Resolución 565/2021
RESOL-2021-565-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 05/09/2021
Visto el expediente EX-2021-29143919- -APN-GCYCG#INCAA, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del Plan
de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2021 formulado por el
Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA), ente público
no estatal, actuante en el ámbito del Ministerio de Cultura.
Que la ley 24.156 y sus modificaciones, contiene en el Capítulo III del
Título II, el Régimen Presupuestario de Empresas Públicas, Fondos
Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración
Nacional.
Que obra en el expediente señalado el informe favorable de la Oficina
Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto
de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, sobre la
medida propiciada.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta resolución se dicta en virtud de las facultades previstas en
el artículo 49 de la ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344 del
4 de octubre de 2007.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el
ejercicio 2021 del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales
(INCAA), ente público no estatal actuante en el ámbito del Ministerio
de Cultura, de acuerdo con el detalle obrante en los anexos I
(IF-2021-77509389-APN-SSP#MEC) y II (IF-2021-77510256-APN-SSP#MEC), que
integran esta resolución.
ARTÍCULO 2°.- Estímanse en la suma de tres mil setecientos sesenta y
seis millones de pesos ($ 3.766.000.000) los ingresos corrientes y
fíjanse en la suma de cuatro mil doscientos veintiséis millones
ochocientos treinta y ocho mil seiscientos tres pesos ($ 4.226.838.603)
los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el
Resultado Económico (Desahorro) estimado en la suma de cuatrocientos
sesenta millones ochocientos treinta y ocho mil seiscientos tres pesos
($ 460.838.603), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas
del anexo II (IF-2021-77510256-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 3°.- Estímanse en la suma de treinta y tres millones
setecientos ochenta y tres mil trescientos sesenta pesos ($ 33.783.360)
los recursos de capital y fíjanse en la suma de ciento veinticuatro
millones trescientos sesenta y siete mil seiscientos sesenta y cuatro
pesos ($ 124.367.664) los gastos de capital, y como consecuencia de
ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el
artículo 2° de esta resolución, estímase el Resultado Financiero
(Déficit) para el ejercicio 2021 en la suma de quinientos cincuenta y
un millones cuatrocientos veintidós mil novecientos siete pesos ($
551.422.907), de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del
anexo II (IF-2021-77510256-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Martín Guzmán
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 08/09/2021 N° 64766/21 v. 08/09/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)