MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 551/2021
RESOL-2021-551-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 02/09/2021
Visto el Expediente EX-2021-45933637- -APN-DC#MEC, el decreto 946 del 26 de noviembre de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el expediente mencionado en el Visto, la Procuración del
Tesoro de la Nación solicitó al Ministerio de Economía, la contratación
de un estudio jurídico para la defensa de la República Argentina, dando
cuenta de la existencia de procedimientos judiciales que se tramitan
ante la Justicia de los Estados Unidos de América y del Reino Unido de
Gran Bretaña e Irlanda del Norte relacionados con la deuda soberana del
país y un caso derivado de la expropiación del capital accionario
mayoritario de YPF SA, para los cuales oportunamente contrató los
servicios del Estudio Sullivan & Cromwell LLP (cf.,
NO-2020-24286527-APN-PTN).
Que oportunamente la Secretaría Legal y Administrativa de este
Ministerio manifestó que el cúmulo excepcional de tareas que implicaba
el proceso iniciado para la restauración de la sostenibilidad de la
deuda pública -objetivo prioritario para la República Argentina-,
llevadas a cabo en el contexto de emergencia pública sanitaria, tornaba
inconveniente acceder de forma inmediata a lo peticionado por la citada
Procuración (cf., NO-2020-36494700-APN-SLYA#MEC).
Que en función a ello la Procuración del Tesoro de la Nación señaló
que, ese organismo ha adoptado las previsiones para concluir el
ejercicio 2020 con la cobertura que brinda el Estudio Sullivan &
Cromwell LLP en todos los procedimientos judiciales antes mencionados,
informando asimismo que, se estaban abriendo en todas las causas
mencionadas nuevas etapas procesales, circunstancia ésta que permitía
solicitar al Ministerio de Economía que a partir del ejercicio 2021
reasumiera la gestión de las respectivas contrataciones (cf., IF-2020-
80154850-APN-PTN).
Que, en atención a ello, la Subsecretaría Legal de la Secretaría Legal
y Administrativa solicitó a la Procuración del Tesoro de la Nación un
informe de concepto que permita evaluar la idoneidad y diligencia
evidenciadas por el referido Estudio en la defensa de los derechos e
intereses de la República Argentina (cf., NO-2021-00535821-APN-SSL#MEC).
Que, en respuesta a esta solicitud, la Dirección Nacional de Asuntos y
Controversias Internacionales dependiente de la citada Procuración del
Tesoro efectúo un Memorándum, en el que se concluye que el estudio
Sullivan & Cromwell LLP cuenta con la idoneidad necesaria para la
prestación de sus servicios profesionales en los referidos casos y se
ha conducido con la diligencia requerida en el desempeño de ellos (cf.,
NO-2021-04208970-APN-PTN y ME-2021-04179687-APN-DNAYCI#PTN).
Que, en tal sentido, la citada Dirección Nacional remarcó el alto grado
de idoneidad del estudio en las áreas de especialidad implicadas,
consignando que se ubica habitualmente dentro de la categoría más alta
de los rankings de estudios jurídicos estadounidenses, tanto para
litigios financieros como para litigios de securities, expresada en la
especial diligencia con la que sus abogados cumplen las múltiples
tareas requeridas para una adecuada defensa de los intereses del Estado
Nacional, efectuando una detallada descripción de los antecedentes de
sus cuatro (4) socios líderes.
Que, sobre la base de estos antecedentes, la Secretaría Legal y
Administrativa solicitó la contratación del estudio Sullivan &
Cromwell LLP en los procesos judiciales ante Tribunales extranjeros, a
cuyo efecto adjuntó las Bases de Contratación (cf.
PV-2021-49400553-APN-SLYA#MEC e IF-2021-49387041-APN-SLYA#MEC).
Que el Estudio Sullivan & Cromwell LLP ha efectuado la
correspondiente cotización por los servicios requeridos, acompañando,
además, toda la documentación requerida en las mencionadas Bases de
Contratación (cf., IF-2021-69901947-APN-SSADYNP#MEC).
Que la Dirección General de Administración dependiente de la
Subsecretaría de Administración y Normalización Patrimonial de la
Secretaría Legal y Administrativa certificó la existencia de crédito
presupuestario disponible para afrontar el gasto que demande la
contratación en cuestión (cf., IF-2021-69249288-APN-DGA#MEC).
Que la Dirección de Compras dependiente de la Dirección General de
Administración de la Subsecretaría de Administración y Normalización
Patrimonial verificó que la oferta presentada cumple con los requisitos
previstos en el punto 3 de las bases de la contratación (cf.,
if-2021-69267973-APN-DC#MEC).
Que la Secretaría Legal y Administrativa presta conformidad para la
adjudicación de la contratación en cuestión, en tanto el Estudio
Sullivan & Cromwell LLP cumple con lo requerido técnicamente y su
cotización se ajusta a valores de mercado (cf.,
PV-2021-69448445-APN-SLYA#MEC).
Que en el decreto 946 del 26 de noviembre de 2020 se excluyó del
régimen establecido en el decreto 1023 del 13 de agosto de 2001 y sus
modificaciones a los contratos destinados a obtener la prestación de
servicios profesionales y/o logísticos cuya ejecución deba concretarse
en el exterior del país y se encuentren destinados a la defensa de la
República Argentina ante tribunales judiciales o arbitrales,
extranjeros o internacionales, en aquellos casos en los que la
República Argentina se encuentre sujeta a la jurisdicción de aquellos,
sin perjuicio de la aplicación de los principios generales que
establece el Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional;
y, en su caso, las restantes disposiciones de este ordenamiento cuando
ello así se establezca por acuerdo de partes en el instrumento
contractual.
Que en razón de lo expuesto corresponde aprobar las bases y el
procedimiento llevado a cabo para la contratación del Estudio Sullivan
& Cromwell LLP para la defensa de la República Argentina en los
procesos judiciales extranjeros.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta medida se dicta en uso de las facultades contempladas en los
incisos 6, 7 y 9, apartado b del artículo 4° de la Ley de Ministerios -
t.o. 1992 – y sus modificaciones y en el artículo 35, inciso c) del
Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de
Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones,
aprobado por el decreto 1344 del 4 de octubre de 2007, sus
modificatorios y complementarios.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébanse las Bases de Contratación aplicables a esta
compulsa, que como anexo I (IF-2021-69901794-APN-SSADYNP#MEC) integran
esta medida, y el procedimiento llevado a cabo para la contratación del
Estudio Sullivan & Cromwell LLP para la defensa de la República
Argentina en los procesos judiciales ante Tribunales extranjeros.
ARTÍCULO 2°.- Adjudícase la Contratación al Estudio Sullivan &
Cromwell LLP de conformidad con la cotización detallada en el anexo II
(IF-2021-69901947-APN-SSADYNP#MEC) que integra esta medida.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de esta medida será
imputado a la partida presupuestaria específica correspondiente a la
Jurisdicción 50 - Ministerio de Economía.
ARTÍCULO 4°.- Autorízase a la Dirección General de Administración
dependiente de la Subsecretaría de Administración y Normalización
Patrimonial de la Secretaría Legal y Administrativa, a proceder a
registrar el compromiso. Cumplido, autorízase a la Dirección de Compras
dependiente de la mencionada Dirección General de Administración a
continuar las gestiones administrativas correspondientes.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Martín Guzmán
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 03/09/2021 N° 63643/21 v. 03/09/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)