Decisión Administrativa 872/2021
DECAD-2021-872-APN-JGM - Dase por designado Director Nacional de Programas de Hábitat.
Ciudad de Buenos Aires, 01/09/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-66314088-APN-SIP#JGM, la Ley N° 27.591,
los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios
y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 7 del
10 de diciembre de 2019 y su modificatorio, 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios y la Decisión Administrativa N° 433 del 29 de
abril de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.591 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021.
Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación
transitoria de personal en cargos de planta permanente y
extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario,
vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las
estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de
Ministros en el ámbito de la Administración Pública Nacional,
centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o
Entidad de que se trate.
Que por el Decreto N° 7/19 se sustituyó el artículo 1° de la Ley de
Ministerios (Ley N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus
modificatorias) y se creó, entre otros, el MINISTERIO DE DESARROLLO
TERRITORIAL Y HÁBITAT.
Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de
la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y
sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los
correspondientes al citado Ministerio.
Que por la Decisión Administrativa N° 433/21 se aprobó la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del citado Ministerio.
Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo
vacante y financiado de Director/a Nacional de Programas de Hábitat de
la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE VIVIENDA E INFRAESTRUCTURAS de la
SECRETARÍA DE HÁBITAT del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y
HÁBITAT.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes
del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y del artículo
2° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Dase por designado con carácter transitorio, a partir del
3 de mayo de 2021 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles
contados a partir del dictado de la presente medida, al arquitecto
Sebastián BARÉS (D.N.I. Nº 23.829.334) en el cargo de Director Nacional
de Programas de Hábitat de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE VIVIENDA E
INFRAESTRUCTURAS de la SECRETARÍA DE HÁBITAT del MINISTERIO DE
DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, Nivel A - Grado 0 del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.
Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función
Ejecutiva Nivel I del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y
se efectúa la presente designación transitoria con autorización
excepcional por no reunir el arquitecto BARÉS los requisitos mínimos
establecidos en el artículo 14 de dicho Convenio.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente
decisión administrativa deberá ser cubierto conforme los requisitos y
sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente,
en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, dentro
del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del
dictado de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
decisión administrativa será atendido con cargo a las partidas
específicas de la Jurisdicción 65 - MINISTERIO DE DESARROLLO
TERRITORIAL Y HÁBITAT.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Santiago Andrés Cafiero - Jorge Horacio Ferraresi
e. 02/09/2021 N° 63423/21 v. 02/09/2021