Disposición 448/2021
DI-2021-448-APN-SSEC#MDP
Ciudad de Buenos Aires, 06/09/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-79694745- -APN-DGD#MDP, y el Decreto N°
50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Resolución
Nº 208 de fecha 11 de mayo de 2021 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA,
ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del MINISTERIO DE
DESARROLLO PRODUCTIVO, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Resolución Nº 208 de fecha 11 de mayo de 2021 de la
SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL
EXTERNA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, se creó el Programa
“ARGENTINA PROGRAMA”, con el objetivo de desarrollar programas de
capacitación que faciliten la incorporación de recursos humanos en la
industria del software y sectores afines.
Que, en su Artículo 2º de la citada resolución, facultó a la
SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO de la SECRETARÍA DE
INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO a dictar la normativa que resulte
necesaria para la implementación del Programa “ARGENTINA PROGRAMA”,
entre ella su reglamento operativo, así como también a disponer de
todas las acciones necesarias a los efectos de ponerlo en
funcionamiento, controlar su ejecución y a dictar las normas
complementarias y aclaratorias necesarias para su implementación.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el Decreto N° 50/19 y sus modificatorios y la Resolución Nº 208/21
de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN
COMERCIAL EXTERNA.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Reglamento Operativo del Programa “ARGENTINA
PROGRAMA” que como Anexo IF-2021-79902265-APN-DNFREC#MDP, forma parte
integrante de la presente disposición.
ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Programa
44 - Fomento al Desarrollo Tecnológico, de la Jurisdicción 51 –
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y del Fondo para la Promoción de la
Economía del Conocimiento (FONPEC).
ARTÍCULO 3° .- La presente disposición entrará en vigencia a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
María de los Ángeles Apólito
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
(Nota Infoleg:
por art. 1° de la Disposición N° 525/2021 de la Subsecretaría de
Economía del Conocimiento B.O. 19/10/2021 se prorroga el plazo máximo
para las presentaciones de solicitudes realizadas en el marco del
Programa "ARGENTINA PROGRAMA", creado mediante la Resolución N° 208 de
fecha 11 de mayo de 2021 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL
CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del MINISTERIO DE DESARROLLO
PRODUCTIVO y reglamentado mediante la presente Disposición, hasta el
día 31 de octubre de 2021. Vigencia: a partir del día de su
publicación en el BOLETIN OFICIAL)
e. 07/09/2021 N° 64930/21 v. 07/09/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)