MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD
Disposición 26/2021
DI-2021-26-APN-SES#MS
Ciudad de Buenos Aires, 05/08/2021
VISTO el Expediente Electrónico EX-2020-41118064-APN-DD#MS; Contrato de
Préstamo BID N° 5032/OCAR “Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud
Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y
Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina”;
Decreto Nº 945 de fecha 17 de noviembre de 2017; Decreto Nº 640 de
fecha 31 de julio 2020, Decreto N° 167 de fecha 11 de marzo de 2021,
Decreto Nº 174 de fecha 17 de marzo de 2021, Decreto N° 223 de fecha 28
de marzo de 2021, Decisión Administrativa Nº 384 de fecha 19 de abril
del 2021, Disposición N° 556 de fecha 18 de diciembre de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el Visto, Expediente Electrónico Nro.
EX-2020-41118064-APN-DD#MS tramitó la Contratación Directa por el
“Servicios de almacenamiento y distribución de insumos sanitarios
adquiridos y recibidos en donación en el marco de la emergencia pública
en materia sanitaria COVID-19” en el marco del Contrato de Préstamo BID
5032/ OC-AR.
Que mediante Decreto Nº 640/2020 se aprueba el Modelo de Contrato de
Préstamo BID N° 5032/OC-AR a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y
el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), destinado a financiar
parcialmente el “Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el
Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su
Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina”.
Que el artículo 6° de dicho cuerpo normativo, designa como “Organismo
Ejecutor” del “Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el
Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su
Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina” al
MINISTERIO DE SALUD, a través de la SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD y de
la SECRETARÍA DE ACCESO A LA SALUD quienes serán responsables de la
conducción técnica del proyecto; mientras que la DIRECCIÓN GENERAL DE
PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO dependiente de la entonces
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de dicho Ministerio, será
responsable de la gestión administrativa, adquisiciones y financiera.
Que con el objeto de optimizar la gestión del MINISTERIO DE SALUD, se
modificó la conformación organizativa a través del Decreto Nº 223/2021,
estableciéndose los objetivos de la actual SECRETARÍA DE GESTIÓN
ADMINISTRATIVA.
Que por la Decisión Administrativa Nº 384/2021, se adecua la estructura
organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE SALUD
fijándose la responsabilidad primaria, entre otras, de la DIRECCIÓN
GENERAL DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO estableciendo la de
coordinar y desarrollar la gestión administrativa, financiera-
presupuestaria, adquisiciones y monitoreo del Ministerio de programas y
proyectos con financiamiento de organismos multilaterales de crédito y
cooperación internacional, así como de los proyectos de participación
público privada que correspondan a las áreas de incumbencia de la
Jurisdicción, conforme con los objetivos de política sectorial fijados
por el Gobierno Nacional.
Que por el Decreto N° 167/2021 se amplió en nuestro país la emergencia
pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, por el
plazo de UN (1) año en virtud de la pandemia declarada, facultando al
Ministerio de Salud a efectuar adquisiciones directas de bienes,
servicios o equipamiento que sean necesarios para atender a la
emergencia, en base a evidencia científica y análisis de información
estratégica de salud, todo ello en el marco de la emergencia pública en
materia sanitaria COVID-19.
Que por Disposición N° 556/2021 de la entonces SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN
ADMINSITRATIVA se aprueba Contratación Directa con la firma CORREO
OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S.A. (CUIT 30-70857483-6),
suscribiéndose el Convenio Interadministrativo respectivo
(IF-2021-00914170-APNSSGA#MS).
Que en orden 78 obra la solicitud por parte de la Secretaría de Gestión
Administrativa para dar continuidad al servicio que nos ocupa, conforme
a lo requerido por la Dirección Nacional de Medicamentos y Tecnología
Sanitaria (NO-2021-24246652-APN-DNMYTS#MS) debidamente aprobado por la
de Subsecretaría de Medicamentos e Información Estratégica
(NO-2021-28650883-APN-SSMEIE#MS) y la Secretaria de Acceso a la Salud
(NO-2021-30724213-APN-SAS#MS).
Que en ese sentido, se solicitó al Correo Oficial de la República
Argentina S.A. su conformidad a la continuidad en la prestación de los
servicios, obrando respuesta favorable a orden 86.
Que en orden 99 obra Informe de justificación suscripto por el
Responsable de Adquisiciones y Contrataciones de la DIRECCIÓN GENERAL
DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO, quien señala que “La presente
Contratación Directa por continuidad de servicios se encuadra dentro
del marco de las Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras
Financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo GN-2349-15, en su
apartado 3.7 establece: La contratación directa se lleva a cabo sin
competencia una sola fuente” manteniendo los mismos términos y
condiciones que el primigenio, siendo el precio del Convenio original
de PESOS CIENTO VEINTIDÓS MILLONES TREINTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS
VEINTICUATRO CON 68/100 ($ 122.039.424,68.-).
Que en orden 125 luce agregado nuevo Modelo de Convenio IF-2021-68694760-APN-DGPFE#MS.
Que se encuentra en proceso de Licitación Pública Internacional
MSAL-118-LPI-S, denominada “Contratación de Servicio de Operación
Logística (Período 2021-2023) Programa Nacional Remediar”, tramitado
por EX-2020- 86973014-APN-SSGA#MS.
Que la presente Contratación Directa garantizará la continuidad de los
servicios, hasta la adjudicación del nuevo proceso de Licitación
Pública Nacional MSAL-118-LPI-S.
Que a estos efectos deviene necesario aprobar la ampliación de la
Contratación Directa por el “Servicios de almacenamiento y distribución
de insumos sanitarios adquiridos y recibidos en donación en el marco de
la emergencia pública en materia sanitaria COVID-19” en el marco del
Contrato de Préstamo BID N° 5032/OC-AR.
Que dicha Contratación Directa se ha llevado a cabo en un todo de
acuerdo con el Contrato de Préstamo BID 5032/ OC-AR y a la Sección III
“Otros Métodos de Adquisición” literal 3.7 (a y e) de las “Políticas
para la Adquisición de Bienes y Obras Financiadas por el Banco
Interamericano de Desarrollo GN-2349-15 (mayo de 2019)”.
Que de conformidad a la establecido en el artículo 1 del Decreto
945/2017 la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA tomó intervención
de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud del Contrato de Préstamo BID
5032/OC-AR, Decreto 945/2017, Decreto N° 174/2021, Decreto N° 223/2021
y Resolución Nº 2216/2020 del Ministerio de Salud.
Por ello:
EL SECRETARIO DE EQUIDAD EN SALUD EN CARÁCTER DE DIRECTOR NACIONAL DEL
CONTRATO DE PRESTAMO BID N° 5032/OC-AR “PROYECTO DE RESPUESTA INMEDIATA
DE SALUD PUBLICA EN EL MARCO DE LA PANDEMIA COVID-19 PARA CONTENER,
CONTROLAR Y MITIGAR SU EFECTO EN LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD EN
ARGENTINA”
DISPONE
ARTICULO 1°.- Apruébase la Prórroga de la Contratación Directa
MSAL-165-CD “Servicios de almacenamiento y distribución de insumos
sanitarios adquiridos y recibidos en donación en el marco de la
emergencia pública en materia sanitaria COVID-19”, en el marco del
“Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la
Pandemia Covid-19 para Contener, Controlar y Mitigar su efecto en la
Prestación de Servicios de Salud en Argentina” – Contrato de Préstamo
BID 5032-OC-AR, el cual se llevó a cabo de conformidad a lo establecido
en las “Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiadas por
el Banco Interamericano de Desarrollo GN- 2349-15 (mayo 2019)”.
ARTICULO 2°.- Adjudícase la prórroga de la Contratación Directa
MSAL-165-CD correspondiente al “Servicios de almacenamiento y
distribución de insumos sanitarios adquiridos y recibidos en donación
en el marco de la emergencia pública en materia sanitaria COVID-19”, a
favor de la firma CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S.A. (CUIT
30- 70857483-6) por un MONTO TOTAL de PESOS ARGENTINOS CIENTO VEINTIDÓS
MILLONES TREINTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO con 68/100 ($
122.039.424,68.-) el cual se llevó a cabo conforme lo establecido en
las “Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiadas por el
Banco Interamericano de Desarrollo GN-2349-15 (mayo de 2019)”.
ARTICULO 3º.- Convalídese el Convenio Interadministrativo
IF-2021-68694760-APN-DGPFE#MS que como Anexo I forma parte integrante
de la presente.
ARTICULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese.
Victor Alberto Urbani
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 03/09/2021 N° 63660/21 v. 03/09/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)