecha 30 de
diciembre de 1991, ratificado por la Ley Nº 25.845.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Declárese la caducidad de los derechos de propiedad
pertinentes de la empresa SYNGENTA AGRO S.A. y la empresa SYNGENTA CROP
PROTECTION A.G., sobre la creación fitogenética de maíz línea de
denominación NP 4013, de la creación fitogenética de trigo pan de
denominación BAGUETTE 7060 F, de las creaciones fitogenéticas de
girasol línea de denominaciones SYB205HO, MHB 53, MHB 80 y SYLR10605 y
de las creaciones fitogenéticas de soja de denominaciones CCLP 6010 RG,
EBC 4900 RG, LAR 4920 RG, MG 5631 RG, NIDERA X 3584 RG, NS 5960, NS
8004 y NK 35-00, inscriptas en el Registro Nacional de la Propiedad de
Cultivares, creado por el Artículo 19 de la Ley de Semillas y
Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247, mediante la Resolución Nº 196 de
fecha 30 de julio de 2008 del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo
descentralizado en la órbita de la ex – SECRETARÍA DE AGRICULTURA,
GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
PRODUCCIÓN, Resolución N° 135 de fecha 3 de mayo de 2019 del INSTITUTO
NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita de la ex –
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN y TRABAJO, Resolución N° 237 de fecha 19 de julio de 2012
del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la
órbita del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA,
Resolución N° 114 de fecha 13 de mayo de 2011 del INSTITUTO NACIONAL DE
SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita del entonces
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, Resolución N° 126 de
fecha 27 de mayo de 2014 del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo
descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA, Resolución N° 115 de fecha 22 de septiembre de 2006
del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la
órbita de la ex – SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y
ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, Resolución
N° 411 de fecha 27 de diciembre de 2011 del INSTITUTO NACIONAL DE
SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita del entonces
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, Resolución N° 143 de
fecha 11 de octubre de 2006 del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS,
organismo descentralizado en la órbita de la ex – SECRETARÍA DE
AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, Resolución N° 15 de fecha 16 de enero de 2006
del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la
órbita de la ex – SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y
ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, Resolución
N° 146 de fecha 11 de octubre de 2006 del INSTITUTO NACIONAL DE
SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita de la ex – SECRETARÍA
DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, Resolución N° 115 de fecha 23 de octubre de 2018
del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la
órbita de la ex – SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y TRABAJO, Resolución N° 243 de fecha 12 de
septiembre de 2011 del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo
descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA, y Resolución N° 374 de fecha 13 de diciembre de 2007
del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la
órbita de la ex – SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y
ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, pasando las
mismas a ser de uso público, en virtud de la renuncia solicitada por el
titular (Artículo 36 a) del Decreto N° 2.183 de fecha 21 de octubre de
1991, reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº
20.247).
ARTÍCULO 2º.- Regístrese, comuníquese, publíquese a cargo del interesado en el Boletín Oficial y archívese.
Joaquín Manuel Serrano
e. 01/09/2021 N° 62628/21 v. 01/09/2021