ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
Resolución 399/2021
RESFC-2021-399-APN-D#APNAC
Ciudad de Buenos Aires, 01/09/2021
VISTO el Expediente EX-2018-38266300-APN-DGA#APNAC del registro de esta
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, y la Resolución del Honorable
Directorio RESFC-2018-611-APN-D#APNAC, de fecha 7 de noviembre de 2018,
y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución del Honorable Directorio de la
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES RESFC-2018-611-APN-D#APNAC, de
fecha 7 de noviembre de 2018, se aprobó el PROGRAMA NACIONAL DE
VOLUNTARIADO DE PARQUES NACIONALES, cuyo contenido figura en el Anexo
IF-2018-50622986-APN-DCYD#APNAC.
Que resulta necesario actualizar los términos del citado Programa, en
virtud de las necesidades propias de la Administración y de las
Unidades Organizativas, con el objeto de garantizar mayor homogeneidad
en los planes, mayor impacto y difusión a nivel local y mejores
resultados para el Organismo en general.
Que por ello, corresponde dejar sin efecto la Resolución
RESFC-2018-611-APN-D#APNAC de fecha 7 de noviembre de 2018 y aprobar el
nuevo PROGRAMA NACIONAL DE VOLUNTARIADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES
NACIONALES, que como Anexo I, agregado como documento
IF-2021-71412499-APN-DNO#APNAC, integra el presente acto resolutivo.
Que asimismo se elaboraron modelos de Proyecto del PROGRAMA NACIONAL DE
VOLUNTARIADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, y de
EVALUACION DEL PROGRAMA NACIONAL DE VOLUNTARIADO DE LA ADMINISTRACION
DE PARQUES NACIONALES, los que obran agregados como Anexo II
identificado como IF-2021-71412391-APN-DNO#APNAC, y Anexo III
identificado como IF-2021-71412210-APN-DNO#APNAC.
Que a los efectos del presente Programa se entiende el voluntariado,
como una actividad sin fines de lucro, socioeducativa, que expresa
valores de solidaridad individual y colectivos.
Que bajo ningún concepto la calidad de voluntario creará otro vinculo
más que el existente entre el interesado y la Administración, no
generando relación laboral ni jurídica alguna con el Organismo.
Que han tomado las intervenciones de sus competencias, las Direcciones
Nacionales de Operaciones, de Conservación, de Uso Público y las
Direcciones Generales de Administración, de Recursos Humanos y de
Asuntos Jurídicos.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 23, inciso f), de la Ley Nº 22.351.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Déjase sin efecto la Resolución
RESFC-2018-611-APN-D#APNAC de fecha 7 de noviembre de 2018, por los
motivos expuestos en los Considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Apruébase el PROGRAMA NACIONAL DE VOLUNTARIADO DE LA
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, el que como Anexo I agregado como
documento IF-2021-71412499-APN-DNO#APNAC, forma parte integrante de la
presente.
ARTÍCULO 3°. - Apruébase el Modelo de Proyecto del PROGRAMA NACIONAL DE
VOLUNTARIADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, el que como
Anexo II identificado como IF-2021- 71412391-APN-DNO#APNAC, forma parte
integrante de la presente.
ARTÍCULO 4°. - Apruébase el Modelo de EVALUACIÓN DEL PROGRAMA NACIONAL
DE VOLUNTARIADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, el que como
Anexo III, identificado como IF-2021-71412210-APN-DNO#APNAC, forma
parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 5º.- Determínase que por la Dirección General de
Administración se asegurará la provisión de los fondos que en cada caso
se aprueban y la contratación de los seguros que correspondan.
ARTÍCULO 6º.- Por la Mesa General de Entradas, Salidas y Notificaciones, comuníquese a todas las dependencias del Organismo.
ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Claudio David Gonzalez - Eugenio Sebastian Magliocca - Carlos Corvalan
- Francisco Luis Gonzalez Taboas - Natalia Gabriela Jauri - Lautaro
Eduardo Erratchu
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 03/09/2021 N° 63515/21 v. 03/09/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII)